Una enfermera recupera sus pagas extraordinarias en el Supremo: las CCAA no tienen competencia para modificarlas
El Tribunal Supremo apruebas las exigencias de la enfermera de cara a las pagas extraordinarias. Foto: Confilegal

Una enfermera recupera sus pagas extraordinarias en el Supremo: las CCAA no tienen competencia para modificarlas

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11/4/2024 06:30
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Actualizado: 11/4/2024 00:38
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Hasta el Tribunal Supremo ha tenido que acudir una enfermera para conseguir que le sean retribuidas sus pagas extraordinarias. Ello, a pesar de trabajar para la Sanidad pública desde 2016.

Los contratos de los profesionales de la Sanidad española se han convertido en polémica. Especialmente, tras la pandemia del Covid-19. Y es que, a pesar de su necesaria labor, muchos son los trabajadores de la Sanidad pública con contratos temporales, o no ajustados a nivel profesional.

Una cuestión que llevaba a esta enfermera madrileña ante los tribunales. En concreto, por no percibir adecuadamente sus pagas extraordinarias.

Así pues, la trabajadora prestaba servicio al Hospital Universitario de la Princesa con categoría profesional de Médico Interino Residente de Primer Año en 2016. Una relación laboral que se conformó para la formación de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.

Sin embargo, la mujer no percibió su paga extraordinaria pertinente por este servicio. Algo que confirmaba el Juzgado de lo Social nº24 de Madrid que, en su procedimiento 709/2021, daba la razón a la enfermera.

Una decisión judicial que se veía apoyada poco después por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Así pues, en su sentencia 1 de marzo de 2023, desestimaba el recurso de apelación presentado por el Servicio Madrileño de Salud.

«En las leyes presupuestarias autonómicas no se encuentra fundamento que permita autorizar nada menos que un cambio normativo en la regulación material del régimen retributivo de los residentes», explica el TSJM.

El Supremo ratifica el fallo a favor de la enfermera

«Ni siquiera la Comunidad de Madrid tendría constitucionalmente competencia para alterar el régimen retributivo (concretamente en lo relativo al modo de remunerar las pagas extraordinarias) de los residentes para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud», destaca el tribunal.

Una cuestión que ha llegado en forma de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En concreto, ante la Sala de lo Social compuesta por los magistrados Sebastián Moralo Gallego, Concepción Rosario Ureste García e Ignacio García-Perrote Escartín.

Tribunal que rechaza la sentencia de contraste planteada desde el Servicio Madrileño de Salud, reiterando así la decisión del TSJM, y su posición con respecto a la competencia autonómica.

Así pues, el alto tribunal confirma que «no se encuentra fundamento que permita autorizar un cambio normativo en la regulación material del régimen retributivo». Una situación ante la que también se inadmite el recurso de casación por falta de contradicción con la sentencia de comparación.

Finalmente, el Supremo ratifica la condena al SERMAS, que debe abonar la diferencia no abonada de la paga extraordinaria de diciembre de 2019, de 2.139 euros, y la paga de diferencia de mayo de 2020, de 1.389 euros, a la enfermera, avalada ahora por los tribunales.

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