El Gobierno suprimirá los desnudos integrales o las pruebas ginecológicas para determinar la mayoría o minoría de edad
Llop indica que el Anteproyecto se ajusta a recomendaciones efectuadas por el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas y el Defensor del Pueblo, entre otros organismos. Foto: E. Parra/ EP

El Gobierno suprimirá los desnudos integrales o las pruebas ginecológicas para determinar la mayoría o minoría de edad

El objetivo de la nueva norma es determinar la mayoría o minoría de edad "con pleno respeto a los derechos de la infancia y adolescencia, y con todas las garantías legales", señala el Ministerio de Justicia
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12/4/2022 14:43
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Actualizado: 12/4/2022 14:46
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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a petición del Ministerio de Justicia, el Anteproyecto de Ley por el que se regula el procedimiento de evaluación de la edad, y que tiene como objetivo «determinar la mayoría o minoría de edad, con pleno respeto a los derechos de la infancia y adolescencia, y con todas las garantías legales, cuando por carecer de documentación o no ser posible establecer la edad con seguridad, tenga que ser la autoridad judicial quien la determine, tras escuchar las alegaciones de las partes y realizar una valoración ponderada de la prueba que se ha hecho a la persona».

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Justicia, Pilar Llop, ha explicado que el proyecto elimina todas las pruebas «atentatorias» contra la dignidad de los menores. Según ha informado, no se permitirá el desnudo integral o las inspecciones ginecológicas.

El proceso concluirá tras escuchar las alegaciones de las partes y realizar una valoración ponderada de la prueba que se ha hecho a la persona.

Llop ha destacado que este anteproyecto “es más garantista que el anterior y un ejemplo de la voluntad de este Gobierno para avanzar en derechos y cumplir con las recomendaciones de organismos tanto del ámbito nacional como internacional”. 

RECOMENDACIONES DE LA ONU Y OTROS ORGANISMOS

El Ministerio ha señalado en un comunicado que el nuevo Anteproyecto se ajusta a las recomendaciones efectuadas por el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, el Defensor del Pueblo, el Tribunal Supremo, la Fiscalía General del Estado o el Comité Económico y Social Europeo (CESE), entre otros organismos.

Manifiesta que además de ser «una ley más garantista que la anterior», y responder a reclamaciones de diferentes organismos nacionales e internacionales, con la nueva norma el menor será escuchado y el procedimiento será «mucho más ágil y simplificado, con todas las garantías legales de que no habrá pruebas invasivas».

“Cumplimos con Europa y con los derechos de los menores, estableciendo un sistema más ágil y garantista”, ha dicho la titular de Justicia.

Destaca que con la aprobación del Anteproyecto, España cumple con el compromiso adquirido en la disposición final de la Ley Orgánica 8/2021, de aprobar dentro del plazo de 12 meses la regulación el procedimiento para la determinación de la edad de los menores, “prevaleciendo el interés superior del menor, sus derechos y su dignidad”.

PRINCIPIOS RECTORES DEL PROCEDIMIENTO

Según ha señalado el Ministerio, los principios que rigen este procedimiento son el interés superior del menor; la presunción de minoría de edad; el carácter preferente y urgente con el que se ejecutará el procedimiento, con un plazo previsible de resolución inferior a un mes; el derecho de la persona afectada a ser escuchada e informada y, en caso de necesidad, asistida por un intérprete; y el derecho a la asistencia jurídica gratuita sin necesidad de acreditar que carece de recursos, entro otros. 

La norma recoge que el procedimiento será resuelto mediante sentencia susceptible de recurso de apelación. La sentencia firme que determine la minoría de edad se inscribirá en el Registro Civil y fijará la fecha en la que se entenderá alcanzada la mayor edad, produciendo efectos en todo el ordenamiento jurídico.

ÓRGANOS COMPETENTES

Los órganos que tienen competencias para solicitar esta evaluación son el Ministerio Fiscal, las entidades públicas de protección a la infancia y a la adolescencia y el propio interesado, asistido de su representante legal o defensor judicial si existiera conflicto de intereses con su defensa jurídica.

La inclusión del nuevo Anteproyecto en el ordenamiento jurídico español requerirá ajustes normativos en la Ley de asistencia jurídica gratuita, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley de Registro Civil, Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Extranjería.

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