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Ley Crea y Crece, la oportunidad de adoptar la factura electrónica

Ley Crea y Crece, la oportunidad de adoptar la factura electrónica
Ignacio Aguirreche, socio director de Tiampe, autor de la columna en la que explica las consecuencias de la Ley Crea y Crece.
02/5/2023 06:30
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Actualizado: 06/6/2023 21:08
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El pasado mes de marzo finalizó el periodo de consulta de la Ley Crea y Crece. Sin conocerse aún su desarrollo reglamentario, se trata de una iniciativa  a priori interesante que persigue apoyar al y emprendedor y a las pymes españolas introduciendo, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de la facturación electrónica en el ámbito privado empresarial, con el objetivo de impulsar la digitalización, reducir el fraude fiscal –según la Comisión Europea España dejó de ingresar 5.840 millones de euros en 2019 por el fraude en el IVA– y reducir la tasa de morosidad empresarial, que en nuestro país se incrementó 5,4 puntos porcentuales según CEPYME a principios de 2022 y donde el porcentaje de facturas con retraso de pago fue del 73,3 %.

Actualmente, la factura electrónica tiene los mismos efectos legales que una factura en papel y la única diferencia es que su emisión y recepción se hace a través de medios electrónicos.

Hasta este momento, solo era obligatoria en las relaciones entre las empresas y el Gobierno, pero con esta norma se extiende a cualquier compañía y autónomos.

La factura electrónica es un formato estructurado de datos, que permite aportar a la compañía una fuente muy valiosa de información para la gestión de su negocio. También permite observar su trazabilidad, lo que facilita su verificación e incrementa su fiabilidad y supone un interesante ahorro de costes -según el proveedor de soluciones para procesos de integración B2B y B2C Generix, la factura electrónica en España consiguió ahorrar a las empresas 2.300 millones de euros en 2021, un 23,15% más respecto al año anterior-.

Con esta ley, el pdf o las facturas escaneadas dejarán de considerarse factura electrónica, al ser un formato de datos no estructurados, cuyo procesamiento y análisis es mucho más complejo.

10.000 euros de multa a las empresas que no ofrezcan la posibilidad de recibir facturas electrónicas

En el marco de la Ley Crea y Crece el proveedor y cliente podrán intercambiar las facturas a través de plataformas electrónicas sin necesidad de comunicarlas al Gobierno en tiempo real, aunque sí tendrán que compartir información para el reporte fiscal.

Según el artículo 12 de la Ley, las empresas y autónomos tendrán que proporcionar información sobre los estados de las facturas; los proveedores de servicios de facturación electrónica deberán garantizar la interconexión e interoperabilidad de las plataformas ofrecidas a empresarios y profesionales y  los prestadores de servicios tendrán que facilitar el acceso a los programas para que los usuarios puedan, leer, copiar, descargar e imprimir la factura electrónica de forma gratuita, entre otras medidas.

Este mismo artículo establece sanciones de hasta 10.000 euros para las empresas que no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso a sus facturas a las personas que ya no son clientes.

Esta nueva obligación de facturación electrónica entre empresarios y profesionales entrará en vigor al año de aprobarse el desarrollo reglamentario de los requisitos de interoperabilidad, para el caso de empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, y a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario de los requisitos de interoperabilidad, para el resto de los empresarios y profesionales.

En cualquier caso, la entrada en vigor de la obligación de facturación electrónica estará supeditada a la obtención de la excepción comunitaria a los artículos 218 y 232 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido.

Algunas sombras

Algunos colectivos han advertido de que la aplicación de la nueva ley podría generar un coste añadido para las empresas, ya que el desarrollo reglamentario no contempla el despliegue de ninguna plataforma pública gratuita, lo que obligará la contratación de este servicio de manera privada.

El coste medio de emisión de facturas electrónicas para las empresas es de unos 300 euros al año, más servicios adicionales. Este coste es notablemente inferior al de emisión de facturas en papel, pero más caro que el uso de una plataforma pública gratuita.

Algunas asociaciones critican también que esta norma plantea un sistema de facturación ineficiente para las empresas al tener que usar dos modelos de entrega de facturas diferenciadas en función de si el cliente es la Administración, para la que se cuenta con la plataforma FACe, o privado.

Otra cuestión que ha levantado ampollas es que la Ley se centra en atajar la morosidad privada obstaculizando su acceso a subvenciones y contratación pública, pero no aborda el problema de la morosidad de la Administración.

Por último, también establece importantes sanciones en el caso de incumplir con la obligatoriedad de utilizar la factura electrónica, que no se corresponden con la realidad de las limitaciones digitales de las pequeñas empresas de este país.

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