Los creadores de contenido o emprendedores digitales cuentan con la protección especial de la normativa española
|
30/9/2024 05:35
|
Actualizado: 29/9/2024 17:29
|
Cada vez son más los que se atreven a convertirse en emprendedores digitales y creadores de contenido, gracias al avance exponencial de las nuevas tecnologías. Una posibilidad que te permite trabajar desde cualquier parte del mundo. Sin embargo, no todos los países son iguales. Menos aún, cuando se trata de defender la propiedad intelectual e industrial de estos emprendedores y creadores.
Una realidad que ha sido analizada desde Talos Abogados. Y en la que, tal y como señalan estos expertos, España destaca por ser un país con grandes facilidades para estos creadores. Especialmente, gracias a una normativa que hace que no sólo sea fácil llegar a España a crear y desarrollar proyectos,
«Actualmente, España tiene una herramienta fiscal muy buena», destaca en el vídeo publicado Carla Gribaudo, asesora fiscal experta en movilidad internacional. «Es la Ley Beckham. Un régimen fiscal especial con beneficios para aquellos que vienen a España. Teletrabajadores extranjeros, emprendedores digitales, etc.».
Una normativa que no sólo contempla beneficios fiscales para estos trabajadores, sino también personales. Incluso, para aquellos que provienen de fuera e la Unión Europea. Especialmente, con la «visa nómada digital».
Un «permiso de residencia legal para trabajar en remoto en España. Y que te permite traer a tu cónyuge y a tus hijos con permiso residencia y trabajo».
Mayor protección de la obra para los emprendedores digitales
Sin embargo, tal y como destacan desde Talos Abogados, los beneficios de ser emprendedor digital en España también se basan en su normativa para los creadores.
Por ejemplo, al llegar a España desde otro país, la normativa te permitirá «aplicar la protección del país de origen. Incluso, ante los tribunales españoles». Ello, gracias al Convenio de Berna que, en resumen y tal como explican los abogados, consiste en “yo respeto lo tuyo, tú respetas lo mío”.
«Es muy importante que conozcas tus derechos antes de mudarte; cada jurisdicción tiene una normativa distinta», advierten desde el bufete. «En España, tenemos derechos morales; es decir, derechos como ser reconocido como el autor de la obra, o impedir que se hagan cambios no autorizados. Pero aquí viene lo interesante: es España, son irrenunciables e intransferibles. Algo que no sucede, por ejemplo, en EEUU.
Una realidad que provoca que, al mudarse a España, estos emprendedores digitales o creadores cuenten con «una protección más robusta como autor». Especialmente, gracias a la protección que la Ley de Propiedad Intelectual ofrece a los negocios digitales.
Noticias Relacionadas: