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La Agencia Tributaria (AEAT) no está registrando como gasto deducible en IRPF la cuota de la Seguridad Social de los autónomos societarios, por lo que miles de trabajadores estarían pagando de más en sus declaraciones.

Hacienda no incluye en el borrador de Renta la deducción por las cuotas de la Seguridad y miles de autónomos pagan de más

7 / 06 / 2023 11:05

Actualizado el 07 / 06 / 2023 11:06

La Agencia Tributaria (AEAT) no está registrando como gasto deducible en IRPF la cuota de la Seguridad Social de los autónomos societarios, por lo que miles de trabajadores estarían pagando de más en sus declaraciones.

Así lo denuncia el Colegio de Gestores Administrativos de Galicia en un comunicado en el que explica que “el autónomo societario puede deducirse los recibos del RETA tanto si son abonados directamente por la empresa como parte de su nómina (en este caso vendrá reflejado en el borrador ese pago como retribuciones en especie) como si se los cargan directamente en su cuenta bancaria”.

Los gestores gallegos reprochan a la AEAT que nunca avise cuando los errores son a favor del contribuyente y exigen que también se informe en esos casos y que se devuelvan las cantidades abonadas de más.

En su comunicado, la entidad colegial manifiesta que “la AEAT está registrando en sus borradores el pago del impuesto de autónomos porque es un dato que le facilita la Seguridad Social, pero, no solo no los aplica por defecto como gasto deducible en el Renta Web, sino que, incluso, no avisa de que pueden incluirse como gastos deducibles de los rendimientos del trabajo”, explican fuentes de la corporación.

Por ello, animan a los autónomos societarios a revisar los borradores de los cuatro últimos años por si no se hubiesen deducido estas cantidades y reclamar a la AEAT la devolución de las mismas, así como los intereses de demora correspondientes.

También, alertan a los contribuyentes que tiene un cónyuge con discapacidad a cargo para que revisen el borrador, puesto que “Tenemos muchos casos en que han desaparecido esos datos personales y familiares (no sabemos la razón) y despistarse puede conllevar una pérdida de hasta 1.200 euros”, agregan.

Otro punto que se tiene que visar son las minoraciones por rendimientos del trabajo por movilidad geográfica de 2.000 euros, pues se están encontrando en los borradores de contribuyentes que ya los han disfrutado los dos ejercicios anteriores y que ya no pueden seguir aplicándolas.

Desde el Colegio piden cautela “porque, si se detecta tarde, la Agencia Tributaria tiene cuatro años para revisar esa cantidad, incrementando el importe a pagar además de cobrar los intereses de demora correspondientes”.

Desde el Colegio consideran una injusticia social que personas con escaso poder adquisitivo (y/o sus familiares) estén perdiendo unos derechos por mantener unos criterios económicos desfasados.

También recuerdan que, en ocasiones, hay deducciones que son voluntarias pero que pueden llegar a perjudicar al contribuyente. Citan el caso de una mujer (pensionista del INSS) que no tenía obligación de hacer la declaración por tener un único pagador de menos de 22.000 euros, pero a la que, por defecto, la Agencia Tributaria en el borrador le aplicaba la deducción por la hipoteca de la vivienda habitual saliéndole a pagar más de 400 euros. En su caso salía más beneficioso borrar la citada deducción, (que es voluntaria), porque de esa manera ya no tenía obligación de presentar la declaración, pudiendo ahorrar ese importe.

Es decir, aplicar por que sí deducciones a las que el contribuyente tiene derecho no siempre salen a cuenta, es mejor estudiar cada caso en particular de forma minuciosa valorando la totalidad de los datos.

Desde el Colegio también recuerdan que, “intentar subsanar una declaración una vez transcurrido el plazo de la campaña de la Renta, tiene recargos si el IRPF sale a pagar que podrían alcanzar hasta el 20% si ha transcurrido más de un año”.

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