La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal restringirá el acceso a la información en la fase de investigación
Ruedas de prensa, como esta de la Guardia Civil, en 2018, informando de la detención de Ana Julia Quezada, la mujer de origen dominicano que asesinó al pequeño Gabriel Cruz, ya no serán posibles con la regulación que se va a plantear.

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal restringirá el acceso a la información en la fase de investigación

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18/11/2020 21:18
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Actualizado: 18/11/2020 21:27
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«Una transmisión indiscriminada de su contenido a la opinión  pública supone un gran atentado para el derecho a la presunción de inocencia. (…) Se busca que el flujo de información se limite a lo esencial, desde el punto de vista del interés informativo y que se transmita de una forma aséptica y objetiva», se puede leer en un resumen del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) distribuido por el Ministerio de Justicia.

«Se busca que el flujo de información se limite a lo esencial desde el punto de vista del interés informativo y que se transmita de forma aséptica y objetiva», añade, evidentemente sin especificar quién decide lo que es de interés informativo.

Se deduce que el Ministerio Fiscal, al que se le encumbra como «cauce oficial de la información».

Todo el cauce informativo que, a día de hoy, producen los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional así como el resto de los juzgados de instrucción del resto de España, amparados bajo el Protocolo de Comunicación de la Justicia del Consejo General del Poder Judicial, podría quedar mermado sensiblemente.

Un punto que quedará del todo claro en el momento en el que se conozca todo el contenido del Anteproyecto de la nueva LECrim, pero todo parece apuntar a que está proyectado un serio recorte del acceso a la información judicial como nunca antes.

GUARDIA CIVIL, POLICÍA NACIONAL Y RESTO DE POLICÍAS NO PODRÁN INFORMAR COMO AHORA

Asimismo, se acabaron las informaciones puntuales de portavoces de Guardia Civil, Policía Nacional y policías autonómicas sobre casos que están siendo investigados.

Lo mismo que las ruedas de prensa multitudinarias sobre casos cuya investigación está en marcha.

Todo tiene que se autorizado por el Ministerio Fiscal. 

«Salvo autorización del fiscal responsable de la investigación, los órganos gubernativos y policiales no estarán autorizados para transmitir datos relativos al procedimiento en curso», dice el resumen.

«Ha de ser el fiscal director de la investigación el que realice la selección de los elementos que, por su interés informativo, pueden ser transmitidos a la ciudadanía y debe ser él también el que fije los términos en los que se han de consignar los datos correspondientes, asumiendo la responsabilidad derivada de los excesos o errores en que pueda incurrir en esta delicada labor. Los datos que, en general, pueden tener interés informativo, quedan reseñados en el texto articulado», concluye el epígrafe.

El Ministerio asegura que «la regulación propuesta» introduce garantías ajustadas a los cánones marcados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional.

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