Falso óptico condenado por intrusismo profesional: Cuarta sentencia en la provincia de Sevilla en 3 años

Falso óptico condenado por intrusismo profesional: Cuarta sentencia en la provincia de Sevilla en 3 años

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24/3/2022 06:47
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Actualizado: 24/3/2022 10:38
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El Juzgado de lo Penal 10 de Sevilla ha condenado a un empleado de un establecimiento sanitario de Óptica y Optometría, ubicado en la provincia sevillana, a un total de tres meses de prisión por delito de intrusismo profesional, tras la denuncia presentada por el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía (COOOA).

Es la cuarta sentencia condenatoria en esa provincia en tres meses impulsada por el COOOA.

El colegio profesional interpuso esta querella a mediados de 2020, tras recibir denuncias privadas que informaban que el acusado realizaba de manera habitual acciones específicas de la profesión optométrica, con el uso de instrumental para la evaluación de la visión sin contar con la titulación académica requerida para dichas labores.

Una vez conocida esta situación, los servicios jurídicos del COOOA, después de ratificar esta denuncia tras llevar a cabo un proceso de investigación, se personaron como acusación particular presentando una querella en los juzgados de Sevilla por delito de intrusismo profesional, previsto y penado en los artículos 403.1 y 403.2 b) del Código Penal además de intervenir como acusación pública el Ministerio Fiscal.

En este sentido, el Juzgado ha condenado al acusado, como responsable de estos delitos a la pena de tres meses de prisión, accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena”, además de las costas procesales pertinentes.

Tanto acusado como su defensa mostraron su conformidad con la calificación jurídica y penas solicitada por el Ministerio Fiscal y la acusación particular y pagaron la responsabilidad civil pedida por el perjudicado previamente a la celebración del juicio.

LA PRIMERA

La primera se produjo en marzo de 2019. El Juzgado de lo Penal 1 de Sevilla condenó a dos años de prisión al gerente de un centro santiario de óptica y optomoetría por intrusismo profesional al no contar con la titulación necesaria.

La sentencia reconoce, como hecho probado, que atendió personalmente, hasta la incorporación de un profesional titulado, a una cantidad de pacientes, a quienes evaluó su capacidad visual con técnicas para las que no se hallaba habilitado, como tallado, montaje y/o adaptación de los medios para la prevención y mejora de la agudeza visual.

El magistrado suspendió la ejecución de la pena condcionándola a que no delinquiera durante ese plazo. Además le impuso una indemnización de 1.500 € a favor del COOOA.

LA SEGUNDA

La segunda se produjo en noviembre de 2020. El Juzgado de lo Penal 6 de Sevilla condenó al propietario de una óptica de la capital hispalense a 9 meses de prisión por un delito de instrusismo. La querella fue también del COOOA.

El Colegio actuó tras recibir la queja de un paciente al que el denunciado examinó la visión y le prescribió y le vndió unas gafas graduadas sin tener la titulación necesaria para hacerlo.

El paciente sufrió fuertes dolores de cabeza y se vio obligado a acudir a otro establecimiento sanitario de óptica para ser revisado de nuevo y adquirir unas nuevas, causándole perjuicio económico y riesgos para su salud visual.

LA TERCERA

La tercera sentencia condenatoria se produjo el pasado mes de diciembre, de 2021. Corrió a cargo del Juzgado de lo Penal 15 de Sevilla. Lo mismo que en este reciente caso, el condenado fue un empleado de una óptica que adolecía de la titulación requerida. La condena fue de seis meses por un delito de instrusismo profesional.

LA IMPORTANCIA DE LA COLABORACIÓN CIUDADANA PARA COMBATIR EL INTRUSISMO

De acuerdo con Blanca Fernández, decana-presidenta de la entidad, para el Colegio es muy importante continuar impulsando estas denuncias de los ciudadanos cuando perciban algún tipo de irregularidad. que puedan ocasionar daños en el ámbito de la salud visual pública o desprestigiar la labor profesional sanitaria del colectivo.

“Con esta sentencia favorable son ya cuatro las que hemos conseguido. Cifra que nos ayudan a ratificar la incesante labor que realizamos desde el COOOA para regularizar las situaciones ilícitas en establecimientos y consultas y en nuestra denodada lucha contra el intrusismo profesional”, recuerda Fernández.

Fernández ha recordado que la figura del profesional sanitario de la visión de atención primaria óptico-optometrista está regulada por la Ley 44/2003 de Ordenación de profesiones sanitarias y que, para su pleno ejercicio, es indispensable poseer el título universitario correspondiente de diplomado o graduado en Óptica y Optometría.

“Una de las prioridades del COOOA es la persecución del intrusismo profesional, por lo que en estos años estamos realizando un excepcional esfuerzo, con la ayuda de nuestros colegiados y de la sociedad, para evitar que personas no cualificadas puedan ejercer libremente nuestra profesión y pongan en riesgo la salud de la población andaluza”, ha destacado la decana-presidenta.

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