Victoria Ortega (CGAE): ‘No vamos a parar hasta que la conciliación en la abogacía sea una realidad y haya igualdad con el resto de operadores jurídicos’
Son numerosos los casos en los que se deniega a los abogados la suspensión de vistas y plazos por circunstancias personales, en este reportaje señalamos algunos de ellos. En la imagen, la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Victoria Ortega Benito.

Victoria Ortega (CGAE): ‘No vamos a parar hasta que la conciliación en la abogacía sea una realidad y haya igualdad con el resto de operadores jurídicos’

Destaca que es una prioridad en el Consejo General y una deuda "inaplazable" con un colectivo de 150.000 trabajadores que sólo reclama igualdad frente al resto de quienes forman parte del sistema de Justicia
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15/10/2022 06:55
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Actualizado: 14/10/2022 20:49
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«La conciliación en la abogacía ya debería ser una realidad, por lo que es obvio que llega tarde. Pero no solo es una prioridad, sino una deuda inaplazable para con un colectivo de 150.000 trabajadores que solo reclama igualdad frente al resto de quienes forman parte del sistema de Justicia». Así lo declara a Confilegal la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Victoria Ortega Benito.

«Llevamos mucho tiempo con esta reclamación y no vamos a parar hasta que sea una realidad», sentencia, preguntada por este diario por la multitud de casos que se han conocido recientemente sobre la difícil conciliación de los profesionales de la abogacía.

Son numerosos los casos en los que se deniega a los abogados la suspensión de vistas y plazos por circunstancias personales. Así, por ejemplo, se ven obligados a acudir a una vista a punto de dar a luz o nada más tener un hijo, tras sufrir un accidente, tras haberse muerto el padre o la madre o encontrándose de baja por incapacidad temporal.

Y ello porque estas situaciones no están contempladas por ley como un supuesto para suspender los plazos procesales, por lo que dependen de la discrecionalidad de los jueces o Letrados de la Administración de Justicia (LAJs), antes denominados secretarios judiciales.

En este trance se ha encontrado esta semana Aitor Macías, abogado de Reus, cuya madre falleció el pasado miércoles, 12 de octubre. Para el día siguiente tenía señalados dos juicios en Tarragona. Pidió la suspensión y una funcionaria del Juzgado de lo Penal número 2 le contestó que solicitara un sustituto. 

“Me llamaban insistentemente para que nombrara un sustituto. Manifesté que no iba a asistir, aunque no accedieran a suspenderlo”, explica. Finalmente, le comunicaron, cuando estaba en el tanatorio, que suspendían el juicio, pero que “si tenía la agenda a mano para señalar una nueva fecha”.

“La muerte de un padre no es motivo para suspender un juicio”, le espetó una letrada de la Administración de Justicia al abogado Antonio Serrano Soldado el pasado mes de marzo. El padre de este letrado, colegiado en Madrid y en Córdoba y socio-director de la firma Addelante Abogados, falleció el pasado 14 de marzo, en Valdemoro (Madrid), y él tenía un juicio penal dos días después en Sevilla, en el que tenía que defender a su cliente de acusaciones de estafa y apropiación indebida.

«A mi cliente le pedían tres años de prisión y tenía que defenderle el mismo día en el que enterraban a mi padre», relata Serrano a este diario. Al final, logró retrasar la vista tres días, pero por dos razones. «Primero, acudí a la Comisión de Defensa de la Abogacía del Colegio de Abogados de Madrid, para pedirles ayuda, porque no me querían suspender el juicio. Al mismo tiempo, la Comisión de Defensa habló con el Juzgado, y también me fuí al servicio de Urgencias del Centro de Salud de Valdemoro, con mi padre de cuerpo presente, para contarles lo que me estaba pasando, no paraba de llorar, y el médico me dio la baja para tres días: miércoles, jueves y viernes», explica a Confilegal.

Antonio Serrano Soldado, socio-director de Addelante Abogados.

Finalmente, le retrasaron el juicio del miércoles al lunes, pero por la baja médica. Serrano exige el derecho a un duelo mínimo, «un derecho que le asiste a cualquier persona, como establece el Estatuto de los Trabajadores, que recoge un permiso de, al menos, cuatro días».

«No somos piedras ni somos héroes, nuestro trabajo es fundamental para defender a una persona y evitar, en este caso concreto, que mi cliente fuera condenado a cárcel», señala Serrano, y hace hincapié en que los abogados son «tan fundamentales e importantes como los jueces, los letrados de la administración de justicia y los funcionarios».

«Todos ellos tienen reconocidos sus derechos a conciliar, salvo los letrados», denuncia este abogado, y destaca que es «aberrante que tengas que justificar médicamente el dolor de la muerte de un padre y la incapacidad física que ello supone».

Al letrado Fernando J. Eraus Saiz, socio-director del Estudio jurídico Eraus & Asociados, un Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Madrid también le denegó recientemente la asistencia por Zoom en un señalamiento fijado para el mismo día en el que a su mujer le iban a inducir al parto. Y ello, pese a que el investigado iba a declarar por videoconferencia.

Tras varias reclamaciones, el día anterior a ser padre el juzgado le notificó que retrasaban el señalamiento, pero tan solo 15 días más tarde. Finalmente, la vista se ha suspendido al no localizarse al acusado. 

«En mi caso, la jueza no puso ni una sola objeción en la suspensión de la vista, pero yo lo que quería evitar era la suspensión y la consecuente demora, pues no tenía sentido que el investigado declarara por videoconferencia y al letrado se le denegara», subraya en declaraciones a este diario.

Fernando J. Eraus Saiz, socio-director del Estudio jurídico Eraus & Asociados.

Este letrado recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece en el artículo 188 las causas de suspensión de las vistas. Por tanto, indica que el problema reside en en que hay jueces y LAJs que se niegan a aceptar las suspensiones. «Es necesario dar medios a la Justicia y dejar de crear leyes inútiles que enmarañan y complican el procedimiento», reclama Fernando J. Eraus.

El estrecho margen que da la legislación procesal para suspender actos judiciales es un motivo de descontento para los letrados, especialmente los que trabajan por cuenta propia. Entre la abogacía causa especial malestar que la única solución que se les ofrezca sea delegar el procedimiento en un compañero, lo que podría conllevar que el cliente no mostrara confianza hacia ese nuevo letrado, además de el tener que abonar los honorarios de ese abogado. ¿A quién se le deberían repercutir los honorarios de ese nuevo letrado?

El Consejo General de la Abogacía Española lleva meses reclamando que en el Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal se regulen estos supuestos para la suspensión de vistas y procedimientos. A la espera de ello, el CGAE ha pedido al Ministerio de Justicia que declare ya inhábil procesalmente del 24 de diciembre al 6 de enero, para que en las próximas Navidades se pueda conciliar.

MÁS CASOS

El abogado Pablo Lerma Romero, de Andújar (Jaén), solicitó el pasado mes de marzo, en la audiencia previa de un procedimiento en el Juzgado de lo Civil número 26 de Sevilla, el retraso de un juicio debido a que su hijo iba a nacer en las fechas señaladas, y lo retrasaron una semana, fijándolo para finales de junio. Su pequeño nació prematuro a finales de abril, con 33 semanas y los problemas de salud que ello conlleva, por lo que volvió a solicitar la suspensión de la vista y que se fijara una nueva fecha, pero esta vez se lo denegó el LAJ.

Pablo Lerma, responsable de Lerma Abogados.

Este letrado considera que deberían haber estimado su petición en aras de la conciliación familiar. «Por desgracia, veo que a los abogados no se nos tiene en cuenta a la hora de fijar los señalamientos ni dentro de las cargas del Ministerio de Justicia como colectivo», declara a Confilegal Pablo Lerma, que tiene esperanzas en que «estas situaciones cambien».

A la abogada madrileña Mónica Gil Rodríguez le denegaron, asimismo, el año pasado, en el mes de agosto, la suspensión de un señalamiento que tenía fijado pocos días después de dar a luz. 

También a Patricia Campomar Gómez, colegiada de Baleares, quien hace tres años tuvo un bebé prematuro y le denegaron el aplazamiento para recurrir el plazo de una querella.

Casos que a los que se suma el de Jordi Ruiz Molina, colegiado de Barcelona, quien el pasado 10 de enero solicitó a un Juzgado de lo Social de la Ciudad Condal la suspensión del acto de conciliación, y en su caso juicio, señalado para ocho días más parte. Una solicitud de suspensión efectuada al hallarse en situación de incapacidad temporal y haberse sometido a una intervención. 

El Juzgado denegó dicha petición manifestando la letrada de la administración de justicia que no constaba que la baja aportada fuera invalidante para la realización del juicio y que podía realizarlo otro compañero. 

Jordi Ruiz Molina, abogado laboralista, responsable del despacho del mismo nombre.

Entonces, este letrado puso el caso en conocimiento de la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia del Colegio de la Abogacía de Barcelona y, asimismo, interpuso un recurso de reposición contra la diligencia del Juzgado. Tras las alegaciones que constaban en el recurso, consiguió que le suspendieran el juicio hasta el alta médica, pero en la mayoría de ocasiones no sucede así.  

No es la primera vez que a Jordi Ruiz le sucede un caso similar. El pasado mes de febrero, tras haber solicitado dos suspensiones ante otro Juzgado de lo Social por el mismo motivo de incapacidad temporal, se le requirió para que nombrara a un nuevo letrado en el caso de no estar recuperado para el nuevo señalamiento, e indicando la resolución que no procedía una nueva suspensión por dicho motivo.

Además, informa que en algunos juzgados de lo Social de Madrid señalan juicios para el mes de agosto, lo que impide la realización de las vacaciones de los letrados, que se efectúan durante ese mes.

«A los abogados no se nos tiene en cuenta para absolutamente nada de lo relacionado con la conciliación familiar ni personal», denuncia este letrado. «Somos los últimos de la fila de la administración de Justicia», manifiesta.

A Pere Vidal López, letrado laboralista de Augusta Abogados, le pasó un caso similar. Solicitó la suspensión de un juicio que tenía en el Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza porque tuvo un accidente y estaba hospitalizado desde hacía varias semanas. A pesar de haber justificado la imposibilidad de asistir a la vista por estar hospitalizado entonces tras caer de un patinete eléctrico, una LAJ exigió su sustitución. 

“Es el cliente quien elige al abogado y no el juzgado”, alegó Vidal, para quien este hecho vulnera el derecho a la tutela judicial y supone un verdadero ataque (insulto, menosprecio) a la dignidad de la profesión, reduciendo la labor de los abogados a una suerte de representante procesal que acude a picar el pleito».

«Lamentablemente, los abogados tenemos que estar dispuestos a presentar recursos, escritos, etc. aunque estemos hospitalizados, ante la discrecionalidad de algunos LAJ», declaró en su día a Confilegal, y apuntó que «muchas veces el juez no tiene conocimiento de este tipo de decisiones».

A día de hoy sigue en rehabilitación y pendiente de intervención. Ya lleva tres.

Este abogado denuncia que «estamos ante una causa justa de suspensión de acuerdo con el artículo 83.1 de la LRJS y el 183.1 de la LEC» y que «exigir comparecer con un abogado/a distinto al designado y sin el tiempo de conocer el asunto en la forma necesaria vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva».

«Lamentablemente, esta situación es habitual y la solventamos con remedios procesales y nos callamos, pero esta vez he decidido no callarme, pues solo así se pueden cambiar las cosas», concluye.

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