Los cuatro fiscales del ‘procés’, Jaime Moreno, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena, el pasado marzo cuando recibidieron el premio premio a la independencia del Grupo GEES Spain. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Los fiscales del ‘procés’ trasladan al fiscal general que no ven viable amnistiar la malversación

30 / 05 / 2024 12:54

Actualizado el 04 / 06 / 2024 16:31

Los fiscales del Tribunal Supremo (TS) que participaron en el juicio del ‘procés’ han trasladado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, su opinión sobre la ley de amnistía aprobada este jueves en el Congreso: no están a favor de su aplicación en el caso de los delitos de malversación, pero entienden que sí se puede aplicar a los de desobediencia y desórdenes públicos.

Fuentes fiscales han confirmado a Europa Press que los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno han comunicado al jefe del Ministerio Público su criterio en el marco de la reunión celebrada este mismo miércoles.

Los cuatro se han mostrado también en contra de que la amnistía conlleve como primer paso el alzamiento de las medidas cautelares y órdenes de detención.

A quién afectaría el criterio de los 4 fiscales

El criterio de los cuatro fiscales del ‘procés’ afectaría al expresidente catalán Carles Puigdemont, a quien el Supremo procesó en rebeldía por un presunto delito de malversación y uno de desobediencia.

El instructor Pablo Llarena está a la espera de tomarle declaración indagatoria para poder avanzar hacia juicio. Tiene una orden de detención nacional, pero la euroorden está desactivada.

En la misma situación están los exconsejeros catalanes huidos Toni Comín y Lluís Puig, que también fueron procesados en rebeldía por delitos de malversación y desobediencia y cuentan con órdenes nacionales de detención activas.

Este criterio también afectaría al caso del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, condenado por malversación –aunque se le indultara la cárcel permanece inhabilitado–; y al de los exconsejeros catalanes Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, todos con inhabilitaciones vigentes por malversación después de que el Gobierno les indultara la pena de prisión en 2021.

Misma visión que el TS

La ley de amnistía busca exonerar actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación –cuando no haya enriquecimiento– en el marco del independentismo catalán. Los fiscales del ‘procés’ no ven viable su aplicación.

La postura de los fiscales coincide con la del Supremo, que –al revisar el caso del ‘procés’ tras la reforma del Código Penal por la que se modificó la malversación– ya revisó el concepto de ánimo de lucro e insistió en que «nunca podrá entenderse» que la actuación de los condenados estuviera «ausente» de dicho ánimo.

García Ortiz había convocado al encuentro a los cuatro fiscales del ‘procés’, a los dos fiscales jefes de sección de lo Penal del Supremo y el fiscal del Tribunal Constitucional.

Está previsto que mañana viernes se reúna con los fiscales superiores de Cataluña.

APLICACIÓN DE LA LEY

La norma fija que los tribunales tendrán que aplicar la amnistía en un plazo máximo de dos meses.

El Tribunal Supremo y los juzgados y tribunales de Cataluña son los que acumulan la mayoría de las causas relativas al proceso independentista.

En el Constitucional, por su parte, se prevé que se presenten cuestiones de inconstitucionalidad –por parte de los jueces en casos de dudas sobre la legalidad de la ley– o recursos de inconstitucionalidad –al menos de la mano del PP, que ya ha anunciado su intención de acudir a la corte de garantías–.

Sobre este extremo, fuentes jurídicas recuerdan que lo previsible es que antes de adoptar cualquier decisión los tribunales consulten a las partes del procedimiento, incluida la propia Fiscalía.

De ahí la importancia de que en el Ministerio Público se fije un criterio sobre la aplicación del texto legal.

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