Antonio Morán nombrado nuevo presidente del Consejo de Colegios de Abogados de Aragón
Antes de ser nombrado presidente, ha ejercido como consejero de este mismo Consejo Autonómico.

Antonio Morán nombrado nuevo presidente del Consejo de Colegios de Abogados de Aragón

Es decano del Colegio de Abogados de Zaragoza desde 2012
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06/1/2021 06:46
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Actualizado: 07/1/2021 13:40
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El decano del Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, Antonio Morán, ha sido nombrado nuevo presidente del Consejo de Colegios de Abogados de Aragón. Antes de la presidencia, ha ejercido como consejero de este mismo Consejo Autonómico.

Morán ocupará este cargo durante 2021, ya que la presidencia del Consejo se ostenta de forma rotativa por periodos anuales. Sucede así a Ángel García Bernués, decano del Colegio de Abogados de Huesca.

El nuevo presidente se licenció en Derecho por la Universidad de Zaragoza y es titular de un despacho propio en la capital aragonesa, con especialización en temas de Responsabilidad Civil y Seguro.

Además, es decano del Colegio de Abogados de Zaragoza desde 2012, cargo que renovó el pasado mes de noviembre tras la retirada del proceso electoral del otro aspirante al decanato, José Ignacio Gutiérrez Arrudi, quien ejerció el cargo entre 2008 y 2012.

Morán es también consejero y presidente de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).

Como presidente del Consejo le corresponderán tareas como convocar al Pleno y a la Junta Consultiva, firmar las actas del Pleno, velar por la ejecución de los acuerdos del Pleno y sus Comisiones, expedir los libramientos de pago que sean procedentes, la coordinación de todos los órganos del Consejo y la planificación general de su actividad.

Además, está facultado para encomendar actuaciones o funciones concretas, con carácter de permanencia o temporalidad, en cualquiera de los Consejeros, dando cuenta de ello al Pleno, y adoptar aquellas medidas que, sin estar atribuidas específicamente a cualquiera de sus órganos, fueran necesarias para el cumplimiento de sus fines, así como aquellas otras que por razones de urgencia inaplazable hubieran de tomarse, dando cuenta de las mismas al primer Pleno que se celebre.

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