Carlos Rivadulla (ECIJA): «La IA ha sido la protagonista de 2024 en todos los ámbitos; la revolución no ha hecho más que empezar»
Carlos Rivadulla, mánager del área de TMT de ECIJA Madrid. Foto: Confilegal

Carlos Rivadulla (ECIJA): «La IA ha sido la protagonista de 2024 en todos los ámbitos; la revolución no ha hecho más que empezar»

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23/12/2024 05:40
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Actualizado: 22/12/2024 19:42
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La Inteligencia Artificial (IA) se ha convertido en el motor de transformación más disruptivo de nuestro tiempo. Su capacidad para procesar grandes volúmenes de datos, aprender de ellos y tomar decisiones automatizadas está redefiniendo la forma en que trabajamos, nos comunicamos y resolvemos problemas complejos.

Sin embargo, su avance también plantea desafíos significativos en términos de ética, privacidad y derechos fundamentales, exigiendo un enfoque regulador equilibrado que permita maximizar sus beneficios mientras se mitigan los riesgos asociados.

Y es que, cada año que pasa, la IA se consolida cada vez más como una herramienta esencial. Tanto, que incluso no sólo se está llegando a usar para agilizar el trabajo del día a día, sino que en estas fechas también viene muy bien para pedirle ideas de regalos para nuestros seres queridos y encargarlos a los Reyes Magos.

Para Carlos Rivadulla, mánager del área de TMT de ECIJA Madrid, «la IA ha sido la indiscutible protagonista del 2024 en todos los ámbitos». Pues ha impactado no sólo en el terreno tecnológico, sino también en el económico, social y en el jurídico. Por lo que, desde su punto de vista, esta revolución no ha hecho más que empezar.

El Reglamento 2024/1689 sobre IA

Califica de «gran hito jurídico del año» la aprobación y entrada en vigor del Reglamento 2024/1689 sobre IA. «Por primera vez, una tecnología y sus casos de uso se regulaban, de forma integral, en un territorio y mercado de la importancia de la Unión Europea. El debate previo se había cerrado. Pero se abrían otros».

Tal y como concreta, se ha abordado, por primera vez de manera integral, no sólo la definición jurídica de la IA y se ha acotado su uso, sino que también se ha establecido la prohibición de determinadas prácticas y usos «por representar riesgos inaceptables de vulneración de derechos fundamentales».

Por otro lado, Rivadulla señala que para sectores que usen la IA como, por ejemplo, el de recursos humanos, servicios esenciales o educación, se exigirá a todos los operadores de la cadena de valor de la IA cumplir con ciertos requisitos y obligaciones. «Dichos usos, potencialmente, y mal desplegados, podrían suponer un altor riesgo de vulneración de los derechos fundamentales».

Así las cosas, considera que 2025 seguirá la senda del año anterior «y traerá consigo su elenco de retos» donde «el despliegue de la IA en las empresas y en nuestra economía exigirá a las organizaciones implementar una gestión y regulación interna responsable, compleja y detallada para cumplir con las obligaciones del Reglamento».

Fecha clave, 2 de febrero de 2025

Además, el mánager del área de TMT de ECIJA Madrid ve clave, como fecha, el 2 de febrero de 2025. Pues a partir de entonces, se aplicará el Reglamento con respecto a las prácticas prohibidas. «La infracción puede llevar consigo considerables sanciones. Todo gran poder -como el de la IA- conlleva una gran responsabilidad».

Otra época importante será primavera. Estación del año en la que se espera el Código de Buenas Prácticas elaborado por la Oficina de IA de la UE.

Un Código que será clave porque, tal y como aclara, deberá pacificar la problemática entre la IA y derechos de autor, por lo que tendrá que regular los criterios de aplicación para los Modelos de IA de Uso General con respecto a la propiedad intelectual. «El respeto a los derechos de autor no puede encontrar un atajo en la IA, tanto en la parte de inputs como de outputs. Los titulares deberán ser respetados y recompensados», resalta.

Por último, también comenta que 2025 traerá consigo la aplicación del Reglamento DORA para el sector financiero, así como «la esperada» transposición de la Directiva NIS 2, «que exige mayor grado de resiliencia cibernética a empresas que operen en sectores esenciales. Estas normas reflejan un entendimiento claro de que la ciberseguridad es un pilar fundamental en nuestra sociedad».

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