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Opinión | Una visión crítica, pero constructiva, del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril

Opinión | Una visión crítica, pero constructiva, del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril
Javier Segura Zariquiey, decano del Colegio de Procuradores de Barcelona, explica lo que supone el Real Decreto para la profesión de la procura; nada bueno.
03/5/2024 06:30
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Actualizado: 02/5/2024 21:30
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El 1 de mayo, reconocido como el Día del Trabajo, adquiere un nuevo significado para la procura en 2024, con la promulgación del Real Decreto que regula los aranceles de los procuradores en España. Este día marca una transformación considerable en la política arancelaria existente hasta el momento.

Mientras el decreto tiene la intención de ajustarse a los mandatos de la Unión Europea y fomentar la competencia, su enfoque en establecer únicamente aranceles máximos, eliminando los mínimos, abre un espacio para la negociación desde cero que podría tener repercusiones preocupantes para la profesión. 

La ausencia de un arancel mínimo garantizado podría, paradójicamente, reducir el acceso a servicios legales de calidad para aquellos menos capaces de negociar o pagar tarifas más altas, contradiciendo uno de los objetivos fundamentales de la reforma, que es el acceso amplio y justo a la justicia.

Este enfoque liberalizado, aunque bienintencionado en su búsqueda de flexibilidad y adaptabilidad, ignora el riesgo de que el intrusismo de plataformas ya existentes triunfe mediante prácticas remuneratorias a la baja poco ortodoxas.

Al permitir que cada profesional negocie sus honorarios libremente, desde cero, se corre el riesgo de devaluar el valor del servicio legal, perjudicando así tanto a los profesionales como a los consumidores que podrían enfrentarse a servicios de menor calidad.

EL DECRETO DE LA TARIFA PLANA

Es crucial que los consumidores reciban el respeto que merecen de sus operadores jurídicos; adoptar una estructura de «tarifa plana» similar a la de los suministros básicos podría trivializar la relación cliente-procurador.

La procura se caracteriza por profesionalidad jurídica y por ofrecer una representación personalizada de la más alta calidad y excelencia.

El Decreto en cuestión parece fallar en su exposición de motivos, en adherirse genuinamente a los principios de buena regulación, incluyendo necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, pues todos ellos ya existían y se cumplían en el anterior Arancel, pero lo cierto es que la pérdida económica para los procuradores ronda el 90%.

La afirmación de que se ha garantizado la participación pública en el proceso legislativo merece ser examinada con escepticismo, ya que el enfoque transparente y democrático proclamado no se percibido claramente en los resultados finales ni en los mecanismos utilizados para su desarrollo y aprobación.

«La pérdida económica para los procuradores ronda el 90%»

Debe señalarse que, en la revisión tarifaria efectuada en el año 2003, no se tomó en consideración el Índice de Precios al Consumidor.

A partir de un análisis del IPC desde el año 1991 hasta la fecha presente y su comparación con el incremento aplicado a los honorarios profesionales en dicho año, se deduce que un ajuste aproximado del 90% sería adecuado para correlacionarse adecuadamente con la inflación acumulada observada durante el mencionado intervalo.

Esta proporción refleja una discrepancia significativa entre los ajustes efectivamente realizados a los honorarios y aquellos que hubieran sido necesarios para ajustarse a las tendencias inflacionarias, destacando así la imperiosa necesidad de incorporar un enfoque que contemple de manera más efectiva la inflación en futuras revisiones de las tarifas aplicables.

PRECIPITACIÓN EN LAS REFORMAS LEGISLATIVAS RECIENTES

Asimismo, desde un punto de vista compartido por muchos operadores jurídicos, las reformas legislativas recientes, parecen haberse implementado con una cierta precipitación.

A menudo, estas legislaciones han carecido de la necesaria reflexión serena que debería preceder a cualquier reforma significativa del sistema legal y profesional.

La falta de una coherencia clara entre la técnica legislativa utilizada y la participación efectiva de todos los operadores necesarios en el proceso de formulación de políticas es notable y problemática.

Siguiendo esa estela, esta reforma, aunque es un paso hacia un sistema más adaptable y competitivo en el sector de los servicios legales en España, refleja la necesidad de una revisión más cuidadosa y considerada.

«Es esencial garantizar que las regulaciones no solo respondan a los cambios, sino que también fortalezcan la integridad y la sostenibilidad del sistema judicial y legal en su conjunto»

Las críticas y los requerimientos tanto de instancias europeas como nacionales deberían ser un catalizador para futuras deliberaciones que busquen el equilibrio ideal entre flexibilidad y protección adecuada para los profesionales y los usuarios de estos servicios.

En última instancia, es esencial garantizar que las regulaciones no solo respondan a los cambios, sino que también fortalezcan la integridad y la sostenibilidad del sistema judicial y legal en su conjunto.

A mi juicio, como Decano del Colegio de Procuradores de Barcelona, concluyendo desde una mirada crítica constructiva, mientras que la dirección hacia una mayor flexibilidad y adaptación a las normas europeas es comprensible y necesaria, es crucial que tales cambios se implementen de manera que protejan la sustentabilidad y la calidad de la profesión legal.

Esto requiere una deliberación más profunda y una participación más inclusiva de todos los sectores afectados para asegurar que las reformas no solo sean técnicamente sólidas, sino que también sean equitativas y efectivas en la práctica.

La meta debe ser siempre mejorar el sistema de justicia en su conjunto, asegurando que todos los cambios contribuyan positivamente tanto a la sociedad como a la profesión.

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