Vox llegó primero al juzgado —a las 16:13 del 11 de diciembre de 2025— pero olvidó adjuntar el poder de representación. El PP apareció ochenta minutos más tarde, con todos los documentos en regla. No basta con llegar primero, dice el Supemo; la personación debe ser válida desde el primer momento. Foto: Plus Ultra.

El juez del caso Plus Ultra agrupa todas las acusaciones populares bajo la batuta del PP

29 / 05 / 2026 15:48

Actualizado el 29 / 05 / 2026 15:49

El magistrado José Luis Calama, titular de la Plaza 4 de la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia, ha dictado este jueves un auto que reordena el tablero procesal del caso Plus Ultra.

De un plumazo: nueve acusaciones populares —partidos, asociaciones y hasta un ciudadano a título individual— quedarán desde ahora bajo una sola voz. La del Partido Popular.

La causa investiga la polémica concesión de ayudas públicas a la aerolínea Plus Ultra durante la pandemia. Un rescate que, según los acusadores, esconde presuntos delitos de malversación, fraude de subvenciones, prevaricación, cohecho y tráfico de influencias.

Demasiadas voces para un solo proceso

El problema era matemático. En apenas cinco días, las distintas acusaciones populares habían presentado una avalancha de escritos, recursos y solicitudes de diligencias —muchos de ellos con un contenido prácticamente idéntico— que amenazaban con colapsar la instrucción antes incluso de arrancar.

Vox, el Partido Popular, Manos Limpias, Hazteoir.org, Iustitia Europa, Ciudadanos, Liberum, el partido Valores y el ciudadano Borja Fernández Peña. Nueve partes, nueve representaciones, nueve estrategias. Un único juez al otro lado.

La ley lo permite. El artículo 109 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal —reformado en 2015— autoriza al instructor a agrupar acusaciones bajo una dirección letrada común cuando la multiplicidad de partes amenace con generar dilaciones indebidas. Es decir, cuando el proceso empiece a ahogarse en su propio papel.

Quién manda: la batalla por la dirección letrada

Concedida la agrupación, el auto afronta la pregunta más delicada: ¿quién lleva la voz cantante?

La respuesta no fue inmediata. Vox llegó primero al juzgado —a las 16:13 del 11 de diciembre de 2025— pero olvidó adjuntar el poder de representación. El PP apareció ochenta minutos más tarde, con todos los documentos en regla.

El juez Calama aplica aquí un criterio que ya ha asentado el Tribunal Supremo: no basta con llegar primero; la personación debe ser válida desde el primer momento. Y la del PP lo era. La de Vox, no.

Pero hay más. El auto añade un segundo argumento: la representatividad institucional. El PP, con presencia en las Cortes Generales, acredita una implantación democrática que, a juicio del magistrado, le convierte en el vehículo más idóneo para canalizar el interés general que legitima la acción popular.

Una consideración que, previsiblemente, no sentará bien en la sede de Vox.

Las resistencias

No todos aceptaron la medida de buen grado. Vox y Borja Fernández Peña se opusieron frontalmente. El ciudadano particular arguyó algo que tiene su lógica: mezclarse en un bloque con partidos políticos podría contaminar su imagen pública y diluir su estrategia procesal. El juez lo rechazó sin ambages —la ley no distingue entre acusadores individuales y colectivos— pero reconoció implícitamente la tensión.

Liberum pidió que se le exceptuara de la agrupación por no haber desplegado aún actividad procesal alguna. Hazteoir.org propuso una solución intermedia: dos bloques diferenciados, uno para partidos y otro para asociaciones civiles. Tampoco prosperó.

En el otro extremo, Plus Ultra, Santiago Fernández Lena y José Luis Rodríguez Zapatero —personados como investigados o perjudicados— apostaron por la unificación. La Fiscalía Anticorrupción, igual.

Qué pasa ahora

El auto designa como representante único al procurador Hidalgo Sánchez-Puelles González-Carvajal y al letrado Durán Ruiz de Huidobro, ambos del equipo del PP. Tienen dos días para revisar todos los escritos presentados por las distintas acusaciones y decidir cuáles ratifican, cuáles fusionan y cuáles descartan.

Las partes disconformes pueden recurrir en reforma en tres días y en apelación en cinco. Vox, al menos, no parece dispuesta a aceptar el resultado sin pelear.

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