«La solución al problema de los interinos pasa por su fijeza», Federico Vidal, magistrado del Juzgado de lo Contencioso 17 de Barcelona
|
30/7/2022 01:00
|
Actualizado: 30/7/2022 00:57
|
“La solución al problema de los interinos pasa por su regularización masiva, a través de un proceso selectivo, para hacerlos fijos. Porque la ley 20/2021 de reforma de la temporalidad no va a arreglar la problemática existente”. Con estas palabras tan contundentes se ha pronunciado ante Confilegal el magistrado Federico Vidal Grases, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 17 de Barcelona.
El magistrado Vidal es el autor de una de las dos cuestiones prejudiciales elevadas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que acaba de ser admitida a trámite por el tribunal de Luxemburgo, según consta en su portal de Internet, con el número C-331/22. Fue remitida el pasado 12 de mayo.
Una cuestión prejudicial interpuesta a instancia del abogado Javier Araúz de Robles.
En camino hay una segunda, también de su puño y letra, elevada una semana más tarde que la anterior pero a instancias de la firma Salellas Abogados.
El magistrado Vidal, ahora de vacaciones y a punto de jubilarse (el 13 de agosto próximo al cumplir 72 años), atiende la llamada de Confilegal para reflexionar sobre la cuestión prejudicial y otros asuntos que a lo largo de la conversación tiene muy claras.
“Estas cuestiones prejudiciales lo que intentan modificar el marco legal para proteger al máximo a los funcionarios interinos que son una parte muy sacrificada de la administración y muy maltratada, por cierto”, explica.
“Todo el personal de mi juzgado es interino. Le puedo garantizar que los que conozco son tanto o más buenos en su actividad laboral que los funcionarios de carrera”, afirma el magistrado Federico Vidal
“El TJUE nos ha dicho hasta ahora lo que no podemos hacer los jueces nacionales. Por eso le pedimos realmente que nos diga qué podemos hacer y que aclare determinados asuntos. Hay muchas contradicciones y vaivenes en la doctrina del Tribunal Supremo. Porque la doctrina de la Sala Contenciosa es diferente de la de la Sala de lo Social”.
De acuerdo con el magistrado las dos Salas plantean «diferentes dudas sobre la aplicación práctica de la ley 20/2021 de reducción de la temporalidad. Lo digo en la cuestión prejudicial. Esta Ley no creo que funcione demasiado bien. Está abocada al fracaso. Es un intento de hacer algo, pero es muy restrictiva”, afirma.
Subraya que esta ley no contiene sanción alguna por el abuso de la temporalidad. “No la veo realmente. Otra cuestión que pregunto es qué margen temporal define el abuso. Si es 2 o 3 años, aunque hay profesionales que llevan 20 y 30 años en esta situación”.
El magistrado Vidal también pregunta al TJUE si la aplicación retroactiva de la ley 20/2021 vulnera el principio comunitario de legalidad.
Y otra duda es si la indemnización de 20 días por año de servicio para los interinos que no superen la oposición vulnera la Directiva porque perpetua situaciones de ilegalidad. “Es claramente insuficiente”, defiende.
Mejor procesos selectivos cerrados
A su juicio “no se entiende como en las convocatorias de estabilización se puedan presentar personas no interinas. Deberían ser convocatorias cerradas a este colectivo. Hay contradicciones que espero que el TJUE las solvente en el próximo fallo sobre estas cuestiones prejudiciales”.
En este escenario muchas voces se han oído pidiendo que los tribunales suspendieran los casos que tuvieran entre manos y a las Administraciones que paralizaran los procesos de estabilización en marcha. “Sería lógico, pero no se va a hacer. Tampoco sería bueno para algunos funcionarios interinos”.
Vidal calcula que “este nuevo fallo del TJUE estará resuelto en algo más de un año. Todavía no habrán concluido los procesos de estabilización previstos para diciembre del 2024. Es un fallo que puede clarificar mucho esta situación actual, donde las convocatorias en marcha no satisfacen a nadie”.
El magistrado insiste en señalar que la doctrina del Tribunal Supremo es muy restrictiva sobre los funcionarios interinos. “Da prioridad a los principios de capacidad merito e igualdad, exigibles a todos los funcionarios, lo que choca en cierta forma con el principio de igualdad ante la ley”.
“Ambos colectivos están realizando el mismo trabajo que los titulares y si no lo hacen bien hay formas de solucionarlo y depurar responsabilidades, pero eso no se ha hecho hasta la fecha”, aclara.
Sobre la disparidad de criterios de la Sala de lo Social y de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, Vidal destaca que “esto es debido a la naturaleza diferente del propio contrato de trabajo, de carácter laboral o administrativo, pero sin embargo esta diferencia de criterios crea disfunciones. Es mas restrictivo el Contencioso Administrativo que el Social”
En ese choque de principios –aunque solo sea por la mera ubicación en la Constitución Española–, «sería prevalente el de igualdad frente a los de mérito y capacidad. Aunque es una cuestión controvertida y se pueden dar opiniones para todos los gustos”, opina.
El magistrado Vidal es consciente de la trascendencia que este fallo del TJUE puede tener para España. Por eso le ha pedido que sea claro en sus pronunciamientos y describa realmente qué es lo que él como magistrado tiene que hacer con el asunto que tiene en su mesa, ahora paralizado por dicha cuestión prejudicial.
“Podría suceder que dicho fallo del TJUE pudiera cambiar todo el contexto en el que estamos inmersos. Ahí me pregunto qué podría pasar con los concursos que hubieran culminado, aunque por las informaciones que recibo dichos procesos van lentos en su desarrollo pese a lo que dice la ley 20/2021”.
Un problema de calado
El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 17 de Barcelona es muy consciente que el problema de la temporalidad tiene unas dimensiones importantes en nuestro España. “Todo el personal de mi juzgado es interino. Le puedo garantizar que los que conozco son tanto o más buenos en su actividad laboral que los funcionarios de carrera”.
Este magistrado reconoce que su juzgado ha recibido unas 30 demandas de profesionales que quieren revertir su situación de abuso de temporalidad. “estos números hay que multiplicarlos por diecisiete que son los juzgados que hay en Barcelona de lo contencioso. La mayoría de estos juzgados suspendieron las vistas a la espera de estas cuestiones prejudiciales”.
En su opinión la solución al conflicto es política “aquí no quiero meterme. Pero la solución seria hacer fijos a todos los interinos. Seria la solución más económica para el Estado y Comunidades Autónomas, la más socialmente aconsejable porque pacificaría el sector y seria una bendición para los juzgados que están colapsados con estos asuntos”
Sobre la disparidad de criterios de la Sala de lo Social y de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, Vidal destaca que “esto es debido a la naturaleza diferente del propio contrato de trabajo, de carácter laboral o administrativo, pero sin embargo esta diferencia de criterios crea disfunciones. Es mas restrictivo el Contencioso Administrativo que el Social”.
“La unificación de doctrina de ambas Salas sería beneficioso para toda la ciudadanía en general y el colectivo de interinos en particular. Lo ideal es que estuvieran mucho más en sintonía”.
Durán advierte de la problemática que se ha generado en los tres últimos años con muchos derechos de los profesionales interinos ganados en los tribunales desde la sentencia del TJUE de 19 de marzo del 2020.
“La conflictividad que hay es enorme y mucha inseguridad jurídica a todos los niveles. No hemos arreglado el problema por desgracia con la aprobación de dicha Ley 20/21″.
La fijeza es la solución
Este magistrado tiene claro cuál es la solución para resolver el problema “habría que hacer fijo a todos los interinos en fraude de ley, previa una prueba determinada que podría ser concurso de méritos u oposición siempre interno. No debería estar abierto. Se trataría de realizar una regularización masiva de este colectivo”.
A su juicio “la casuística es enorme, profesionales de diez años o veinte en fraude de ley en todo el territorio nacional encadenando contratos. Si han estado trabajando tantos años saben perfectamente lo que tienen que hacer en su puesto de trabajo y tienen la capacidad de asumir dicha responsabilidad laboral. De lo contrario, lo hubieran cesado con anterioridad”.
En su opinión la solución al conflicto es política “aquí no quiero meterme. Pero la solución seria hacer fijos a todos los interinos. Seria la solución más económica para el Estado y Comunidades Autónomas, la más socialmente aconsejable porque pacificaría el sector y seria una bendición para los juzgados que están colapsados con estos asuntos”.
No cree «que los funcionarios de carrera podrían sentirse perjudicados por esta medida porque ya tienen plaza consolidada. Igual podría perjudicar esta medida a los opositores, pero creo que la capacidad de absorción de la Administración Publica es suficiente para otorgar el trato de fijo a los interinos y seguir absorbiendo gente”.
Vidal también advierte que tiene constancia de que algún compañero magistrado podría plantearse presentar cuestiones de inconstitucionalidad de la citada Ley 20/2021. “Creo que junto con las cuestiones prejudiciales planteadas aun veremos movimiento judicial sobre esta cuestión tras el verano”.
A su juicio pese a que la idea del Gobierno es que en diciembre del 2024 estén convocados y realizados todos los procesos de estabilización para el colectivo de interinos, este juez considera que “no creo que lleguemos a este escenario. Nos falta la agilidad necesaria para poder actuar con tanta rapidez. Falta el marco mental para resolver este problema”.
Desde su punto de vista “nos hemos acostumbrado a que la Administracion, en sus diversos planos, funcione apoyada en muchos trabajadores interinos y esto implica una inercia que es difícil de romper. Este es un problema que también hay que superar. La bola de nieve se ha hecho enorme hasta límites insoportables en estos momentos”.
Noticias Relacionadas: