El abogado quiso hacer creer a unos clientes que el juez les había dado la razón.

El Supremo ratifica la condena contra el abogado Víctor Valladares por falsedad documental y deslealtad profesional

5 / 06 / 2022 06:49

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por falsedad documental y deslealtad profesional a Víctor Valladares, el abogado que presentó denuncia contra el delegado del Gobierno en Madrid por no prohibir la manifestación del 8-M de 2020.

Así, los magistrados han inadmitido el recurso de casación interpuesto por el abogado, con lo que ratifican la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de condenar a Valladares a un año de prisión y una multa de 3.600 euros por un delito de falsedad documental, y a una multa de 6.000 euros por un delito de deslealtad profesional.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal también ha confirmado la indemnización de 13.479 euros que deberá abonar en concepto de responsabilidad civil a los dos perjudicados.

Los hechos se remontan al periodo comprendido entre 2015 y 2017, cuando Valladares fue contratado como abogado por dos particulares para presentar una serie de acciones judiciales. Según la resolución, «el acusado hizo suyas estas cantidades sin realizar trámite judicial alguno en la defensa de los intereses que le habrían atribuido sus clientes».

En concreto, el importe casi rozaba los 4.500 euros.

Para «justificar» el trabajo que le habían encomendado, acudió con la denunciante a los juzgados y le entregó «documentos» relacionados con dichos procedimientos, entre los que consta «un escrito elaborado por él (…) que iba dirigido al Juzgado Número 4 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (…); o un documento que adoptaba la forma de auto judicial, elaborado en su integridad por el acusado, en el que (…) supuestamente se estimaba la solicitud».

AFECTÓ A SUS CLIENTES

Tras el juicio fue condenado por un delito continuado de apropiación indebida en concurso con el delito de deslealtad profesional y de falsedad documental.

Del primer delito fue absuelto luego por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que acordó mantener el resto de la condena.

Valladares, no conforme con la decisión, llevó el caso al Supremo.

Pero el Alto Tribunal ha declarado no ha lugar su recurso al considerar que el abogado tras comprometerse a emprender procedimientos judiciales «no solo no lo hizo sino que, incluso, confundió a sus clientes haciéndoles creer, de manera prolongada y desplegando determinados ardides, que dichas acciones se encontraban en marcha» y, además, les facilitó un «documento elaborado por él mismo (…) aparentando la forma de un auto judicial».

Asimismo, los magistrados han subrayado que con su actuación Valladares perjudicó «de manera manifiesta» los intereses de sus clientes porque al hacerles creer que estaba llevando a cabo los procedimientos «perdieron también toda oportunidad de hacerlo durante ese período de tiempo» con «cualquier otro profesional».

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