Ley de protección a los alertadores de corrupción: necesaria desde el plano de la política, el derecho y la ética

Txema Oleaga
Txema Oleaga es abogado, senador por Vizcaya del Grupo Parlamentario Socialista y portavoz en la Comisión de Justicia en la Cámara Alta.

21 / 03 / 2023 06:47

Actualizado el 21 / 03 / 2023 08:16

Cuando el pasado 9 de febrero la pantalla de votaciones del Senado reflejaba una aplastante mayoría favorable a esta ley, pudimos apreciar en su magnitud: un texto legal que ha podido pasar desapercibido para el gran público ante el impacto de otras iniciativas legislativas que están de rabiosa actualidad, pero que irá adquiriendo toda su verdadera dimensión a medida que pase el tiempo.

Lo primero que debemos resaltar es que nos encontramos ante una ley que incorpora a nuestro derecho interno una Directiva europea de lucha contra la corrupción. Y esto es realmente emblemático.

Los diferentes estados de la Unión Europea han reflexionado sobre la conveniencia de regular esta materia capital para las sociedades democráticas. No es posible cimentar una sana convivencia democrática sin la base de la limpieza y la transparencia.

A mi juicio, es esta idea la más relevante para entender la base ideológica de esta ley. Y es cierto que cada país de la Unión Europea ha adoptado un método u otro para desarrollar este principio.

Pero sea cual fuese el instrumento, el objetivo común es el mismo. Acabar con los indeseables espacios para la impunidad.

España dispone de organismos de diferente naturaleza para combatir esta lacra (Fiscalía, Tribunal de Cuentas, etc.), pero es indispensable incorporar a la ciudadanía a este combate.

Lo hemos visto en otros ilícitos. Sólo la colaboración ciudadana garantiza un éxito completo en la erradicación del delito o de las prácticas corruptas.

Y para contar de una forma segura con el concurso ciudadano es proteger a quien contribuye al esclarecimiento de un ilícito. En efecto, el temor a sufrir un mal en los bienes, en la familia, en la vida, en definitiva, a sufrir represalias, disuade a muchas personas de poner en conocimiento de las autoridades un hecho ilícito.

Mi compañera, la senadora María Ángeles Luna, expuso en la tribuna el caso de Ana Garrido, la mujer con cuyo testimonio comenzó a investigarse el mayor caso de corrupción de nuestra democracia protagonizado por un partido político.

El denominado “caso Gürtel”. Un proceso legal que llevó a la condena del PP por el Tribunal Supremo.

«Sólo la colaboración ciudadana garantiza un éxito completo en la erradicación del delito o de las prácticas corruptas»

Esta mujer valiente y decidida sufrió una persecución cruel que ha arruinado su vida y ha afectado a su estado emocional.

Y la democracia no puede tolerar esta clase de acciones. Es un imponderable ético y democrático proteger a quienes colaboran.

De hecho, una de las primeras cosas que, como sociedad, debemos hacer es acabar con esos términos despectivos de chivato y otros tan ofensivos.

El proyecto de ley es fruto de una larga meditación. Y al final, se ha considerado oportuno disponer de un ente específico capaz de proteger a los alertadores de la corrupción, garantizando la confidencialidad de sus identidades y remitiendo las denuncias a los organismos competentes en función de las materias.

Es más, aprovechando la necesidad de incorporar la directiva a nuestra legislación, ha habido un consenso generalizado en la oportunidad de ampliar el campo de actuación a infracciones medioambientales o administrativas que no encajan de manera directa en el término genérico de corrupción, pero que responden a infracciones y corruptelas de toda índole.

La obligación de toda empresa o administración de disponer de dos canales para la denuncia y la figura de una autoridad específica para velar por la indemnidad del denunciante son características esenciales de este texto aprobado por el Senado.

Y finalmente, debo señalar que el esfuerzo negociador, en ambas Cámaras ha sido intenso y ha mejorado palpablemente el proyecto inicial. La mayoría de grupos ha votado favorablemente, con unas pocas abstenciones y el inconcebible voto en contra del Partido Popular.

En palabras de mi compañero, el senador Artemi Rallo “cuando se trata de corrupción, el PP siempre arrastra los pies”.

Concluyo diciendo que el proyecto de ley ha recibido todos los parabienes de las diferentes entidades que se pronunciaron antes de la aprobación definitiva por el Gobierno.

Y ha alcanzado un enorme respaldo en las Cámaras legislativas.

Un gran texto, técnica y políticamente hablando.

Pero, sobre todo, como decía al comienzo, “un imponderable ético” en este combate feroz contra la corrupción para construir una sociedad más justa y decente.

La reforma de la justicia evidencia el choque político sobre su eficiencia y modernización

Hay Derecho denuncia que algunos pactos de gobierno buscan reducir las competencias de las agencias antifraude

Riesgos para el anonimato en los canales de denuncia: «Parece más seguro hacerlo a través del correo postal»

Una ministra moderna para una Justicia del siglo XXI

La lucha contra el fraude financiero no puede soslayar ni la transposición de la Directiva «Whistleblowers» ni más controles

Lo último en Firmas

CDL

Opinión | CDL: Los jueces españoles ya cuentan con la ‘anti-suit injunction’ y probablemente muchos aún no lo saben (I)

Trump y Jomenei

Opinión | El orden del día: El verdadero campo de batalla ya no es militar, es la agenda de la negociación

absentismo

Opinión | Absentismo laboral: la factura muda que está desangrando a la empresa española

IA(1)

Opinión | El fraude en las transferencias bancarias y la posición del ordenante: la Inteligencia Artificial como herramienta potenciadora

ChatGPT Image 25 may 2026, 14_03_39

Opinión | Vergüenza, culpa y ansiedad: Las emociones invisibles de quienes están sobreendeudados