Nielson Sánchez-Stewart, consejero del CGAE: «Cabello ha interpretado erróneamente el artículo 56.1 del Estatuto de la Abogacía»
Nielson Sánchez-Stewart, consejero del CGAE, reconoce que la redacción del artículo 56.1 del nuevo Estatuto de la Abogacía no es del todo óptima, pero que se entiende bien. La interpretación que AJA Madrid y Cabello han hecho del mismo no es correcta, explica.

Nielson Sánchez-Stewart, consejero del CGAE: «Cabello ha interpretado erróneamente el artículo 56.1 del Estatuto de la Abogacía»

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21/10/2021 06:50
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Actualizado: 21/10/2021 06:50
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El decano emérito del Colegio de Málaga y consejero de la Abogacía Española, Nielson Sánchez-Stewart, salió ayer al paso de la noticia que publicó Confilegal en la que Alberto Cabello, presidente de la Asociación de Jóvenes Abogados de Madrid (AJA Madrid), declaró que «El nuevo Estatuto de la Abogacía Española permite que los jueces ningungeén a los abogados».

Y hacía referencia al recurso que habían presentado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, contra el artículo 56.1 del nuevo Estatuto de la Abogacía Española, solicitando su anulación.

«Tal como está escrito, permite que el juez decida dónde deben sentarse el abogado y su cliente en los estrados. De forma discrecional. Porque sí», afirmaba el presidente de AJA Madrid.

Una opinión con la que Sánchez-Stewart, en declaraciones a Confilegal, disiente: «Cabello ha interpretado erróneamente el artículo 56.1 del Estatuto de la Abogacía».

El consejero reconoce que el artículo podría haber sido redactado mejor, de una forma más clara, pero que, sin embargo, se entiende bien. 

«Hay que reconocer que la norma podría haber sido redactada de otra manera para no incurrir en interpretaciones equivocadas pero si se lee sosegadamente se aprecia que no se innova sobre las formas que regulan la intervención de los abogados y abogadas en sala«, explica.

Y añade: «la norma dispone como intervenimos ante los juzgados y tribunales y enumera cinco elementos, a saber (1) sentados en estrado, (2) preferentemente,  esto es de manera preferente como lo define la RAE, (3) al mismo nivel en que se halla instalado el órgano judicial, (4) vistiendo toga y (5) adecuando la vestimenta a la dignidad de su función. La interpretación que le da el presidente de AJA Madrid elimina la coma que separa el adverbio ‘preferentemente’ del mismo nivel y entonces lo hace sinónimo de ‘discrecionalmente’. No. Lo que dice la disposición es que la ubicación del letrado o letrada es preferente, con preferencia«.

La altura, según Sánchez-Stewart, sigue siendo la misma y no se cuestiona.

«Quizá habría sido mejor que en lugar de usar el adverbio se hubiese escrito su significado: de manera preferente. Esta interpretación errónea puede que la compartan y allí si lleva razón mi compañero porque habrá que ir explicando a todos los interpretes la correcta lectura. Ahora del tratamiento que recibimos los abogados y abogadas de otros operadores jurídicos poner hablar largo y tendido. Pero la altura está a salvo«, concluye el consejero.

LO QUE DICEN AJA MADRID Y CABELLO 

El artículo del Estatuto de la Abogacía en conflicto: «Los profesionales de la Abogacía tendrán derecho a intervenir ante los juzgados y tribunales de cualquier jurisdicción sentados en el estrado, preferentemente, al mismo nivel en que se halle instalado el órgano jurisdiccional ante el que actúen y vistiendo toga, adecuando su indumentaria a la dignidad de su función».

El adverbio «preferentemente» cambia el sentido del artículo, según Cabello.

De acuerdo con Cabello, le confiere al juez un poder que antes no tenía.

Restringe el derecho del abogado a sentarse en estrados. A la misma altura que el juez y que el fiscal, como viene siendo la costumbre desde, nada menos, que el tiempo de los Reyes Católicos.

Lo que se desprende de esta redacción no puede minimizarse.

Para AJA Madrid es muy grave.

«El juez puede decidir, discrecionalmente, que el abogado se siente en sitio diferente a los estrados. Esto no es admisible. Porque ignora las más elementales bases de la policía de estrados, degradando indignamente a los abogados como operadores jurídicos de segunda, pudiendo situarnos en una posición inferior con respecto a él mismo y al fiscal», subrayó el presidente de los jóvenes abogados de Madrid.

Una opinión con la que el consejero Sánchez-Stewart no está de acuerdo.

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