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Reforma de la fiscalidad de las SICAV: una amnistía fiscal encubierta

Reforma de la fiscalidad de las SICAV: una amnistía fiscal encubierta
Guillermo Rocafort Pérez es doctor en Economía especializado en sociedades SICAV.
05/1/2022 06:47
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Actualizado: 04/1/2022 22:59
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Se acaba de aprobar una amnistía fiscal para las Sociedades SICAV, convalidando todas las plusvalías latentes que, durante más de 35 años en algunos casos, han estado en su seno sin tributar en España.

Hay que recordar que las sociedades SICAV fueron legalizadas por el primer Gobierno socialista de Felipe González, con el ministro Miguel Boyer a la cabeza en 1985, y desde entonces han encubierto todo tipo de abusos y elusiones fiscales, hasta que Pedro Sánchez ha puesto la guinda con esta amnistía fiscal encubierta, endulzada ante la opinión pública como una reforma de su fiscalidad.

Debemos empezar a llamar a las cosas por su nombre, porque en España llevamos muchas décadas sin decir lo que realmente pensamos en el ámbito económico, presos y temerosos de mil males, muchos de ellos sin fundamento, en el marco de una inercia de eufemismos que ya no nos podemos permitir más; con esta amnistía fiscal como un templo de grande, las plusvalías latentes generadas durante décadas y décadas en las SICAV, y por las que no se ha tributado nunca, podrán ser desplazadas sin tributación, por medio de eso que se llama “neutralidad fiscal”, a otros países como Luxemburgo o bien dentro de España a Fondos de Inversión, cuya fiscalidad sigue siendo la misma que en las SICAV, esto es, un pírrico 1% de los beneficios generados.

Es decir, cambiamos para seguir igual que antes.

Llevo años señalando a la opinión pública española que detrás de las SICAV sólo hay abusos fiscales; se puede ver en las entrevistas que me hizo RTVE o Periodista Digital, por poner dos simples ejemplos.

Lo que se ha hecho ahora es dotar de inmunidad fiscal a todas las plusvalías latentes gestadas por estos entramados insolidarios de enriquecimiento exponencial que han sido las SICAV, y ya puedo adelantar que, con esta reforma fiscal, mejor dicho, con esta amnistía fiscal, el incremento de la recaudación a futuro va a ser inexistente.

Deben saber los lectores que en los últimos años el número de SICAVs en España se ha reducido en aproximadamente 1.500, así como que su patrimonio total se ha reducido notoriamente, y lo han hecho sin tributar en la mayoría de los casos.

Estamos en un proceso a largo plazo de transformación de la fiscalidad de los beneficios de las SICAV para que sigan sin tributar por medio de otras fórmulas.

Es mucho más fácil hacer tributar a un autónomo que al propietario de una SICAV; es más, en ocasiones los humildes autónomos contribuyen más a las arcas públicas que las fortunas de las SICAV, porque en España vivimos un régimen fiscal regresivo donde el que más tiene, paga mucho menos, gracias a las SICAV.

En cuanto al requisito nuevo, para mantener su fiscalidad privilegiada del 1% en el Impuesto de Sociedades, de que los cien accionistas que, al menos, debe tener una SICAV posean como mínimo 2.500 euros de inversión cada uno de ellos, para así garantizar el carácter de colectividad de la Sociedad como una Institución de Inversión Colectiva (IIC), es la constatación de que en España durante 35 años, dicha exigencia legal de un mínimo de 100 accionistas por SICAV no era más que un mero formalismo, pues se había institucionalizado la figura del accionista “mariachi”, que era aquel que sólo tenía 1 acción en dicha Sociedad, para así cubrir el mencionado requisito.

Ya sólo por ello, esas plusvalías latentes deberían ser objeto de una fiscalidad mucho más agresiva, por el fraude de ley en que fueron gestadas, en vez de la amnistía fiscal que se les ha concedido por parte de este Gobierno.

Es más, ha habido ahora entidades financieras de primer nivel en España que han ofrecido a sus Clientes de las SICAV los 100 accionistas “formales” tipo neo-mariachi con las cantidades ahora exigidas de 2.500 euros por cada uno de ellos, a los efectos de volver a saltarse la nueva normativa más exigente que la anterior, que no exigía un mínimo de inversión a estos efectos.

Hay que dejar claro que lo que garantiza el carácter colectivo de una SICAV no se encuentra en el mencionado umbral de 2.500 euros para un mínimo de 100 accionistas, sino en que el accionista relevante no exceda de determinados umbrales de propiedad, por ejemplo, el 20% del Capital Social, porque es aquí donde el propietario que exceda este volumen de acciones seguirá siendo el que controle la mencionada Sociedad SICAV, como hasta ahora, e imponiendo su política de jamás distribuir dividendos para evitar así que se materialice la plusvalía por la que tendría que pagar por IRPF.

Cuantos más accionistas haya en una Sociedad SICAV, con el accionariado correctamente atomizado, mayor será la voluntad de repartir dividendos, que acabará imponiendo en la Asamblea de Accionistas, y así mayor será la recaudación por la tributación de la plusvalía materializada por sus accionistas.

La clave pasa por fraccionar sustancialmente el accionariado de una SICAV y esto es algo que con la nueva normativa fiscal no se consigue ni de lejos. Es un mero parche que sirve para amnistiar fiscalmente plusvalías latentes.

Por otra parte, conviene aclarar que esta nueva reforma no va a suponer ninguna pérdida para España, por cuanto que la mayoría de las inversiones que se canalizan por medio de estos vehículos se materializan desde hace muchos años en el extranjero, y también es recomendable hacer un ejercicio de “Memoria Histórica” aplicada a las SICAVs y recordar que fueron estas Instituciones de Inversión Colectiva de las principales responsables en el incremento de la prima de riesgo de la Deuda pública española durante la crisis de Rodríguez Zapatero por su venta masiva de los títulos de la misma que poseían.

Su insolidaridad fiscal es contumaz y muy peligrosa para la Nación.

Los únicos daños de este cambio estarían localizados en algún gestor o asesor de las SICAVs que va a ver cómo sus servicios profesionales ya no serán prestados desde España sino desde Luxemburgo u otros paraísos fiscales, pero estamos hablando de cantidades que no afectan al conjunto de la Nación.

Es definitiva, estamos ante otro maquillaje más en la línea de cambiar para dejar igual las cosas en un ejercicio de engaño a la opinión pública que espero contrarrestar con mi opinión de experto en la materia.

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