El Ayuntamiento de Murcia podría ser responsable de los incendios en las discotecas sin licencia: No comprobaron si seguían abiertas
Cuando hay una orden de cese donde entra en juego la seguridad de las personas, su cumplimiento debe de ser inmediato. Foto: EP

El Ayuntamiento de Murcia podría ser responsable de los incendios en las discotecas sin licencia: No comprobaron si seguían abiertas

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03/10/2023 06:32
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Actualizado: 03/10/2023 13:04
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Los incendios de las tres discotecas de Murcia, Teatre, Golden y Fonda Milagros situadas en Las Atalayas, que provocaron la muerte de 13 personas este fin de semana van a tener consecuencias. No tenían licencia y sobre ellas había una orden de cese de actividad desde 2022, según ha confirmado el propio Ayuntamiento.

Sin embargo, según explica el abogado Antonio Benítez Ostos, socio director y fundador de Administrativando Abogados, el ayuntamiento podría ser responsable presuntamente por culpa in vigilando (culpa en la vigilancia) al no revisar si realmente esas discotecas ya habían cerrado. Y es que, cuando hay una orden de cese en materia de urbanismo donde entra en juego la seguridad de las personas, su cumplimiento y su clausura efectiva «debe de ser inmediato» y pueden incluso, intervenir las fuerzas del orden.

Ya que las competencias para la vigilancia e inspección ambiental son de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o de los ayuntamientos a través de los órganos correspondientes, según la normativa. Además, también deben encargarse de la concesión, renovación o modificación de una autorización o investigar incidentes de incumplimiento.

Responsabilidad penal

En este caso, dado el resultado fatal, el letrado comenta que es muy probable que exista una presunta responsabilidad penal dado dado que se ha continuado con la actividad pese al cese de actividad acordado mediante resolución administrativa.

Como ejemplo, pone el fatídico caso del Madrid Arena, donde la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena a 4 años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a Miguel Ángel Flores, presidente y administrador de la empresa Divierett y organizador de la fiesta de Halloween celebrada en la noche del 31 de octubre de 2012. Fallecieron cinco jóvenes de entre 17 y 20 años.

Le condenaron como responsable de cinco delitos de homicidio y catorce de lesiones por imprudencia grave, así como su inhabilitación para el ejercicio profesional de cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos durante el tiempo de la condena.

Antonio Benítez Ostos, abogado experto en derecho administrativo.

SANCIONES A LAS QUE SE ENFRENTAN LAS DISCOTECAS: HASTA 300.000 EUROS

Para conocer las sanciones administrativas a las que se pueden enfrentar los empresarios de las discotecas, hay que remontarse a la Ley 4/2009 de 14 de mayo de protección ambiental integrada. En ella se establece que se someten a licencia de actividad una serie de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter habitual o permanente entre las que se encuentran las discotecas y las salas de baile.

Esta misma norma, analiza Benítez Ostos, en su artículo 152 califica como infracción muy grave el incumplimiento de las órdenes de clausura y de suspensión de la actividad. Estas abarcarán sanciones económicas que van desde los 60.001 euros a los 300.000.

Asimismo, se considera grave la instalación, montaje, ejercicio o explotación, traslado o modificación sustancial de la actividad sin contar con la autorización ambiental autonómica o licencia de actividad, o sin realizar la declaración responsable de forma completa y con la antelación establecida. Estaría castigada con una multa de 2.001 euros a 60.000.

Por lo que en esos casos, es habitual que se inicien dos vías, la penal y la administrativa. «No obstante, esta segunda quedará en suspenso hasta que no haya un pronunciamiento judicial, ya sea absolutorio o condenatorio en sede penal».

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