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Estas son mis políticas; si eres europeo o californiano tengo otras

Estas son mis políticas; si eres europeo o californiano tengo otras
El abogado Iñaki Jáuregui denuncia en su columna el tratamiento discriminatorio que reciben los clientes y usuarios africanos de 20 multinacionales en lo que al tratamiento de sus datos se refiere en comparación con los ciudadanos de la Unión Europea o del estado de California, Estados Unidos.
16/5/2021 06:46
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Actualizado: 03/6/2021 16:21
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No digo nada nuevo si afirmo que el derecho a la protección de datos se vertebra en la esfera de los derechos personales y el derecho a la vida privada, y dentro del ámbito de protección de los derechos personales.

Algunos autores, sin embargo, quizás de forma interesada y por su vinculación con las empresas tecnológicas, incorporan los datos personales como una manifestación de la personalidad en la vida pública justificándolo con la mayor exposición pública de la era de las telecomunicaciones e internet (y, por tanto, menos dignos de protección).

Independientemente de las discusiones teóricas, lo cierto es que el derecho a la protección de datos personales se encuentra reconocido implícitamente en el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el artículo 8.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y explícitamente en el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Y es que la obligación de toda persona u organización es realizar los tratamientos de datos personales para fines concretos y sobre la base legal del consentimiento, salvo que exista otra base legítima en la Ley.

También es obligatorio realizar un tratamiento leal de datos personales. La lealtad es obrar de buena fe y en interés de los usuarios.

Si combinamos este derecho con la igualdad y el derecho a la no discriminación, parece evidente que el tratamiento leal y los derechos y garantías asociadas no puede discriminar a colectivos o personas.

Sin embargo, la realidad es que las 20 multinacionales cuyas marcas son más prestigiadas discriminan diariamente en el tratamiento de datos personales y lo hacen de forma pública, sin ruborizarse y sin pedir perdón a sus clientes.

Fundamentalmente son sus clientes y usuarios africanos y asiáticos los discriminados frente a los europeos y californianos. A veces también se discrimina a brasileños, australianos y neozelandeses.

Y es que, al enfocar el problema actual de la privacidad internacional realizan adaptaciones en sus políticas de privacidad restringiendo o ampliando derechos y garantías de sus usuarios en función de las legislaciones nacionales y, en consecuencia, discriminan por nacionalidad en el tratamiento del derecho a la protección de datos personales

Basta observar este cuadro para darse cuenta de ello:

Las compañías que peor enfocan el problema de la diversidad internacional de normas en materia del derecho fundamental a la protección de datos son Coca Cola, Mc Donalds y Visa puesto que realizan múltiples políticas de privacidad en función de la residencia nacional de sus usuarios.

Y es que a mí, titular de mis datos personales y residente europeo, ninguna compañía me puede negar mi derecho a que no se vendan ni se compartan los datos personales con terceras entidades que existe en California, a oponerme a la monitorización, geolocalización y perfilación (tracking) que existe en Delaware y a ser excluido del marketing de perfilación.

Si me niegan estos derechos los tratamientos no son ni leales, ni iguales y ni realizados en interés del usuario.

Por lo tanto, los mismos derechos que tiene un californiano, incluido el derecho a saber si en el último año se han producido cesiones o transferencias de datos personales a determinados destinatarios, los tengo yo.

Pero es que un africano tiene también el mismo derecho que yo a acceder a sus datos personales, y a conocer la base legal del tratamiento y la finalidad del tratamiento.

El derecho a que sus datos personales se bloqueen y suspendan como tenemos en Europa, e incluso a oponerse a los tratamientos y retirar el consentimiento, el derecho a la portabilidad y el derecho de borrado.

Incluso tienen derecho a presentar reclamaciones ante las autoridades de control y a exigir si fuera el caso, una indemnización por los daños que se le puedan causar en los tratamientos de datos personales y en las brechas de seguridad.

Negarles estos derechos frente a los europeos es discriminarles.

De las 20 multinacionales reseñadas, la que mejor enfoca el problema de la privacidad global es Mastercard, quien ya alude a una Política de Privacidad Global.

Hoy en día, el «branding» nos enseña que los valores de la marca son los que definen la personalidad de la marca.

La transparencia, la lealtad, la honestidad, el respeto al derecho de la Privacidad han pasado a ser considerados valores de marca y las empresas proyectan al exterior, al mercado y a sus potenciales clientes un respeto de la Ley.

Se ha integrado en la gestión la Responsabilidad Social Corporativa bajo el prisma de que la gestión social no sólo debe servir a sus accionistas y al logro de beneficios económicos, sino que debe servir a la sociedad.

Sobra decir que estos valores tienen que ser concretos y reales y que los sistemas de gestión de Compliance y Privacidad de las organizaciones deben ser coherentes y consistentes con estos valores.

Si de verdad asumimos que la privacidad de nuestros clientes es sagrada, debemos de velar por ella, y ello reportará beneficios intangibles como el valor de marca y su reconocimiento, y en consecuencia, la fidelidad de los usuarios (el 96% de los usuarios de Apple han rechazado ser objeto de seguimiento y perfilación por parte de terceros).

Los responsables de tratamiento debemos tratar a todos los usuarios por igual sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Por ello resolveremos la ecuación con lealtad, licitud y transparencia, tratando a todos los usuarios por igual, respetando su privacidad y sus derechos, con las mismas posibilidades de ejercicio y garantías, sin condicionarlos a las regulaciones nacionales y es que cualquier otra forma de actuar, nos resta credibilidad, coherencia y consistencia en la trasmisión de nuestro «branding» y deja al albur de la incoherencia y la hipocresía nuestras políticas de privacidad que recuerdan la famosa frase atribuida a Groucho Marx: “Estas son mis políticas, si eres europeo o californiano, tengo otras”.

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