El TS avala expulsar del cuerpo a un guardia civil condenado por tenencia y distribución pornografía infantil
El guardia civil acudió hasta el Supremo con el objetivo de que dicha sanción se declarase nula o que se cambiase por una de seis meses de suspensión de empleo y sueldo.

El TS avala expulsar del cuerpo a un guardia civil condenado por tenencia y distribución pornografía infantil

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29/12/2023 13:30
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Actualizado: 30/12/2023 08:05
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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la expulsión del cuerpo que la ministra de Defensa impuso en febrero de 2023 a un sargento de la guardia civil tras ser condenado por sentencia firme a 1 año de prisión por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil. La sanción disciplinaria se denomina separación del servicio.

El agente, que llegó a un acuerdo de conformidad en el juicio, acudió hasta el Supremo con el objetivo de que dicha sanción se declarase nula o que se cambiase por una de seis meses de suspensión de empleo y sueldo. Alegó que no había causado ningún daño a la administración ni a los ciudadanos, y la falta de proporcionalidad de la sanción.

Así lo han determinado los magistrados Jacobo Barja de Quiroga López (presidente), Clara Martínez de Careaga y García, José Alberto Fernández Rodera, Fernando Marín Castán y Ricardo Cuesta del Castillo en la sentencia 93/2023 de 15 de diciembre, que consideran que la sanción es proporcional al acto que cometió.

El agente, que residía en el cuartel de Eritaña de Sevilla, fue condenado por el Juzgado de lo Penal Nº10 de Sevilla en junio de 2022 por almacenar en una carpeta de su teléfono móvil 10 imágenes de menores en poses de carácter sexual y 7 vídeos. En algunas de ellas aparecían los niños con adultos desnudos.

Contenido que fue enviado a través de WhastsApp el chat de Facebook a una mujer con discapacidad visual del 87% a través de su teléfono, asociado con un número de la Guardia Civil.

Unos hechos cometidos por el guardia civil muy graves, dice el Supremo

Para los magistrados del Supremo, el comportamiento del guardia civil, además de chocar con los principios de los miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado, como son el absoluto respeto a la legalidad, dignidad e integridad en su actuación, lesionó la imagen de la institución que provoca una pérdida de confianza de los ciudadanos en la misma.

La Sala afirma que comparte los razonamientos de la resolución impugnada que justifican la elección de la sanción de separación del servicio, “la más grave de entre las legalmente posibles, pues es la que responde adecuadamente a un comportamiento especialmente reprobable y de gravísima indignidad, por cuanto la condena por el referido delito de tenencia y distribución de pornografía infantil pone de manifiesto un comportamiento por parte del actor de todo punto incompatible con la condición de militar».

Por otro lado, los magistrados han rechazado el argumento relacionado con que ésta era su primera sanción, que los hechos no tuvieron repercusión pública y que en 2019 recibió una felicitación por parte del director general de la Guardia Civil. Pero tal información «no puede atemperar la gravedad de su conducta».

“Como se señala en la resolución impugnada, el comportamiento del recurrente choca frontalmente con el decoro y dignidad que exigen su pertenencia a la Guardia Civil, de cuyos miembros se predica, precisamente, un plus de moralidad y eticidad que es exigible a todos los integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil”, subraya la Sala.

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