El TJUE dictamina que la identidad de género de un pasajero no es un dato importante para comprar un billete de tren
Así, si un pasajero rellena el formulario ‘on line’ para recibir un bono de viaje se excluye la opción de que pueda solicitar el reembolso del dinero, según el TJUE

El TJUE confirma que un pasajero aéreo que acepta un bono no puede reclamar después el dinero en efectivo

21 / 03 / 2024 14:09

Actualizado el 12 / 04 / 2024 13:24

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia en la que señala que los pasajeros aéreos estarían aceptando el reembolso de un billete con un bono de viaje si, al cumplimentar un formulario en la web del transportista, renuncia al reembolso a través de una suma de dinero.

El caso analizado, es el de un pasajero que reservó un vuelo entre Fortaleza (Brasil) y Fráncfort del Meno (Alemania) con escala en Lisboa (Portugal) con TAP, pero este vuelo con conexión directa fue cancelado.

En estos casos, la aerolínea ofrece a los pasajeros recibir un reembolso inmediato en forma de bono de viaje que puede solicitarse a través de un formulario en línea o, por el contrario, el reembolso del dinero, para lo que tienen que contactar con atención al cliente, quienes comprobarán lo ocurrido.

Así, si un pasajero rellena el formulario ‘on line’ para recibir un bono de viaje se excluye la opción de que pueda solicitar el reembolso del dinero.

El pasajero rellenó el formulario y recibió el bono por correo electrónico, pero dos meses más tarde cedió sus derechos a Cobult, quien solicitó a TAP que devolviera el dinero en un plazo de 14 días, a lo que la compañía se negó.

Por tanto, Cobult presentó una demanda ante los órganos jurisdiccionales alemanes.

El Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Fráncfort del Meno tuvo dudas sobre la interpretación del Reglamento pertinente y, más concretamente, sobre el concepto de «previo acuerdo firmado por el pasajero», que es necesario para poder proceder al reembolso en forma de un bono de viaje.

Y, por ello, consultó al TJUE si la exigencia de obtener un «previo acuerdo firmado por el pasajero» constituye requisito formal para finiquitar el reembolso en forma de un bono de viaje.

En este contexto, el TJUE considera que sí hubo previo acuerdo cuando el pasajero cumplimentó el formulario en la web, aceptando el bono y renunciando al reembolso en dinero.

No obstante, es imprescindible que el pasajero haya podido elegir teniendo toda la información sobre el proceso, lo que implica que el transportista aéreo haya facilitado, de manera leal, información clara y completa sobre las distintas modalidades de reembolso que estaban a disposición del pasajero.

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