Condenado consultor del ICEX por violar un pacto de confidencialidad con la empresa Granfruit Agro
La Audiencia Provincial de Valencia considera probado que David Carnicer Sospedra, consultor del ICEX, hizo uso de la información obtenida en su relación en su labor de asesoramiento a Granfruit Agro para montar después su propia empresa y competir con ella. Foto: ICEX.

Condenado consultor del ICEX por violar un pacto de confidencialidad con la empresa Granfruit Agro

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22/7/2024 06:45
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Actualizado: 22/7/2024 09:10
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La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a David Carnicer Sospedra por violar el pacto de confidencialidad que firmó en el marco del programa ICEX NEXT, durante su consultoría con la empresa Garanfruit Agro, S.L., con sede en la localidad de Algemesí, Valencia.

Y le ha sentenciado a indemnizar a esta empresa con 49.049,08 euros en concepto de lucro cesante (más los intereses de mora procesal); por las ganancias que Garanfruit Agro, S.L., dejó de percibir debido al uso indebido de su información confidencial, según reza la sentencia número 185/2024, de 4 de julio, dictada por el tribunal de la Sección Novena de dicha Audiencia Provincial, competente en asuntos de lo mercantil.

El fallo no deja en muy buena luz al ICEX.

Para los magistrados Rosa María Andrés Cuenca, presidenta, Purificación Martorell Zulueta, ponente, y Eduardo Pastor Martínez, ha quedado claro que el pacto de confidencialidad suscrito obligaba a Carnicer Sospedra a mantener en secreto toda la información obtenida durante su labor de consultoría y a no utilizarla para fines personales o económicos fuera del programa ICEX NEXT.

Este programa fue desarrollado por ICEX España Exportación e Inversiones, entidad pública empresarial que depende del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Su objetivo principal era el de ayudar a las empresas a crecer en los mercados internacionales de manera sostenible y diversificada a través del asesoramiento personalizado y de subvenciones a las compañías.

Carnicer Sospera comenzó a asesorar a Granfruit Agro, S.L. –cuya primera actividad es la elaboración de productos gourmet, como microbrotes y flores comestibles, que en 2019 amplió al cultivo de flores, semilleros, cultivos hidropónicos, frutas y hortalizas- el 21 de diciembre de 2017, cuando el ICEX le comunicó su asignación para el proyecto de internacionalización de la empresa.

El 5 de enero de 2018 emitió un informe titulado «Análisis de modelo de negocio de Garanfruit».

El 8 de febrero de ese año, Carnicer Sospedra viajó a Alemania para asistir a la Feria Fruit Logistic de Berlín. Durante ese evento, Garanfruit Agro SL, a través del programa ICEX NEXT, montó un «stand» para su promoción exterior y consecución de clientes.

Miquel Soriano, comercial autónomo de Garanfruit Agro, asistió a la feria y recogió información que, posteriormente, entregó a Carnicer para la realización de un estudio de mercado de Alemania y Francia. Durante su tiempo de relación laboral con Granfruit (entre septiembre de 2015 y marzo de 2019) se dedicó a la comercialización de sus productos.

Esta información fue utilizada para la elaboración de estudios de mercado y estrategias de internacionalización para Garanfruit Agro, en las cuales Carnicer jugó un papel consultor importante hasta el 17 de julio de 2018 en que dejó de tener relación con la mercantil.

UN AÑO Y MEDIO DESPUÉS SE MONTA SU PROPIA EMPRESA, MASSA GREENS, S.L.

Ambos, Carnicer Sospedra y Miguel Soriano, junto con Antonio Vicente Masiá Llorca, fundaron el 18 de abril de 2019 la mercantil Massa Greens, S.L., que inició sus actividades –idénticas a las de Garanfruit Agro– el 1 de mayo de 2019. Con sede en Massalaves, Valencia.

Carnicer Sospedra es el socio mayoritario, con un 50 %, el excomercial de Granfruit Agro, asumió el 25 %, y el tercer socio, el 25 % restante.

Poco tiempo después, Garanfruit Agro, contestó, a través del abogado Alberto Cantó, interponiendo una demanda contra Carnicer Sospedra y Massa Greens, S.L., que cayó en el Juzgado de lo Mercantil 4 de Valencia.

Cantó argumentó que se había producido un incumplimiento de los deberes de reserva, buena fe, y no utilización de la información para fines propios a que le obligaba el contrato suscrito con la Granfruit Agro, y una actuación desleal por aprovechamiento indebido del esfuerzo empresarial, todo ello al amparo del artículo 4.1 de la Ley de Competencia desleal. Por lo que solicitó una indemnización de 880.215,67 euros.

La primera instancia desestimó íntegramente la demanda contra Carnicer Sospedra y Massa Greens.

Sin embargo, en apelación, aunque la persona jurídica Massa Greens, S.L., ha quedado absuelta, el tribunal carga contra Carnicer Sospedra.

En su sentencia la Audiencia Provincial de Valencia llama la atención sobre el hecho de que Miquel Soriano, el excomercial autónomo de Garanfruit Agro hasta marzo de 2019, utilizó la información obtenida durante su tiempo en esa empresa para ofrecer productos similares a los clientes de esta, pero a precios más competitivos, en representación de Massa Greens.

Un hecho que fue corroborado por el testimonio de José Domingo Segura, representante de Chef Fruit Food Service, quien declaró que recibió ofertas de Soriano con productos de Massa Greens antes de noviembre de 2019. Aunque no cambió de proveedor, destacó que el producto ofrecido era el mismo pero más económico.

A pesar de no probarse la sustracción directa de clientes, el uso de información confidencial y la constitución de una empresa competidora dentro de un corto período el tribunal de apelación ha considerado que los indicios acumulados son suficientes para condenar por competencia desleal a Carnicer Sospedra y para imponerle la indemnización de 49.049,08 euros, a abonar a Garanfruit Agro.

Carnicer Sospedra, a juicio de los tres magistrados, violó los deberes de confidencialidad y buena fe adquiridos durante su consultoría con Granfruit Agro.

Se desconoce si el ICEX ha tomado alguna medida sobre el consultor en torno a este asunto.

La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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