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Expectación en Iberoamérica por la «ley de nietos»
22/10/2022 06:48
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Actualizado: 21/10/2022 22:07
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Publicada el pasado 20 de octubre en el Boletín Oficial del Estado, la conocida como Ley de Nietos es ya una realidad. Los descendientes de españoles exilados durante el franquismo pueden solicitar la nacionalidad española, y lo mismo pueden hacer hermanos, tíos, sobrinos y primos.
Esto es, quienes entren dentro del cuarto grado de consanguineidad.
Hace tiempo que una noticia procedente del entorno jurídico no levantaba tanta expectación y producía una avalancha de solicitudes de información y tramitación.
No sólo en algunos puntos institucionales, la oficina del consulado del Ministerio del Interior y los consultados de algunos países de Latinoamérica, sino también en los despachos de abogados.
En Le Morne Brabant vivimos ahora la avalancha de solicitudes, pero lo cierto es que llevamos meses atendiendo peticiones en torno a la ley.
El objeto de la concesión de la nacionalidad española se basa en la premisa de que, de no haber tenido que marcharse forzosamente de nuestro país, a consecuencia del golpe de estado de 1936 o de la represión franquista posterior, los familiares, hasta el citado cuarto grado de consanguineidad habrían nacido en nuestro país.
Se trata así de repararlos a ellos y a las protagonistas del exilio.
En el ámbito colectivo, el texto, y así lo especifica en su preámbulo, pretende “cerrar una deuda de la democracia española con su pasado y fomentar un discurso común basado en la defensa de la paz, el pluralismo y la condena de toda forma de totalitarismo político que ponga en riesgo el efectivo disfrute de los derechos y libertades”.
LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA, EL INSTRUMENTO
La ley de Memoria Democrática supone continuidad, pero también avance con relación a la Ley de Memoria Histórica del gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero, de 2007, a la que los actuales legisladores reconocen “haber situado la memoria personal y familiar en el ámbito de la ciudadanía democrática, mediante el reconocimiento general de las víctimas, su derecho individual y colectivo declarando ex lege la ilegitimidad de los órganos represores del franquismo”.
Después, y según el legislador, la transformación de las circunstancias sociales y políticas, la constatación de la dificultad en la implementación de algunas medidas previstas en el articulado de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre y el desarrollo de políticas de memoria autonómica, entre otros aspectos, han conducido a la norma actual.
En su disposición adicional octava se especifica el tema que nos ocupa, el que la adquisición de la nacionalidad española, que, además del caso citado anteriormente se extiende a los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a ella.
La ley de nietos también beneficiará a los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
b) Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
En todos los supuestos, esta declaración deberá formalizarse en el plazo de dos años, lo que ha acelerado la rapidez de las demandas. Nuestro consejo es solicitar asesoramiento profesional en los despachos de abogados, para evitar posibles dilaciones en la tramitación de la documentación necesaria. La información de todo lo necesario se canalizará, ha anunciado el Ministerio del Interior, a partir de su propia página web.
La nacionalidad española conferirá a quienes entren en los supuestos que incluye la ley el derecho a residir indefinidamente en España, donde podrán trabajar. Asimismo, tendrán derecho al voto y a la libre circulación dentro de la Unión Europea.
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