García-Castellón propone juzgar a la excúpula de Interior por la operación para sustraer información a Bárcenas
El juez considera los hechos constitutivos de los delitos descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencia y malversación. Foto: EP

García-Castellón propone juzgar a la excúpula de Interior por la operación para sustraer información a Bárcenas

Archiva la causa, por falta de indicios, para Cospedal, su marido, su jefe de gabinete, así como para Enrique Olivares
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29/7/2021 13:34
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Actualizado: 29/7/2021 13:34
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El magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha finalizado la instrucción de la pieza ‘Kitchen’ del ‘caso Tándem’ y ha propuesto juzgar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y a la excúpula del Ministerio por el presunto operativo policial puesto en marcha con el objetivo de sustraer al tesorero del PP Luis Bárcenas material relacionado con la investigación judicial del caso Gürtel.

Considera los hechos constitutivos de los delitos descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencia y malversación.

Además de al exministro, envía a juicio a quien fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, al exdirector adjunto Operativo Eugenio Pino, a los responsables policiales José Luis Olivera, Marcelino Martín Blas, José Angel Fuentes Gago, Bonifacio Díez Sevillano, Enrique García Castaño, Bonifacio Díez Sevillano, Andrés Manuel Gómez Gordo, al comisario jubilado y principal investigado en la macrocausa Tándem, José Manuel Villarejo, así como al chófer de Bárcenas Sergio Ríos Esgueva.

El magistrado ha archivado la causa, por falta de indicios, para la exsecretaria general del PP María Dolores de Cospedal; su marido, el empresario Ignacio López del Hierro; su jefe de Gabinete, José Luis Ortiz, así como para Enrique Olivares.

Además, el juez descarta la existencia de una trama política ajena al Ministerio del Interior delimitando los hechos objeto de enjuiciamiento sobre la base exclusivamente de los indicios existentes.

El auto de pase a procedimiento abreviado ha sido dictado hoy.

En el mismo auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 ha rechazado la petición de prórroga solicitada por las acusaciones y la práctica de diligencias.

Respecto a las pedidas por el fiscal, el magistrado las considera inútiles y en algunos casos impertinentes, y recuerda que nuestra legislación procesal no admite investigaciones prospectivas.

“La actividad instructora no puede concebirse como una suerte de soltar la red en fondeo por si se encuentra el delito, sino todo lo contrario”, sentencia.

El magistrado dispone ahora que se dé traslado de la causa a la Fiscalía y a las acusaciones personadas para que en el plazo común de 10 días soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para la tipificación de los hechos.

LOS INVESTIGADOS CONOCÍAN LA ILICITUD DE LA OPERACIÓN, SEGÚN EL JUEZ

El instructor de Tándem relata en el auto, de 81 páginas, que los investigados en la presente pieza separada, puestos de común acuerdo y con conocimiento de la ilicitud de los hechos en una fecha que no se ha podido determinar entre los años 2012 y 2013, pusieron en marcha el operativo.

Así, indica que Jorge Fernández Díaz, entonces ministro del Interior y máximo responsable político de este departamento, con abuso de sus funciones y conocimiento de su ilicitud, instó a Francisco Martínez, quien fuera, primero su jefe de Gabinete y desde enero de 2013 secretario de Estado de Seguridad, para que pusiera en marcha una misión encaminada a la obtención de información y documentación que pudiera estar el poder del referido Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez.

El objetivo era sustraer dicho material de la autoridad judicial en la investigación que se llevaba a cabo en el marco de la pieza separada de las DP 275/08 denominada «Papeles de Bárcenas», en el seno del procedimiento «Gürtel».

El juez señala que Francisco Martínez Vázquez asumió la coordinación de la operación, que se encomendó, en cuanto a su planificación y desarrollo al Director Adjunto Operativo (DAO), Eugenio Pino Sánchez, quien, a su vez, según el magistrado, encargó esta operación a José Manuel Villarejo Pérez, que, para su ejecución, se sirvió en un primer momento de Marcelino Martín Blas, que estaba al frente de la Unidad de Asuntos Internos (UAI) del Cuerpo Nacional de Policía, y posteriormente de Enrique García Castaño, al frente de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO), quien asumió personalmente el compromiso de llevar a buen puerto la misión, sirviéndose de la Unidad Especial de Seguimientos adscrita a dicha Unidad.

LA CAPTACIÓN DEL CHÓFER  

Según expone el magistrado, la operación consistió en captar a un colaborador, cercano a la familia Bárcenas, capaz de facilitar la información y el acceso a la documentación que se estaba buscando. Señala que la persona elegida fue Sergio Javier Ríos Esgueva (también llamado cocinero, Kitchen, o K2, de ahí el nombre de la operación), quien desde principios de febrero de 2013 era el chófer del matrimonio Bárcenas, y persona de máxima confianza del entorno familiar.

El juez añade que el DAO de la Policía Nacional, Eugenio Pino Sánchez, habría encomendado tanto a Villarejo como a García Castaño el desarrollo de labores operativas para ganarse la confianza y lograr la colaboración activa de Sergio Ríos, a cambio de la entrega de 2.000 euros mensuales, más gastos, procedentes de los fondos reservados, y el posterior ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía.

Este, por su parte, continúa explicando, debía facilitar información que les permitiera sustraer documentación en posesión de Luis Bárcenas y de su esposa Rosalía Iglesias.

El magistrado precisa que para acceder a esta persona, García Castaño y Villarejo se valieron del inspector Jefe Andrés Gómez Gordo, quien participó con estos en el desarrollo de la operación.

Indica que las actuaciones practicadas han permitido constatar que, sin perjuicio de las directrices dadas por el ministro, y las motivaciones que pudiera tener este, la finalidad que guiaba tanto a Villarejo como a García Castaño, sería realmente la de incautar y mantener dicha documentación en su poder, sin entregárselo a sus superiores, para poder obtener algún tipo de beneficio personal; extorsionando o presionando con la misma a cargos públicos o responsables del Ministerio del Interior, o bien simplemente con la finalidad de preservar sus respectivos cargos en la cúpula policial y la impunidad en las actividades ilícitas que, presuntamente, venían desarrollando de forma paralela.

Dicha documentación se habría finalmente localizado e incautado en fecha no determinada, pero que puede situarse en el mes de octubre del año 2013, y se encontraría, al menos, en poder de Enrique García Castaño, al que Villarejo habría reclamado insistentemente una copia, con el conocimiento de su superior Eugenio Pino, de acuerdo a la resolución.

Para obtener esta información, los investigados habrían accedido, careciendo de autorización alguna, al denominado «zulo” un local comercial utilizado por Rosalía Iglesias, en cuyo interior, al parecer, se ubicaría un armario con un doble fondo del que se habría sustraído dicha documentación.

USO DE FONDOS RESERVADOS 

El juez explica las disfunciones e irregularidades en la gestión y en control de los fondos reservados que habrían permitido su utilización ilícita, propiciando tanto la financiación de una operación policial intrínsecamente ilegal, como el enriquecimiento personal de altos mandos policiales.

Señala que desde la provisionalidad de esta fase procesal pudo ser Francisco Martínez quien presuntamente autorizó el pago de los fondos reservados a Sergio Ríos.

El juez manifiesta que una vez terminada la operación, en pago por los servicios prestados y con la finalidad de asegurar su silencio desde la Secretaría de Estado, se maniobró para que Ríos entrase en el Cuerpo Nacional de Policía.

ARCHIVO DE LA CAUSA PARA COSPEDAL, SU MARIDO Y SU JEFE DE GABINETE

El magistrado archiva la causa respecto de Cospedal, López del Hierro, José Luis Ortiz y señala que, a diferencia de los responsables ejecutivos del Ministerio del Interior, respecto de los que existe una sólida base indiciaria en el caso, de estos tres resulta llamativa la debilidad de las razones que justifican su incriminación.

Según argumenta, la imputación a Cospedal y López del Hierro de una participación intelectual no deja de ser “resultado de una inferencia voluntarista sin fundamento en indicio alguno, pues no hay reflejo de ello en las actuaciones”.

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