El Supremo avala las rebajas de penas en las condenas firmes por la ley del ‘sólo sí es sí’
De los 29 recursos analizados, 27 han sido resueltos por unanimidad del Pleno. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

El Supremo avala las rebajas de penas en las condenas firmes por la ley del ‘sólo sí es sí’

Confirma los criterios de las Audiencias Provinciales
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07/6/2023 13:39
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Actualizado: 07/6/2023 20:17
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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado los criterios de las Audiencias Provinciales en las revisiones de penas efectuadas tras la reforma de la Ley Orgánica 10/2022, conocida como la ley del «sólo sí es sí».

A 1 de mayo se habían realizado 2.301 revisiones, de las que resultaron 1.079 rebajas de pena y 108 excarcelaciones, según los últimos datos proporcionados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El Pleno de la Sala de lo Penal ha rechazado los recursos planteados por el fiscal, que postulaban el incremento de las penas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.

No obstante, en uno de los recursos formulados por el fiscal, un error dosimétrico de la Audiencia ha dado lugar a la corrección de la pena, al alza, por unanimidad. 

También ha desestimado las peticiones de los condenados en los recursos que presentaron.

De los 29 recursos analizados, 27 han sido resueltos por unanimidad del Pleno. Uno lo ha sido por mayoría, pero sin anuncio de voto particular, y el otro, del que era ponente el magistrado Andrés Palomo, ha provocado el cambio de ponencia, que será asumida por el magistrado Leopoldo Puente, y que es el único asunto que contará con votos particulares.

En esta sentencia, el criterio mayoritario de rechazo del recurso del fiscal ha sido asumido por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y por los magistrados Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo, Pablo Llarena, Vicente Magro, Carmen Lamela, Eduardo de Porres, Ángel Luis Hurtado, Leopoldo Puente y Javier Hernández. 

El voto particular lo suscribirán los magistrados Andrés Palomo, Ana Ferrer, Susana Polo, Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral.

Por otro lado, el TS ha rechazado la aplicación de la disposición transitoria quinta del Código Penal de 1995. 

La Sala de lo Pernal ha estudiado en este Pleno monográfico 29 recursos de casación (siete de la Fiscalía y 22 de  condenados por delitos sexuales) presentados contra las revisiones que han realizado las Audiencias Provinciales de sentencias de delitos sexuales que ya eran firmes cuando entró en vigor la Ley Orgánica 10/2022.

Hasta ahora, la Sala solo había resuelto  recursos de casación presentados contra sentencias que no eran firmes cuando entró en vigor la ley. En concreto, había analizado 75 recursos que se habían  resuelto con 28 rebajas de penas y  con 47 sentencias que habían mantenido las penas que se fijaron antes de la reforma.

Los recursos analizados corresponden a revisiones de sentencias efectuadas por las Audiencias Provinciales de Madrid (8), Barcelona (1), Palma de Mallorca (2), Bilbao (1), Soria (1), Toledo (1), Guadalajara (1), Las Palmas (3), Pontevedra (3) A Coruña (1), Valencia (3), Castellón (1), Almería (1), y Cádiz (2).

Las sentencias se conocerán en los próximos días.

Por su interés, se publicarán en una pestaña específica en la página web del Tribunal Supremo en el CGPJ para su consulta general.

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