Francisco José Goyena Salgado, magistrado instructor de la causa que investiga la filtración de datos del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, ha elevado a la Sala de lo Penal del Supremo las diligencias (investigaciones realizadas hasta la fecha), por ver indicios de responsabilidad del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
El magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) se ve impedido de continuar con la instrucción al gozar el aforamiento que, por su cargo, tiene. El único órgano judicial que podría investigar a García Ortiz es el Supremo.
Es la primera vez en la historia que un órgano judicial plantea abrir una investigación a un fiscal general del Estado; es una situación inédita que podría tener serías consecuencias, en caso de prosperar, ya que una condena, por el delito de revelación de secretos, podría suponer, incluso, su inhabilitación.
Goyena Salgado refiere en su auto que llegado a este punto es necesario contrastar la versión de los dos querellados, Pilar Rodríguez Fernández, fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Madrid, y Julián Salto Torres, fiscal de Delitos Económicos de esa misma Fiscalía, con la del fiscal general del Estado.
El magistrado instructor añade que no puede asumir la declaración institucional que García Ortiz realizó el 15 de abril pasado asumiendo la responsabilidad de la orden -a Rodríguez y a Salto- de hacer públicos los datos personales de Alberto González Amador, compañero sentimental de Isabel Díaz Ayuso, en la investigación tributaria que tenía abierta, por su condición de aforado. Tal como establecen los artículos 25 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y 54.1.2º de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Francisco Javier Montero, fiscal superior de Extremadura, que representa al Ministerio Público, ha pedido el sobreseimiento de la causa al no existir «indicio alguno» del delito de revelación de secretos contra los dos fiscales querellados y el archivo final de la causa.
En otra resolución, el magistrado acuerda el sobreseimiento libre de las actuaciones respecto del querellado Julián Salto al entender que las diligencias de investigación practicadas «ponen de relieve, sin mayor duda, que su actuación en relación a la elaboración de la Nota Informativa de la Fiscalía Provincial de Madrid fue meramente instrumental».
La inhibición al Supremo se produce después de que el instructor diera traslado a las partes del escrito en el que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, asumía la responsabilidad en la difusión de la nota sobre los correos electrónicos intercambiados entre el fiscal querellado Julián Salto y la defensa de Alberto González.