El TGUE avala prohibir asesoramiento jurídico al Gobierno de Rusia y a sus entidades
El TGUE ha añadido que el asesoramiento jurídico prestado a personas físicas, en particular, queda fuera del ámbito de aplicación de la prohibición.

El TGUE avala prohibir asesoramiento jurídico al Gobierno de Rusia y a sus entidades

2 / 10 / 2024 11:45

Actualizado el 02 / 10 / 2024 11:45

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha avalado la prohibición de prestar servicios de asesoramiento jurídico al Gobierno ruso, así como a sus entidades en el marco de unas sanciones impuestas por la Unión Europea contra Moscú por haber invadido Ucrania.

Este tribunal, con sede en Luxemburgo, ha recordado la importancia del derecho fundamental de toda persona a hacerse aconsejar por un abogado. Pero declara que la prohibición controvertida no vulnera este derecho.

Y es que, en 2022, como respuesta a la intensificación de la agresión contra Ucrania, el Consejo de la Unión Europea tomó una serie de medidas restrictivas para presionar a Rusia con el objetivo de que pusiese fin a la guerra. Entre esas medidas, estaba esta prohibición.

Varios colegios de abogados recurrieron la prohibición al TGUE

De modo que varios colegios de abogados, como el Nederlandse Orde van Advocaten bij de Balie de Bruselas y a Ordre des avocats à la cour de Paris presentaron ante el TGUE un recurso con el objetivo de anular esta prohibición. Consideraban que no estaba motivada y que vulneraba los derechos fundamentales que garantizan el acceso al asesoramiento jurídico por parte de un abogado.

También valores del Estado de Derecho y que violaba los principios de proporcionalidad y de seguridad jurídica. Pero los recursos han sido desestimados.

Ha precisado que no afecta a los servicios de asesoramiento jurídico prestados en relación con un procedimiento judicial, administrativo o arbitral y que solo se aplica al asesoramiento jurídico que no tiene relación con un procedimiento judicial.

El Tribunal General ha añadido que el asesoramiento jurídico prestado a personas físicas, en particular, queda fuera del ámbito de aplicación de la prohibición. En definitiva, la prohibición persigue efectivamente objetivos de interés general, sin afectar a la propia esencia de la misión fundamental de los abogados en una sociedad democrática.

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