Las denuncias falsas por agresión sexual no quedan impunes: dos mujeres tendrán que pagar 3.000 € al afectado
El titular del Juzgado de lo Penal Nº2 de Elche, Jorge Martínez Puigcerver, ha condenado a dos mujeres como autoras de un delito de denuncia falsa y otro de calumnias.

Las denuncias falsas por agresión sexual no quedan impunes: dos mujeres tendrán que pagar 3.000 € al afectado

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26/9/2024 16:42
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Actualizado: 26/9/2024 16:42
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El titular del Juzgado de lo Penal Nº2 de Elche, Jorge Martínez Puigcerver, ha condenado a dos mujeres como autoras de un delito de denuncia falsa y otro de calumnias. Tendrán que pagar una multa de 3.600 euros e indemnizar al afectado, al que acusaron de agresión sexual, con otros 3.000.

El juicio, que se celebró el 13 de septiembre de 2024, se llevó a cabo en ausencia de las acusadas y con la presencia de su letrado. El Ministerio Fiscal no formuló ninguna acusación y solicitó el archivo.

La sentencia 314/2024 de 19 de septiembre ha considerado probado que ambas, a raíz de unos problemas familiares por el uso de una vivienda, le acusaron de haberlas agredido sexualmente. Ello con el objetivo de «perjudicar el honor y la imagen pública de su cuñado».

Las dos mujeres dijeron a su tía, unos hermanos y al hijo del hombre que era un violador. El 19 de abril de 2021 le denunciaron ante la policía.

Una de ellas manifestó, a pesar de que sabía que era mentira, que le había tocado sus partes íntimas cuando tenía 14 años y que le había ofrecido dinero a cambio de mantener relaciones sexuales. La otra dijo que le había tocado el culo y el pecho sin consentimiento, así como que le había enseñado vídeos de pornografía infantil.

Auto de sobreseimiento profesional

Esta denuncia trajo como consecuencia la incoación de diligencias previas en el Juzgado de Instrucción Nº4 de Elche. Dicho procedimiento terminó con un auto de sobreseimiento provisional.

La magistrada instructora puso de manifiesto que las «tensiones familiares existentes respecto a la titularidad y uso de la vivienda familiar» coincidían con la presentación de la denuncia. Se hizo «casualmente de forma inmediata».

Además, la magistrada instructora ya apreció posibles elementos indiciarios de falsedad en las imputaciones. Consideró que el relato era «poco creíble y nada verosímil».

Este auto se hizo firme tras desestimarse el recurso de apelación en la Audiencia Provincial de Alicante. Por lo que el hombre decidió denunciar a las dos mujeres de la mano de su abogada Rafaela Escudero.

Sobre el delito de denuncia falsa

El juez, a lo largo de la sentencia, analizó el artículo 456.1.1 del Código Penal. En él se exige, para proceder por delito de denuncia falsa, una sentencia absolutoria o un auto de sobreseimiento que se afirme. No consta expresamente que ese sobreseimiento deba ser libre o provisional.

Por lo que, considerando que a día de hoy no había nuevos elementos indiciarios o una petición de nuevas diligencias para la reapertura de la causa siendo, además, firme ese auto, «no podía privarse al perjudicado de la posibilidad de accionar penalmente por los delitos de calumnia y denuncia falsa», ha señalado el titular del juzgado.

De modo que, dado que parecía que las mujeres «iban alegando hechos nuevos de forma que parecía que se le iban ocurriendo según los contaban», «se podía concluir la existencia del delito de denuncia falsa, así como el de calumnias».

Al fin y al cabo, le acusaron ante diversos familiares «con la finalidad de menoscabar» su fama por una vivienda.

La abogada del acusado, Rafaela Escudero, analiza las claves del caso

Según explica la abogada, llevar este procedimiento ha sido complicado principalmente por el estado de ansiedad, zozobra y sentimiento de frustración de su cliente. Pues se le estaba acusando de un delito muy grave y, a su vez, «estaba siendo calumniado en todo su entorno personal y familiar». Y esto último fue lo que le hizo denunciar.

Durante todo el procedimiento tuvo que lidiar con un sin fin de impedimentos. «Para empezar, por requisitos de procedibilidad, fue necesario iniciar el trámite previo de conciliación previo a la denuncia penal, conciliación que resultó sin avenencia».

Posteriormente, y a lo largo de toda la fase de instrucción, continúa Escudero, el Ministerio Fiscal no solo no acusó, sino que incluso solicitó el archivo del procedimiento.

Está muy satisfecha con la labor que ha llevado a cabo desde el despacho en este asunto. «Llevábamos todo en contra, inclusive al Ministerio Fiscal, cuya labor es la de perseguir la comisión de los delitos de los cuales tenga conocimiento».

Para la abogada, lo mejor de todo el procedimiento fue cuando le comunicaron al cliente la sentencia. «Literalmente rompió en lágrimas de la alegría. Llevábamos más de tres años de lucha».

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