La normalidad debe ser la tónica en todos los partidos judiciales de la provincia de Valencia, a excepción de Catarroja, Torrent y Requena. Sobre estas líneas, la Ciudad de la Justicia de Valencia que no se ha visto afectada por la DANA del pasado 29 de octubre. Normalidad por encima de todo. Foto: Confilegal.

El CGPJ aclara: la suspensión de plazos procesales es para toda la provincia de Valencia; la suspensión de actividades solo en Catarroja, Torrent y Requena

10 / 11 / 2024 21:48

Actualizado el 10 / 11 / 2024 22:33

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aclarado hoy, a través de un acuerdo, que la suspensión de todos los plazos procesales, entre mañana 11 de noviembre, hasta el 17, es aplicable a todos los órganos judiciales de la provincia de Valencia.

Sin embargo, la suspensión de la actividad judicial ordinaria, durante ese mismo periodo, solo es aplicable a los partidos judiciales de Catarroja, Torrent y Requena.

Por lo tanto, todos los señalamientos previstos entre esas fechas en todos los partidos judiciales que no sean los tres mencionados tienen que seguir el curso previsto. La normalidad debe ser la tónica.

La Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces ha tomado esta decisión en respuesta a un escrito que la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha remitido hoy a las 15.54.

En el mismo, el TSJCV solicitó que el CGPJ aclarara la confusión que se había formado a consecuencia de su último acuerdo, tomado el pasado viernes, en el que establecía la «prórroga» de la suspensión de la actividad judicial ordinaria en toda la provincia de Valencia.

Todos los señalamientos previstos entre esas fechas en todos los partidos judiciales que no sean los de Catarroja, Torrent y Requena tienen que seguir el curso previsto. La normalidad debe ser la tónica.

Una inconsistencia ya que jamás existió dicha suspensión en todos los partidos judiciales de la provincia. Lo que ha provocado un gran desconcierto entre los abogados que tienen señalamientos de vistas en los partidos judiciales que no son Catarroja, Torrent y Requena.

«Dónde dice: ‘ 1.- Prorrogar la suspensión de la actividad judicial ordinaria, a partir del 11 de noviembre de 2024 y hasta el 17 de noviembre de 2024 en los órganos judiciales de Valencia’, ¿Debería entenderse prorrogada la suspensión de la actividad judicial ordinaria, a partir del 11 de noviembre de 2024 y hasta el 17 de noviembre de 2024, únicamente, en los órganos judiciales de Catarroja, Torrent y Requena?», era la pregunta que ha dirigido el TSJCV al CGPJ.

«Con ello quedarían disipadas las dudas planteadas por algunos operadores jurídicos, en el sentido de que la suspensión de la actividad judicial ordinaria no se refiere a todos los órganos judiciales de la Provincia de Valencia, puesto que, en ningún momento ha estado vigente para toda la provincia, sino exclusivamente, ab initio, para los severamente afectados (Catarroja, Torrent y Requena)», añade el TSJCV en el acuerdo-misiva al Consejo.

El órgano de gobierno de los jueces ha contestado: «Acuerdo: Tomar conocimiento del acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, del día de la fecha, y con relación a lo interesado se precisa que por Acuerdo de la Comisión Permanente de fecha 8 de noviembre de 2024, se acordó la suspensión de la actividad judicial ordinaria a partir del 11 de noviembre de 2024 y hasta el 17 de noviembre de 2024, en relación únicamente a los partidos judiciales de Catarroja, Torrent y Requena; así como la suspensión de todos los plazos procesales, para el mismo período de tiempo, para todos los órganos judiciales de la provincia de Valencia».

La petición de prorrogar la suspensión de todos los plazos procesales entre el 11 y el 17 de noviembre para toda la provincia de Valencia fue realizada al TSJCV por el Consejo General de la Abogacía Española.

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