La Justicia militar confirma la sanción a un cabo 1º de la guardia civil por denunciar falsamente al capitán
El guardia civil presentó en el Juzgado Togado Militar Territorial Nº 43 de Burgos una denuncia contra su capitán por la presunta comisión de un delito militar de abuso de autoridad.

La Justicia militar confirma la sanción a un cabo primero de la guardia civil por denunciar falsamente a un capitán

9 / 01 / 2024 06:35

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 2.160 euros a un cabo primero de la Guardia Civil por cometer un delito consumado de acusación y denuncia falsa contra el capitán jefe de la 1º Compañía de Santander. 

Un delito que se encuentra tipificado en el artículo 456.1.2 del Código Penal, el cual relata que, todo aquel que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad impute a una persona hechos inciertos, será castigado con la pena de multa de 12 a 24 meses, si se imputa un delito menos grave. 

Han sido 12 meses de multa a razón de 6 euros diarios, lo que da los 2.160 euros de multa (un cabo primero de la Benemérita tiene una media de salario de 2.300 euros mensuales).

Así lo han determinado los magistrados Jacobo Barja de Quiroga López (presidente), Fernando Marín Castán (ponente), Clara Martínez de Careaga, José Alberto Fernández Rodera y Ricardo Cuesta del Castillo en la sentencia 95/2023 de 20 de diciembre, que confirma la dictada por el Tribunal Militar Territorial Cuarto.

Y es que, según se desprende en la sentencia de instancia, el 11 de septiembre de 2018 el agente presentó en el Juzgado Togado Militar Territorial Nº 43 de Burgos una denuncia contra su capitán por la presunta comisión de un delito militar de abuso de autoridad de maltrato de obra.

En la denuncia el guardia civil dijo que le dio golpes en el brazo

En la denuncia explicó que el día 9 de septiembre de ese mismo año se encontraba en el puesto de la Guardia Civil de Cayón (Cantabria) a las 11:50 horas tras haber sido requerido por el sargento primero jefe del puesto para darle una notificación administrativa y entregarle un parte de confirmación de baja médica. Lugar al que acudió el capitán.

Según denunció, el capitán le agredió dándole dos fuertes golpes en el brazo y diciéndole, a corta distancia, “te recuerdo que sigues siendo Guardia Civil”, a lo que él supuestamente respondió “a la orden mi capitán”.

La denuncia fue acompañada de un parte de urgencias de la clínica Mompía de Santander en la que se hizo constar que tenía una crisis de ansiedad por una discusión con un mando y una supuesta agresión, pero sin apreciarse lesiones externas. 

El juzgado de primera instancia concluyó que había quedado acreditado que el procesado había manifestado de forma consciente y falsaria ante el juez togado de Burgos los hechos porque no se habían producido. Pues lo ocurrido fue presenciado íntegramente por un sargento 1º. 

Recurso ante el Supremo

Pero el guardia civil decidió ir al Tribunal Supremo para recurrir la condena donde expuso una batería de argumentos.

Alegó que se había vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y a no sufrir indefensión por no haberse admitido en el juicio oral algunas de las pruebas propuestas. 

Por otro lado, destacó que se había vulnerado su presunción de inocencia porque no existía en el sumario prueba de cargo alguna que acreditase que los hechos denunciados eran falsos. Comentó que los testigos tenían “un interés directo en el resultado del procedimiento” contra él. 

Sin embargo, para los magistrados, el juez de instancia valoró de forma explícita y detallada los hechos. 

Tuvo en consideración la declaración de los testigos porque, desde donde el ángulo en el que estaban situados, pudieron ver todo lo ocurrido, así como que mantuvieron la misma versión de lo ocurrido durante todo el proceso, con una declaración verosímil, consistente, creíble y sin incurrir en contradicciones, inexactitudes o vacilaciones que pudiesen generar la más mínima duda.

No vieron ninguna agresión o golpe del capitán al cabo de la guardia civil, no le tocó, por lo que confirmaron la sentencia de instancia.

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