Salvador González Martín: La seguridad jurídica del cliente tendrá «más aproximación y menos concreción» sin los baremos previos
La Abogacía de Málaga ya no publicará criterios cuantitativos y herramientas de cálculo para ofrecer cifras de honorarios, aunque procurará ofrecer unos criterios cualitativos específicos para las costas, según su decano, Salvador González Martín.

Salvador González Martín: La seguridad jurídica del cliente tendrá «más aproximación y menos concreción» sin los baremos previos

Es decano de la Abogacía de Málaga
|
18/2/2023 06:49
|
Actualizado: 14/3/2023 11:20
|

El Colegio de Abogados de Málaga ya no publicará criterios cuantitativos y herramientas de cálculo para ofrecer cifras de honorarios, aunque procurará ofrecer unos criterios cualitativos específicos para las costas, según ha declarado a Confilegal su decano, Salvador González Martín.

«El mundo no va a cambiar, hay abogados en cada parte del proceso a los que les interesa que la minuta sea razonable y proporcional al trabajo», afirma.

Y señala que buscarían corregir los criterios generales, como la cuantía, interés litigioso, dificultad, fases y número de partes, sin usar los particulares, si bien «quita las muletas de los porcentajes y escalas tipo».

Estas tareas «se llevarían a cabo dentro del Consejo Andaluz y el Central».

Con ese objetivo, la Junta de Gobierno de la Abogacía de Málaga ha dispuesto que dejará sin efecto los criterios orientadores de costas con los que había trabajado anteriormente frente a la prohibición de baremos establecida por las sentencias del Tribunal Supremo (TS).

Esta restricción abarca las pautas o directrices dirigidas a cuantificar los servicios de los colegiados, por las que los colegios de abogados de Valencia, Ávila, Barcelona, Albacete, A Coruña, La Rioja, Sevilla, Vizcaya y Santa Cruz de Tenerife han sido sancionados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) con multas que oscilaban entre los 10.000 y los 625.000 euros.

CRITICA LA DESPROPORCIONALIDAD DE LAS MULTAS

De esta manera, la seguridad jurídica del cliente tendrá «más aproximación y menos concreción» que antes, según González. Se cumpliría con la Ley de Defensa, así como con la Ley de Enjuiciamiento Civil, de la labor debida de elaboración de minutas a efectos de la tasación de costas «fuera de cualquier indicio de los honorarios para honrar la libertad de ofertas».

«No siempre vamos a estar de acuerdo, pero ya la jurisprudencia forma parte del ordenamiento jurídico de cumplimiento obligatorio», aclara González, aunque critica la «desproporcionalidad» de las multas con las que sancionaron a otros órganos colegiales.

«El TS no los ha condenado a costas por la complejidad del caso, con lo que también debería habérseles excluido de estas sanciones, que debería eliminarse o reducirse», declara.

Opina que «los colegios estaban cumpliendo con la Ley de Enjuiciamiento Civil y pensando en los ciudadanos y en los justiciables al poner cifras a las costas que tendrían que pagar los condenados».

De esta manera, subraya que «la actitud de los colegios fue la correcta, con lo que no deberían haber sido objeto de una sanción, y menos de una tan cuantiosa».

Noticias Relacionadas:
Lo último en Profesionales