La AN “castiga” a Interior en costas tras anular la sanción al policía Samuel Vázquez por sus tuits 
Ha anulado la sanción de 30 días de suspensión de funciones al policía Samuel Vázquez Álvarez por unos tuits publicados los días 28 y 30 de marzo de 2023.

La AN “castiga” a Interior en costas tras anular la sanción al policía Samuel Vázquez por sus tuits 

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24/6/2024 12:25
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Actualizado: 24/6/2024 13:01
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El titular del Juzgado de lo Central de lo Contencioso-Administrativo Nº2, Luis Alfredo de Diego y Díez, ha anulado la sanción de 30 días de suspensión de funciones al policía Samuel Vázquez Álvarez por unos tuits publicados los días 28 y 30 de marzo de 2023.

Además, ha impuesto al Ministerio del Interior el pago de las costas. Desde el despacho Matilla & Pastrana van a solicitar que sean 3.250 euros más IVA, es decir, unos 4.000 euros. Algo que califican de “castigo” a la Administración.

Según se explica en la sentencia 88/2024 de 21 de junio, en dichos comentarios anunciaba, por un lado, acciones penales contra el Director General de la Policía al considerar que había tocado “el pan de sus hijos”, de modo que manifestó que iba a luchar para acabar con “este sistema de cortijos y caciques”.

Y, por otro lado, decía que Fernando Grande-Marlaska había designado como directores generales a personas sin experiencia previa y con nulos conocimientos en criminología. 

Interior calificó estos comentarios de infracción grave del artículo 8.a) del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Artículo que hace referencia a “la grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos en el ejercicio de sus funciones o cuando cause descrédito notorio a la Institución Policial”. 

El policía alegó que se había vulnerado su libertad de expresión

De modo que Vázquez Álvarez, que es presidente de la Asociación Una Policía Para el Siglo XXI, decidió acudir a los tribunales.

Manifestó que se había vulnerado el principio de tipicidad, su libertad de expresión, el derecho a la tutela judicial efectiva, que se había producido una desviación de poder y que la sanción impuesta era desproporcionada. 

Pues bien, el magistrado ha explicado que no se podía decir que esos tuits se publicasen “en el ejercicio de sus funciones”. Tampoco vio “ni un ápice de crítica a la Institución Policial, sino a mandos políticos que el demandante considera que son caciques que alimentan un sistema de cortijos y protegen estructuras de poder y discursos políticos”. 

Por lo que no podía considerar que se hubiese producido desconsideración alguna. Además, para el magistrado de la Audiencia Nacional, los comentarios “revelan hechos objetivamente ciertos y comprobables, de relevante interés social en cuanto se refieren a la formación profesional y académica de autoridades políticas que dirigen, o dirigieron, los dos cuerpos nacionales de las fuerzas de seguridad del Estado. 

De modo que ha avalado que dichos tuits fuesen libertad de opinión y expresión. Se limitó a realizar un análisis crítico de unos hechos ciertos y objetivos como son que, actualmente, para ser Director General de la Policía Nacional o de la Guardia Civil, prevalecen los méritos políticos sobre los conocimientos y la experiencia en la materia en perjuicio de los intereses del conjunto de los ciudadanos.

La sentencia es firme. Desde el despacho de abogados han comentado que ha habido un acoso y derribo hacia un policía que lo único que quiere es mejorar la institución y despolitizarla. Tiene cinco sanciones más recurridas pendientes de resolución.

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