Firmas
El papel activo de la Universidad ante el reto de la renovación del Derecho Civil
20/9/2023 06:30
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Actualizado: 20/9/2023 10:38
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El Derecho Civil, núcleo y tronco principal del Derecho Privado, parece estar perdiendo protagonismo, especialmente, en el ámbito académico.
En efecto, el Derecho Civil cuyo eje es el Derecho de la Persona debe cumplir dos objetivos esenciales si quiere seguir latiendo como la disciplina más relevante de las enseñanzas del Derecho, por una parte, debe adaptarse a las profunda metamorfosis social, económico y cultural mediante una profunda reforma del Código Civil y, por otra parte, debe capitanear la navegación de la excelencia elevando el nivel de calidad de los futuros juristas.
En el ámbito universitario, corresponde al profesorado velar por una formación integral, profunda y actual de las estudiantes, sin embargo, diversos factores, conducen a cierta cultura del raquitismo de los esquemas y de los endebles planes de estudio.
Necesitamos reconquistar la Universidad que impulsó el cambio social y la cultura del conocimiento, con el fin de avanzar en una Universidad actual y democrática alejada de servilismos y conducida por los mejores.
No se puede evaluar un libro o un artículo sin leer el libro o el artículo. Los criterios de selección del profesorado, la ausencia de pensamiento crítico o las inmovilistas estructuras universitarias deben corregirse.
El cambio y la renovación también deben predicarse de la propia disciplina del Derecho civil que debe reconquistar su posición hegemónica en la Academia. La longevidad del Código Civil es absolutamente meritoria y ha proporcionado estabilidad, seguridad y libertad.
Por otra parte, las continuas reformas han sorteado su petrificación.
REFORMAR EL CÓDIGO CIVIL
En dicho sentido, resulta incuestionable la solidez del Código Civil español, si bien, la estabilidad que ha caracterizado típicamente al ordenamiento civil y que se refleja en la vigencia en el Siglo XXI de nuestro Código Civil decimonónico (1889), no debe conducirnos al entendimiento de que el Derecho Civil sea indiferente a dichas transformaciones políticas, sociales y económicas
Como decía De Castro, “..todo Derecho vivo es siempre una tensión constante entre las resistencias de la realidad social y las aspiraciones de sus principios, y supone una labor creadora y reformadora, en constante lucha con errores modernos, viejos prejuicios y arraigados intereses egoístas”.
Un Código Civil de más de 130 años, difícilmente puede mantener su arquitectura jurídica y la labor creadora y reformadora propia de todo Derecho vivo. En consecuencia, el Código civil deberá emprender el camino de las propuestas legislativas como ya han hecho los países de nuestro entorno.
Fruto de la preocupación por el desfase del Derecho de contratos (según Díez-Picazo, la más endeble del Código Civil), el prelegislador ha presentado en julio de 2023 una revisión de la propuesta de modernización del Código civil en materia de obligaciones.
La cuestión que debe dirimir el legislador es la opción por un Código Civil nuevo (como Argentina, Portugal e Italia) o la vía de la reforma estructural seguida por Francia y Alemania que, como siempre, nos llevan ventaja.
Respecto al Derecho de consumo, en Francia, Italia y Austria existe un Código de consumo separado del CC, mientras que Alemania ha optado por integrar directivas de consumo en el BGB por la Ley de modernización en vigor desde 2002 (en la línea de integración el CC holandés).
Hablar hoy de un Código Civil nuevo, parece un reto lejano, pero el legislador, tarde o temprano, tendrá que acometer una reforma profunda que acaso aconseje la opción más transformadora. Las ideas de renovación, renacimiento, regeneración y recodificación, deben reflejar el espíritu de cambio que debe alumbrar el camino de la noble tarea de legislar.
La reforma profunda del Código Civil demanda la creación de una comisión «ex novo» integrada no exclusivamente por académicos, sino también por Magistrados, Notarios, Abogados del Estado, Catedráticos, Profesores Titulares, Fiscales, Registradores, Abogados.
Una Comisión formada por los mejores juristas, correctamente seleccionada al margen de favoritismos. Se trata de dinamizar una Comisión de codificación «ex novo» que permita el auténtico renacimiento del Derecho Civil sin lastres, moderno, actual y empleando el Derecho Europeo como guía del cambio.
En tiempos de cambio normativo, la Comisión general de Codificación no puede convertirse en una institución mermada científicamente por el predominio de las intrigas sobre la ciencia. Los criterios de selección de dicha Comisión, necesitan una revisión profunda.
Una de las claves del triunfo de las reformas, es elegir y apoyar a los mejores, excluyendo a los que no saben. En la misma línea, se sitúa la moderna legislación de protección del informante en lucha contra la corrupción y de cumplimiento normativo.
Respetando el legado científico de los grandes maestros (la mayoría ya desaparecidos), corresponde ahora trabajar en la elevada tarea de legislar a las nuevas generaciones de juristas, regidos y regidas por los parámetros de la independencia, el conocimiento y la solidez científica y ética.
El papel esencial en la labor legisladora debe ser el de la Universidad, centro neurálgico de la investigación y de la enseñanza. Por ello, para mejorar la calidad científica de las leyes, necesitamos regenerar la Universidad y alejarla de estructuras en ocasiones y, a decir de algunos, medievales, acercándola a los ideales de la libertad, la igualad y la justicia.
En definitiva, corresponde relegar a un segundo orden la política académica de los cargos y de los cambios de cromos y fomentar de la verdadera Universidad, sustentada en los pilares del estudio y la investigación.
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