Tribunal Constitucional caso Arandina
En el recurso se argumenta que la inadmisión de la querella y del recurso de apelación viola el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al no respetarse las normas procesales, por lo que la Sala del 61 del TS, manifiestan, ha vulnerado el derecho al juez no prevenido o imparcial garantizado.

Arriaga Asociados interpone un recurso de amparo al TC contra el TS por la «inadmisión ilegítima» de su querella sobre el IRPH

30 / 03 / 2023 17:39

Actualizado el 30 / 03 / 2023 17:39

Arriaga Asociados ha presentado un recurso de amparo al Tribunal Constitucional (TC) contra el auto de la Sala del 61 del Tribunal Supremo (TS) que desestimó el recurso de apelación presentado contra la inadmisión de la querella formalizada por el despacho contra cuatro magistrados de la Sala Primera del TS por presuntos delitos de prevaricación y coacciones.

Según la querella que presentó Arriaga en 2022, los magistrados cometieron estos presuntos delitos al no aplicar la jurisprudencia europea sobre el índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) en tres sentencias dictadas ese año en las que se reconocía que la cláusula IRPH, a pesar de no ser transparente, no era abusiva. Así, según el despacho, consideraron que no era necesario informar al cliente al tratarse de un índice oficial sin entrar a valorar si se proveyó suficiente información para contratar, como exige la Justicia Europea.

En el recurso se argumenta que la inadmisión de la querella y del recurso de apelación viola el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al no respetarse las normas procesales, por lo que la Sala del 61 del TS, manifiestan, ha vulnerado el derecho al juez no prevenido o imparcial garantizado al conocer las sendas inadmisiones.

Por estos motivos, desde Arriaga solicitan al TC que declare la vulneración de los susodichos derechos, además del derecho a un proceso con todas las garantías, del derecho a la defensa, del derecho a un recurso efectivo y del derecho a la igualdad ante la ley para anular las resoluciones de la Sala del 61 del TS y resuelva la querella que formularon para asegurar las garantías del proceso.

Esta querella denunciaba que se imponía a jueces y tribunales inferiores que desestimaran todas las demandas presentadas contra los bancos que aplican el índice IRPH, sin analizar si el consumidor era consciente de la obligación que admitía, y que el TS instaba a los demandantes que retiraran sus recursos al respecto con la promesa de la exoneración de las costas.

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