El TSJ de Canarias ratifica la absolución de una mujer acusada de transmitir el VIH a su expareja
Los magistrados han considerado que no había pruebas concluyentes de que fuese la responsable del contagio de VIH.

El TSJ de Canarias ratifica la absolución de una mujer acusada de transmitir el VIH a su expareja

21 / 06 / 2024 16:08

Actualizado el 21 / 06 / 2024 16:08

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha vuelto a dar la razón a una mujer tras ser acusada de cometer un delito de lesiones contra su expareja. El hombre le acusó de haberle transmitido VIH al tener relaciones sexuales sin protección y ocultarle la enfermedad.

Los magistrados José Luis Lorenzo Bragado, Antonio Doreste Armas y Carla Bellini Domínguez han considerado en la sentencia 53/2024 de 18 de junio que no había pruebas concluyentes de que fuese la responsable del contagio.

De modo que confirma la decisión de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

En dicha sentencia se explicó que el hombre mantuvo una relación con otra persona y «nada descarta» que le hubiera podido contagiar, Ya que, el hecho de contar con un análisis negativo en mayo de 2018 -antes de iniciar la relación- «no descarta que el contagio no hubiese acaecido con anterioridad a esa fecha habida cuenta de que el virus puede tardar varias semanas en desarrollarse».

Además, faltaba un análisis filogenético que llevase a afirmar «sin ningún atisbo de dudas» que el hombre fue contagiado por su pareja.

Le detectaron el virus en 2019 después de mantener la relación con la mujer, que, según él, nunca le comunicó que era portadora del virus y justificaba los medicamentos que tenía en su casa para tratar una enfermedad renal. Pero en el juicio oral dijo que conocía de su situación desde 2014 y se la comunicó a su novio.

La Fiscalía, que se adhirió al recurso de la acusación particular y pidió la revocación de la sentencia, solicitaba una pena de nueve años de cárcel por un delito de lesiones y una indemnización de 30.000 euros.

Contra la sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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