Discrimina a empleados, ‘diseña’ ayudas públicas para sus hijos, y denuncia ser víctima de acoso laboral tras ser cesado
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04/7/2024 06:30
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Actualizado: 03/7/2024 20:15
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El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en la Comunidad de Madrid, tomaba la decisión de cesar de su cargo, de libre designación, al jefe del servicio de Deportes del consistorio. Una cesión municipal que, sin embargo, ha llegado a los tribunales, donde la magistrada María Jesús Calvo Hernán ha dado la razón en sus planteamientos al Ayuntamiento.
En el acuerdo de 5 de septiembre de 2023, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes se establecía el cese de Telmo (nombre ficticio) de la Jefatura del Servicio de Deportes del consistorio. Ello, debido a la “pérdida de confianza” del concejal del área en el trabajador de libre designación.
Un cese que el consistorio, tal y como ha podido saber Confilegal, fundamentaba en tres actitudes inidóneas del empleado público.
“Inadecuado desarrollo de las funciones técnicas y de informes, que evidencian una falta de capacidad para continuar asumiendo la responsabilidad y las funciones del puesto”, destaca la sentencia. Un hecho que habría afectado “gravemente a la prestación del servicio público de deporte”.
Del mismo modo, se señalaba por parte del Ayuntamiento que el hombre habría realizado “un inadecuado ejercicio del mando del personal”. En concreto, discriminando a diversas empleadas públicas de los actos organizados por el área consistorial.
“Incumplimiento de las normas éticas y patente conflicto de intereses”, señalaba, en tercer lugar, el Consistorio. Ello, debido a la aparente aprobación de bases de convocatoria de subvenciones en 2022 que beneficiaron a familiares de primer grado del cesado.
La Justicia niega el acoso laboral del cesado
Una decisión del Ayuntamiento que el trabajador llevaba ante los tribunales, alegando acoso laboral hacia su persona desde el consistorio.
Así, el cesado aseguró no haber intervenido en la concesión de las subvenciones que beneficiaron a sus familiares, limitándose únicamente a preparar las bases. Del mismo modo, negó la existencia de quejas del personal hacia su gestión, así como que negó cualquier error en la gestión de su departamento.
Un asunto que recaía sobre el juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº22 de Madrid. Juzgado que, bajo la magistratura de María Jesús Calvo Hernán, dictaba sentencia 216/2024 fallando en contra de las pretensiones del extrabajador.
“No resulta en absoluto acreditada la situación de acoso laboral”, establece la sentencia. Algo que, para la magistrada, se une a la evidencia de que “la primera denuncia por acoso laboral se presentara el mismo día en que conoció su propuesta de cese”.
La sentencia, así, asegura que se muestra “acreditada la veracidad de los motivos ofrecidos” por el consistorio. Motivos cuya falsedad se debe “rechazar expresamente, al encontrarse los motivos debidamente documentados y contrastados en el expediente administrativo”.
Del mismo modo, confirma el juzgado “un evidente conflicto de intereses con su puesto público” de cara a la concesión de las subvenciones. Ello, debido a que “el recurrente redactó las bases reguladoras de la convocatoria, a la que concurrieron sus hijos, que además resultaron beneficiarios”.
Razonamiento por el que se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Telmo, declarando así el cese conforme a Derecho, e imponiendo unas costas procesales, por un máximo de 500 euros, al trabajador público cesado.
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