No hubo vulneración del honor de Laureano Oubiña por la serie «Fariña», concluye la Justicia
Laureano Oubiña dejó atrás su pasado delictivo, como narcotraficante de hachís, cumplió las condenas que le impusieron y obtuvo su llbertad después. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

No hubo vulneración del honor de Laureano Oubiña por la serie «Fariña», concluye la Justicia

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09/3/2024 06:29
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Actualizado: 09/3/2024 08:31
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El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vilagarcía de Arousa, Pedro Adrián Gómez Pedraza, ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por Laureano Oubiña sobre vulneración del derecho al honor frente a Atresmedia, Bambú Producciones y Netflix International por la serie Fariña.

Oubiña solicitaba una indemnización, 1,5 millones de euros.

El juez, en su sentencia número 24/2024, de 31 de enero, absuelve a las codemandadas de todos los pedimentos formulados en su contra, con expresa imposición de las costas del procedimiento a la parte demandante.

Explica el juez en la sentencia que la serie Fariña realiza una “construcción narrativa a partir del panorama del narcotráfico en Galicia, particularmente en la década de los ochenta y principios de los noventa del siglo XX, abordando cómo la visión de la opinión pública fue variando hasta comprender la gravedad del problema en todos los planos de la sociedad, particularmente en el desarrollo de las generaciones más jóvenes”.

En su opinión, “no nos encontramos ante un trabajo puramente periodístico que trate de consignar hechos veraces, sino ante una producción audiovisual que lo que pretende es una elaboración artística con el fin de dotar a la trama de una coherencia interna y fomentar así el interés para el espectador”.

Fariña
Sobre estas líneas, el elenco de actores de «Fariña». En primer término, a la derecha, Javier Rey, que hace de Sito Miñanco. Detrás, Carlos Blanco, que interpreta el papel de Oubiña. Foto: Bambú.

Para el juez, “un espectador medio no espera de una serie de ficción que refleje al 100% la realidad de los hechos, ya que para ello existen otro tipo de producciones, como los documentales, con un estándar de rigor más alto a ese respecto”.

Laureano Oubiña es un exnarcotraficante gallego que ha sido representado como personaje en la serie de televisión «Fariña», cuyo protagonista principal fue José Ramón Prado Bugallo, alias «Sito Miñanco».

Fue condenado por delitos relacionados por el narcotráfico –según él solo hachis– en Galicia. En 2006 la Audiencia Nacional le impuso una pena de seis años y nueve meses de prisión, así como una multa, por su participación en un alijo de hachís del barco «Regina Maris».

En otra ocasión, Oubiña fue condenado a 4 años, 7 meses y 15 días de prisión, además de una multa de 2.226.100 euros, por actividades ilícitas. Oubiña ha enfrentado diversas sentencias por narcotráfico por lo que ha cumplido las penas que se le impusieron.

En la actualidad, Oubiña se ha reinventado como autónomo y comerciante de vinos, comercializando sus propias marcas y productos

En la serie «Fariña», al exnarcotraficante le da vida el actor Carlos Blanco.

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Carlos Blanco hace de Laureano Oubiña en la ficción televisiva. Lo representa en las décadas de los 80 y los 90, que es el periodo en el que se enmarca la serie producida por Bambú. Foto: A3TV.

Laureano Oubiña es un exnarcotraficante gallego que fue condenado en varias ocasiones por este tipo de delitos. En una de sus condenas, en 2006, la Audiencia Nacional le impuso una pena de seis años de prisión por su participación en un alijo de hachís del barco «Regina Maris»

En otra ocasión, Oubiña fue condenado a 4 años, 7 meses y 15 días de prisión, además de una multa de 2.226.100 euros, por actividades ilícitas. A lo largo de su vida, Oubiña ha enfrentado diversas sentencias por narcotráfico, por las que ha pagado y está en paz con la sociedad.

ES UN EJERCICIO DEL DERECHO A LA PRODUCCIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA

El juez Gómez Pedraza sostiene en su sentencia que “tratándose de un ejercicio del derecho a la producción y creación artística, la serie puede apartarse de la realidad de los hechos, siendo a veces necesario para articular un relato narrativo coherente, sin que ello suponga por sí mismo la vulneración de ningún derecho fundamental de los alegados por el demandante”.

La producción en su conjunto y las escenas analizadas en particular, “o bien responden a necesidades de la trama, o bien se conectan con hechos reales que resultan públicamente conocidos, muchos de los cuales han sido expuestos por el propio demandante, en entrevistas en medios de comunicación, libros e incluso en su propio documental «Desmontando Fariña», que le permitió ir explicando, públicamente y con mayor precisión que la que requería la producción artística, los hechos en los que el demandante pudo estar involucrado de un modo u otro”.

La circunstancia de que algunos de ellos sean modificados en la serie, explica el juez, sin que en ninguno de los casos se pueda hablar de una “alteración desproporcionada de la realidad”, constituye “un ámbito protegido por el derecho fundamental de producción y creación artística, que no supone una intromisión ilegítima en los derechos fundamentales del demandante”.

En conclusión, dice el fallo, “no puede afirmarse que la serie suponga un menoscabo de la consideración que la sociedad tenía del demandante como personaje público, por lo que no se entiende producida ninguna vulneración de su derecho al honor. Tampoco de su propia imagen, ni de su intimidad personal y familiar por las razones que se han expuesto previamente”.

Por todo ello, para el juez procede desestimar la pretensión del demandante consistente en declarar la vulneración de tales derechos fundamentales

La sentencia no es firme, pues contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

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