Sala de lo Contencioso-Administrativo
Las competencias de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TS (Tribunal Supremo) se encuentran vinculadas al Art. 12 ,Ley 29/1998, de 13 de julio. Tiene como finalidad la revisión de los actos de los empleados o corporaciones administrativas en su trabajo, o en un supuesto de llevar a cabo ese trabajo. Todo ello a petición del Ministerio Público, de los ciudadanos o de las personas que crean vulnerados sus derechos.
Def. RAE: Sala competente para conocer, resumidamente, de recursos contra actos y resoluciones de las entidades locales y comunidades autónomas, y de los órganos de gobierno de las asambleas legislativas, resoluciones del tribunal económico administrativo central y de los juzgados de lo contencioso-administrativo.
La función de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo se basta en juzgar las controversias y pleitos administrativos con relación a la actividad de entidades públicas y personas privadas que desempeñan funciones en los distintos órganos del Estado.