El Tribunal Supremo ha abierto una puerta que muchos no esperaban: los familiares más cercanos de quien solicita la eutanasia podrán recurrir judicialmente esa decisión ante los tribunales.
El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo lo aprobó este martes por mayoría amplia —23 magistrados frente a 9— y publicará la sentencia en los próximos días.
La resolución llega tras desestimar el recurso de la Generalitat catalana contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que ya había reconocido a un padre el derecho a impugnar la eutanasia concedida a su hijo adulto.
El Alto Tribunal no solo confirma ese criterio, sino que lo eleva a doctrina general.
El caso de fondo es el de Noelia, una joven de 25 años con paraplejia que recibió la muerte asistida en Barcelona el pasado marzo. Había esperado dos años.
Su petición tuvo que superar cinco instancias judiciales por la oposición de su padre, defendido por Abogados Cristianos.
El límite, según el criterio que también respaldó la Fiscalía del Supremo, es claro: podrán recurrir quienes tengan un «intenso vínculo afectivo» con el solicitante. No asociaciones. No grupos de presión. Solo el círculo más próximo.
Una decisión que equilibra derechos en tensión —la autonomía del paciente frente al dolor familiar— pero que inevitablemente complica el acceso a una prestación que la ley ya reconoce.