El magistrado instructor del Supremo no considera pertinente dejar en manos de un juez extranjero la decisión de acceder a esos contenidos, como pretendía García Ortiz. Google y WhatsApp, con base en Irlanda, tendrán que responder al requirimiento del juez español. Foto: EP.

Google y WhatsApp deben responder al juez Hurtado sobre las cuentas del fiscal general, que ve rechazada su petición

24 / 02 / 2025 14:11

Actualizado el 24 / 02 / 2025 14:11

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El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado las peticiones que hizo el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en relación con las comisiones rogatorias enviadas a Irlanda para obtener información de Google y WhatsApp en aras a intentar recuperar el contenido eliminado de sus dispositivos electrónicos, indicando que acceder a lo solicitado por el jefe del Ministerio Público supondría trasladar la decisión a un «juez extranjero».

En un auto el magistrado Luis Ángel Hurtado responde a un escrito presentado por la defensa de García Ortiz, donde pedía que se informara a Eurojust, para que a su vez lo hiciera a las autoridades irlandesas, de que las comisiones rogatorias estaban recurridas, así como los argumentos por los que se había opuesto.

Hurtado lo rechaza esgrimiendo que «operar como pretende la representación del investigado es dejar en manos de un juez extranjero, que haga valoración de un material, que tendría que pasar por los criterios sujetos a su propia normativa, y, además, en función de las alegaciones de un sola de las partes, con vulneración del principio de contradicción, y esto supondría trasladarle a aquél una cuestión que (…) debe sustanciarse por los tribunales españoles».

COMISIÓN ROGATORIA

En este sentido, recuerda que la comisión rogatoria es un instrumento «de colaboración entre autoridades judiciales de distintos estados para la realización de determinadas diligencias judiciales que acuerda el juez de uno de ellos para su ejecución en otro, donde se encuentran elementos que precisa para su propia investigación el primero, que es quien ha de tomar la decisión que corresponda».

El instructor señala además que la «genérica invocación» que hace García Ortiz «a su derecho de defensa» para sostener tales peticiones es «insuficiente, ya que, de acceder a lo que se pide en los términos que se pide, al margen de trasladar el debate sobre la instrucción de la causa fuera de las presentes actuaciones, además, a un tribunal extranjero, sería en los limitados términos que lo plantea una sola parte, con lo de merma que, para el derecho a la tutela judicial efectiva de otras partes, podría suponer».

Hurtado pidió a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que intentara recuperar el contenido del WhatsApp de García Ortiz, cuyos mensajes borró hasta dos veces el mismo día que le encausó el TS, el pasado 16 de octubre, de acuerdo con la propia UCO; así como el de su cuenta personal de correo electrónico, que también eliminó, en este caso entre el 27 y 28 de diciembre, según reveló él mismo.

En consecuencia, cursó comisión rogatoria a los proveedores de servicios WhatsApp y Google para que aporten cuantos datos obren en su poder respecto de García Ortiz.

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