IEl Supremo dictamina que exigir el visado a los menores de Nador (Marruecos) para su empadronamiento en Melilla es discriminatorio
Estima el recurso de Cáritas Española contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que ratificó un acuerdo del Consejo de Gobierno de Melilla relativo a la exigencia de visado a los menores domiciliados en Nador. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

El Supremo dictamina que exigir el visado a los menores de Nador (Marruecos) para su empadronamiento en Melilla es discriminatorio

Anula un acuerdo del Consejo de Gobierno de Melilla porque "carece de cobertura legal y constituye un trato discriminatorio"; el TS considera que el padrón no es la vía para controlar la inmigración ilegal

29 / 04 / 2022 06:50

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado un acuerdo del Consejo de Gobierno de Melilla, aprobado el 13 mayo de 2019, que establecía la exigencia de visado a los menores procedentes de Nador (Marruecos) para hacer efectivo su empadronamiento en esta ciudad autónoma. Considera que el padrón no es la vía para controlar la inmigración ilegal.

El Supremo explica que el acuerdo “carece de cobertura legal y constituye un trato discriminatorio” tanto en relación con los menores españoles como respecto de menores extranjeros de otras procedencias. 

El tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta) ha estimado el recurso de casación de Cáritas Española contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección Primera) que ratificó dicho acuerdo, que fijaba “las instrucciones para la gestión del padrón municipal de habitantes de Melilla”. El último apartado de esta instrucción precisaba la exigencia de visado para el empadronamiento de los menores de edad no emancipados procedentes de Nador. 

La sentencia es la número 473/2022, de 25 de abril. La firman los magistrados Pablo Lucas Murillo de la Cueva (presidente), Luis María Díez-Picazo Giménez, María del Pilar Teso Gamella, Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo y Celsa Pico Lorenzo, que ha sido la ponente.

INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR

Cáritas Española alegaba en su recurso contra la resolución 768/2021, de 9 de abril del TSJ que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales tales como la educación o servicios sanitarios y asistenciales. Defendía que no se pueden establecer requisitos discriminatorios para acceder a esos derechos por parte de menores de edad y que esta exigencia suponía una vulneración de los derechos fundamentales a la educación e integridad física. 

El Supremo considera que, al afectar a menores de edad, hay dos normas prioritarias a la Ley de Bases de Régimen Local como son la Convención de Derechos del Niño y la Ley Orgánica de Protección de Jurídica del Menor, que priorizan el interés superior del menor y reconocen el derecho a la educación, asistencia sanitaria y servicios y prestaciones sociales básicas a los menores extranjeros que se encuentren en España. 

El tribunal señala que “dada tal regulación, no cabe entender que unas instrucciones para la gestión del padrón municipal en un municipio concreto puedan innovar el ordenamiento jurídico que ha de examinarse en su totalidad teniendo en cuenta esencialmente, en este caso, la Convención de los Derechos del Niño”. 

Concluye, además, que el padrón “no es el instrumento para controlar las estancias irregulares por lo que si de su inscripción se desprenden derechos para los menores de edad no cabe imponer exigencias no previstas por la Ley Orgánica que los protege”. 

Por esa razón, estima el recurso de Cáritas Española y anula el acuerdo del Consejo de Gobierno de Melilla en lo relativo a la exigencia de visado a los menores domiciliados en Nador.

Noticias relacionadas:

El Supremo confirma que García Ortiz tendrá que pagar 39.000 euros de costas procesales

El Supremo da un varapalo al Gobierno ante su opacidad en las retribuciones de los funcionarios de prisiones

El Supremo abre la puerta a que los ganaderos reclamen más de 1.200 millones de euros por el cártel de la leche

Opinión | «No quiero ir con papá»: el nuevo desafío de los procesos con hijos adolescentes

El recurso de amparo no suspende el plazo para reclamar un error judicial ante el Supremo

Se despidió y luego se arrepintió, pero la empresa mantuvo la dimisión: el Supremo declara despido improcedente

Lo último en Política

influencer derecho al honor

El Consejo de Ministros da luz verde al Proyecto de Ley del Derecho al honor enfocado a la IA y redes sociales

huelga jueces y fiscales

El Ejecutivo aprueba la creación 700 plazas de jueces y fiscales en pleno conflicto con el CGPJ por los refuerzos judiciales

López-Galiacho y Fundación Amithe

López-Galiacho lidera el salto de AMIThE a fundación: teatros históricos, jóvenes y buen gobierno en el nuevo proyecto

Edmundo Rodríguez Achútegui JJpD

JJpD pone distancia con las otras tres asociaciones y censura tanto al CGPJ como al Ministerio de Justicia por el recorte de las medidas de refuerzo

El proyecto de reforma de la Ley Concursal se enfrenta a 600 enmiendas: son precisos cambios para evitar su fracaso

El PP exige la comparecencia urgente de Bolaños porque los recortes de los refuerzos en Justicia están colapsando los tribunales