Firmas

¿Tienen los días contados las novatadas universitarias?

¿Tienen los días contados las novatadas universitarias?
El columnista, Javier Nistal Burón, no considera que el Anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria, aprobado por el Consejo de Ministros, sea perfecto en lo relativo a las novatadas. Foto: Blog del Abogado.
30/5/2021 06:47
|
Actualizado: 30/5/2021 01:55
|

El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente (el martes 25/05/2021), a propuesta del Ministerio de Universidades, el Anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria, que sustituiría al actual Reglamento de disciplina académica de los Centros Oficiales de Enseñanza Superior y Enseñanza Técnica, del año 1954.

La futura Ley que salga del Parlamento, tras la correspondiente tramitación, pretende convertirse en una norma que “trascienda lo meramente punitivo para promover una convivencia basada en la tolerancia, el pluralismo, el respeto a la diversidad, la garantía de los derechos y la resolución pacífica de los conflictos, fomentando la corresponsabilidad entre todos los miembros de la comunidad universitaria”.

Unos de los objetivos de esta nueva Ley es el de regular un nuevo régimen disciplinario adaptado al ordenamiento jurídico vigente y a la realidad social actual, que fije claramente qué comportamientos se deben considerar reprochables en el ámbito de la convivencia universitaria, así como las sanciones proporcionadas y adecuadas a los mismos.

Uno de esos comportamiento reprochables son las famosas “novatadas” que estarían consideradas como faltas muy graves, todas aquellas que impliquen menoscabo de la dignidad, se realicen con violencia grave, conlleven acoso sexual y discriminación por sexo, orientación sexual, discapacidad o religión, cuya sanción puede conllevar la expulsión de dos meses a tres años de la universidad o la pérdida de derechos de matrícula parcial durante un año académico.

VALORACIÓN DE ESTA REFORMA LEGAL

Las novatadas en el ámbito universitario no están permitidas desde hace muchos años, pero existen y, cada nuevo año académico, una parte reducida del alumnado se ceba con los novatos doblegando la voluntad de éstos a través de la coacción física y psicológica.

¿Pasarán a la historia estos actos de regocijo para unos pocos y de un verdadero infierno para unos muchos –los novatos– que se convierten por unas semanas en verdaderos esclavos de los veteranos, en un contexto de silencio y clandestinidad? 

Mi respuesta a este interrogante es que no, por alguna de las siguientes razones: La primera, por la ausencia de una sensibilización social contra las “novatadas”; las víctimas de estos actos llegan a “comprender” y a “excusar” a los autores de estos acosos colectivos, porque piensan que sólo hay que esperar un año –el siguiente curso académico– para que lleguen otros nuevos y, los que ahora son víctimas, puedan convertirse en victimarios, a los que habrá llegado la hora de maltratar a los novatos.

Y es que siguen siendo muchos aun los que consideran que las “novatadas” son una tradición, simples juegos de interacción social –bromas–, que sirven para conocerse mejor los nuevos alumnos y los que ya son veteranos, cuando en realidad “estas bromas” implican, las más de las veces, humillaciones, acosos relaciones de dominio y sumisión, abuso, falta de respeto y persecución.

La segunda de las razones en la que baso mi predicción sobre la escasa eficacia de esta fututa Ley para poner fin a las “novatadas” es el ámbito de aplicación de la misma, dado que va quedar limitada a las Universidades de titularidad Pública, dejando fuera de su ámbito regulador a las Facultades Privadas; además solamente prevé sancionar las «novatadas» que se realicen en el espacio del campus universitario, dejando fuera de esta regulación aquellas que se realicen en las Residencias Universitarias que es, precisamente, donde tienen lugar, mayoritariamente, estos comportamientos vejatorios.

Por estas razones, pienso que la fututa Ley de Convivencia Universitaria no va a proporcionar a la institución académica las armas legales adecuadas para combatir las “novatadas”, que son tan antiguas como la propia Universidad.

Ya el genial Francisco de Quevedo, escritor de las letras españolas del Siglo de Oro, lo dejó relatado con su precoz ingenio en su novela picaresca “El Buscón Don Pablos”, en el año 1626, donde en el Capítulo V del libro Primero de esta novela, relata las bromas a las que fue sometido Don Pablos cuando acompañó a su amo a la Universidad de Alcalá.

Han trascurrido ya cuatro siglos durante los cuales la Universidad española ha cambiado mucho en todos los órdenes, al contrario que la condición humana, que ha cambiado muy poco, y si lo ha hecho ha sido para peor, pues la “novatadas” de hoy día añaden más salvajadas, vejaciones y humillaciones que las que narra magistralmente Quevedo en la citada novela.

 LA FORMA DE DAR UN ADIÓS DEFINITIVO A LAS NOVATADAS UNIVERSITARIAS

Esta forma pasa por considerar a las “novatadas” como algo más que meras infracciones administrativas; deben ser consideradas verdaderas actuaciones delictivas cuando las mismas tengan encaje en el Código Penal, que lo tienen en muchos casos, puesto que si esas mismas conductas se cometieran fuera del contexto universitario en el que se realizan, sus autores acabarían imputados.

Y es que las “bromas estudiantiles” aparecen cada año más subidas de tono, entre otras razones, por el abuso desmedido del alcohol, lo que constituye una mezcla muy peligrosa, que llega a generar situaciones de verdadero peligro para la propia vida e integridad física de los nuevos alumnos.

Estas conductas que llevan consigo las “novatadas”, podrían tener acomodo en algunas de las siguientes tipificaciones delictivas de nuestro Código Penal: Las conductas dirigidas a doblegar la voluntad de una persona, tendrían un acomodo típico en los delitos contra la libertad, cuya característica es la de dirigir la acción precisamente a eliminar la capacidad de decidir libremente mediante actos de compulsión integrados en los delitos de amenazas y coacciones.

Las conductas referidas al honor de la persona, encajarían dentro del tipo penal de la injuria, que recoge la antijuridicidad correspondiente a los actos de menosprecio y desprecio, que afectan a la dignidad y al honor de una persona.

Las conductas referidas al atentado a la vida e integridad física y salud, tendrían su acomodo penal en los delitos de lesiones. Y en algunos casos, no poco frecuentes, en los delitos contra la libertad sexual.

En cualquier caso, las “novatadas” tienen su encaje jurídico más explícito en los delitos “contra la integridad moral” del Título VII del Código Penal, en concreto, en su artículo 173.1, que castiga con pena de prisión de seis meses a dos años a quien «infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral».

Y es que las novatadas no son actos aislados, al contrario, tienen una cierta permanencia o continuidad en el tiempo, el suficiente para producir sentimientos de angustia y humillación en las víctimas, tal y como mantiene el Tribunal Supremo, en su sentencia 489/2003, de 2 de abril, donde incluye, precisamente entre las conductas vejatorias, la realización de “novatadas”, porque estas conductas son susceptibles de producir en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso, su resistencia física y moral.

CONCLUSIÓN

En mi opinión, la futura Ley de Convivencia Universitaria puede quedar en “papel mojado”, como han quedado todos y cada uno de los Reglamentos de las distintas Universidades, que ahora prohíben expresamente las “novatadas”, con poco éxito, como evidencia la realidad cada año académico.

Las “novatadas” como actuaciones contrarias al principio de igualdad, dignidad, intimidad y libertad de las personas, constituyen comportamientos, que hoy día son socialmente intolerables, tanto como lo puede ser el acoso escolar.

Es necesario acabar con estas prácticas humillantes y vejatorias que son una demostración de inmadurez, tanto a nivel personal como social.

Las “novatadas no deben permitirse en ningún caso, porque seguro que existen otras formas de conocerse los veteranos y los novatos y de dar la bienvenida a éstos en los campus universitarios, divirtiéndose todos juntos y no unos a costa de los otros.

Otras Columnas por Javier Nistal Burón:
Últimas Firmas
  • Opinión | ¿El dinero, mío, que aporto a la hipoteca, pasa a ser común al estar en gananciales?
    Opinión | ¿El dinero, mío, que aporto a la hipoteca, pasa a ser común al estar en gananciales?
  • Opinión | El matrimonio canónico: naturaleza y regulación legal y sus efectos en España
    Opinión | El matrimonio canónico: naturaleza y regulación legal y sus efectos en España
  • Opinión | Todo lo que sabemos sobre el borrador del nuevo Reglamento de Extranjería
    Opinión | Todo lo que sabemos sobre el borrador del nuevo Reglamento de Extranjería
  • Opinión | Berberoff
    Opinión | Berberoff
  • Opinión | ¿El Gobierno central puede dejar de financiar las políticas autonómicas de vivienda?
    Opinión | ¿El Gobierno central puede dejar de financiar las políticas autonómicas de vivienda?