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Opinión | Correr más o correr mejor: el reto de transformar la Justicia sin colapsarla
Javier Jordán de Urries Sagarna, presidente de CSIF Justicia, explica la visión de su sindicato sobre las lagunas en la implementación de la Ley 1/2025. Foto: Confilegal.
07/3/2025 05:40
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Actualizado: 07/3/2025 08:33
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Circula en internet un video de Xabi Alonso, actual entrenador del Bayern Leverkusen y excelente jugador internacional de la Real Sociedad, Liverpool, Bayern München y Real Madrid, en el que expresa esta idea para explicar que, el hecho de jugar bien o jugar mal, no depende tanto de correr más, como de correr mejor.
Algo parecido podríamos decir de la Administración de Justicia y su transformación. La Ley Orgánica de medidas para la eficiencia del servicio público de Justicia, publicada en el BOE el 2 de enero de este año, impulsada por el Ministerio nos metió a todos, de golpe y sin opción a quedarse en tierra, en un avión con destino 31 de diciembre de 2025.
Un vuelo supersónico que, como un signo más de estos tiempos de inmediatez irreflexiva, pretende cambiar por completo la organización de la Justicia en un año.
Se suele decir, no sin razón, que, en esta ocasión, no se podía volver a repetir la experiencia de la denominada nueva oficina judicial que, después de 20 años desde su introducción en la LOPJ, no se ha implantado ni en el 10% de los partidos judiciales de nuestro país.
No obstante, como diría Aristóteles “la virtud es una disposición voluntaria adquirida, que consiste en un término medio entre dos extremos malos, el uno por exceso y el otro por defecto”
No, no estoy proponiendo que el marco temporal debería haberse fijado en 10 años. De hecho, cuando estuvimos negociando el contenido de la ley de eficiencia, pedimos al Ministerio que la implantación de esta nueva organización se hiciera en dos o, mejor aún, tres años desde la fecha de aprobación de la ley.
No nos hicieron caso.
En aquel momento, el avión se estaba ya dirigiendo hacia la pista de despegue, con todos nosotros en sus asientos, mientras discurría por las pistas auxiliares de la tramitación parlamentaria.
Nuestra responsabilidad nos imponía sentarnos a negociar. De hecho, no se hubiera entendido que, después de reclamarlo en la calle, no nos hubiéramos sentando a negociar cuando se nos convocó.
Pero sobre todo había que negociar por si, un día, en un Parlamento tan volátil como el actual, el piloto conseguía la autorización para despegar. Así, aseguramos una serie de garantías en las condiciones laborales del personal de Justicia empezando por la obligatoriedad de negociación previa de las relaciones de puestos de trabajo con un mínimo de sosiego, sin prisa, pero sin pausa.
NECESIDAD DE UNA ESCALA TÉCNICA
En estos momentos, tras algunas reuniones de la mesa de negociación sobre este instrumento de ordenación del personal y definición de sus condiciones laborales, con el avión en pleno vuelo, podemos reafirmarnos en la necesidad de que se haga una escala técnica para pensar un momento, ampliar los plazos de implantación y procurar que el aterrizaje sea lo más ordenado, coherente y suave posible.
Es decir, hay que correr mejor situar bien a todos los elementos y factores que concurren en este proyecto y no correr más.
Veamos las razones que me llevan a esta conclusión:
Primero.- La oficina judicial tal y como está planteada solo puede funcionar con el expediente judicial electrónico plenamente en funcionamiento y esto no es una realidad en varias Comunidades Autónomas.
Se podría decir que” cada palo aguante su vela” si no fuera porque estamos hablando del derecho de acceso a la justicia en condiciones de igualdad de todos los españoles con independencia de donde vivan o el de tutela judicial efectiva entre otros.
Segundo.- La oficina judicial tal y como está planteada no pasa de ser un reparto de la ya precaria situación en materia de medios personales de los Juzgados actuales sin que el Ministerio se plantee la necesidad de reforzar plantillas en algunas sedes con carencias alarmantes y enormes desequilibrios con situaciones parecidas de carga de trabajo y población, desde hace demasiados años.
Que el nuevo modelo aspire a racionalizar la gestión de recursos humanos no puede ocultar, salvo que alguien se quiera engañar o nos pretenda engañar a todos, que la Administración de Justicia necesita más medios personales.
NO HAY EFECTIVOS
Con el nuevo modelo no es necesario crear un juzgado entero con nueve, diez o los efectivos que sean, pero con el nuevo modelo muchos servicios no se crean, aun siendo necesarios, porque no hay efectivos y no hay voluntad de incrementar la plantilla en 3 o 4 efectivos.
Y no sólo eso, sino que el Ministerio está dispuesto a obviar la valoración individualizada de puestos de trabajo que por sus especiales circunstancias de penosidad, dedicación o responsabilidad deberían tener un reconocimiento retributivo mayor que los puestos denominados genéricos.
Si no se reconocen estas realidades se está dando la espalda al personal de Justicia al que se desprecia y se está creando una administración de Justicia, todavía más ineficiente.
La oficina tiene que estar diseñada y dotada para dar el servicio adecuado a la ciudadanía. Su diseño no puede estar condicionado por la falta de personal porque así no se arregla nada.
Al menos la LOPJ, antes de la reforma, en relación con el modelo NOJ, exigía que las unidades de apoyo directo y los servicios comunes debían estar suficientemente dotados y estructurados. Ahora, ni eso.
CAMBIOS CONTINUOS
Tercero.- El proceso de negociación de la oficina judicial en el ámbito del Ministerio se está llevando a cabo como si el avión en el que vamos se estuviera reconstruyendo en pleno vuelo.
Las reuniones de la mesa de negociación son un auténtico caos por los cambios continuos en la propuesta inicial del Ministerio.
Esos cambios no obedecen a una voluntad de acercar posturas con los sindicatos que es uno de los objetivos de la negociación sino para proponer cambios sustanciales que reformulan su propia propuesta y que obligan a replantear toda la negociación a propuesta de informes que siguen llegando al Ministerio e incluso de opiniones particulares.
A las reuniones no asiste ningún responsable de la oficina de implantación cuyo responsable ha sido sustituido hace unas semanas, en pleno proceso de implantación de la oficina, sin mayor explicación.
Por otro lado, se mezcla la negociación de la normativa de desarrollo que debe servir de marco para la negociación de las relaciones de puestos de trabajo con la propia negociación de este instrumento de ordenación del personal en una especie de “totum revolutum” del que puede salir cualquier cosa.
El Ministerio apenas responde de manera razonada a las reivindicaciones sindicales sin que exista capacidad de compromiso por parte de quienes se sientan en la mesa por parte de la Administración ni siquiera para trasladar a la normativa marco propuestas sindicales ya pactadas y que son consecuencia directa del propio modelo que pretenden imponer.
Finalmente, el Ministerio acuerda y aprueba resoluciones y otros instrumentos normativos que regulan materias de obligada negociación colectiva previa lo que nos va a obligar a judicializar la implantación de las oficinas si no media rectificación.
NEGOCIACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO
Cuarto.- En las Comunidades Autónomas apenas se ha iniciado la negociación de las relaciones de puestos de trabajo. Salvo en algunos casos, en los que se ha hecho público un esbozo de oficina, en la mayoría de los casos no hay noticia alguna.
La negociación de las relaciones de puestos de trabajo está en la LOPJ y es una obligación que se verifique con carácter previo a la implantación de la oficina de los Tribunales de Instancia. El Tribunal Supremo establece que esa negociación debe ser real y efectiva. Es decir, no basta con convocar una reunión y ya está.
Además, el Tribunal Supremo establece la obligación de valorar individualmente los puestos de trabajo y eso se hace en la mesa de negociación.
Nos opondremos a cualquier intento de imposición de unas relaciones de puestos de trabajo sin negociación en los términos establecidos por el Tribunal Supremo.
Quinto.- La oficina judicial, tal y como está planteada la realidad de la existencia de jurisdicciones distintas y especialidades diferentes, y crecientes en número en los últimos años, dentro de cada una de ellas con procedimientos distintos que exigen una determinada especialización del personal de los órganos judiciales.
A alguien se le ha ocurrido que un funcionario/a que lleva 20 años tramitando procedimientos ordinarios en civil; de repente, “por necesidades del servicio” se le encomiende tramitar, ordinarios penales y, luego, ordinarios contenciosos-administrativos.
Nada más lejos de la eficiencia. Se llaman igual, pero son procedimientos distintos, con actuaciones y plazos diferentes. Y ello por no hablar de las peculiaridades de los procedimientos mercantiles, de menores, de familia o la especialización obligatoria que establece el Pacto de Estado, en materia de violencia sobre la mujer y más cuando se pretende ampliar su competencia a otros tipos delictivos.
No hay nada más contradictorio que crear una especialidad para que en determinadas circunstancias la víctima sea atendida por un juzgado de instrucción no especializado porque el Ministerio se niega a reconocer la necesidad de generalizar el reconocimiento de la disponibilidad del personal especializado en violencia sobre la mujer a través de un turno de guardia.
En este sentido, es cierto que la ejecución es mucho más homogénea y más fácil de agrupar en un servicio común, pero ni siquiera se apuesta por ello por falta de medios como he dicho antes.
EL ELEFANTE EN LA HABITACIÓN
Sexto.- La oficina judicial, tal y como se está planteando, obvia la existencia del “elefante en la habitación” que no es otro que la necesidad de adaptar la estructura, los perfiles profesionales, acceso y funciones de los cuerpos de la Administración de Justicia a una Justicia digital, la necesidad de clarificar funciones y de hacer legal lo que es real en las oficinas judiciales en relación con las funciones, sin subterfugios y con naturalidad, de forma abierta y negociada reconociendo laboral y retributivamente el trabajo que efectivamente se presta.
Séptimo.- La oficina judicial, tal y como se está planteando, deja grandes incógnitas sobre cómo se va a organizar el trabajo interno en las oficinas que se deja en manos de unos protocolos que están por hacer en cada provincia en el más absoluto de los secretos.
Cuando, curiosamente un objetivo de la oficina es uniformizar, homogeneizar, el funcionamiento de las oficinas judiciales y los protocolos que organizan ese funcionamiento se territorializan.
Si a estos se añade que el Ministerio renuncia a ejercer su competencia armonizadora de la Administración de Justicia derivada del artículo 149.5 de la Constitución lo que tenemos son unos reinos de taifas judiciales. Para este viaje no hacían falta estas alforjas.
Octavo.- La implantación de la oficina judicial necesita personal suficiente en los órganos de gestión de personal de las Comunidades Autónomas y del propio Ministerio de Justicia. En la actualidad, es común a todas las administraciones la existencia de decenas de puestos vacantes sin cubrir llegando a cifras ridículas de número de efectivos activos en algunos casos y un porcentaje de vacantes que supera el 60% en algunos casos.
El personal destinado en estos centros de gestión tiene que resolver los asuntos ordinarios de la Administración de Justicia, entre ellos gestionar más de 7 procesos selectivos, 3 concursos de traslados y un proceso de selección y, además, la compleja implantación de la oficina.
NO HAY PRESUPUESTOS APROBADOS
Noveno.- En último lugar, y por ello, el más importante, Para correr mejor y no correr más, para ajustar todo lo anterior se necesita tiempo… y también presupuestos.
Porque no deja de ser un grave problema, un enorme obstáculo, que este proceso se pretenda abordar sin presupuestos aprobados. Más allá de los fondos europeos de carácter puntual, la inversión en Justicia debe responder a una planificación que asegure su viabilidad y eficiencia en el tiempo y, para ello, hace falta unos presupuestos. Como dicen en mi tierra “con perricas, chufletes”.
En realidad, estamos en el segundo año consecutivo sin presupuestos lo que significa que los Ministerios están gastando de lo que no tienen y tienen muy limitada su capacidad de inversión. Si alguien piensa que un proceso de transformación como este se puede hacer a coste “cero” sin que se resienta la calidad del servicio está muy equivocado.
Nuestro avión sigue en vuelo, pero corre el riesgo de estrellarse si se fuerzan sus capacidades y se sobrepasan sus limitaciones. Esto no va sólo de voluntad política o personal, sino de medios. Alguien podría decir que cualquier incidencia e incluso una catástrofe sería una buena noticia, pero se equivoca.
No queremos que el avión se estrelle porque en él va todo el personal de Justicia y las esperanzas de unos ciudadanos que exigen que la Justicia, la administración, funcione mejor.
El 8 de enero de 2025 ratificamos con el Ministerio un preacuerdo alcanzado en julio de 2024 cuando la ley era un proyecto de ley orgánica en tramitación. En ese acuerdo se establecieron una serie de garantías para el personal de Justicia y se comprometió la negociación de una serie de mejoras laborales ligadas a este proceso de transformación.
Como siempre hemos defendido, la transformación de la Justicia no se puede abordar únicamente desde el derecho autoorganización de la Administración y desde la perspectiva del cambio y la adaptación que siempre son complicados, sino también desde el punto de vista de la participación e implicación en ese cambio organizativo del personal de Justicia y de las oportunidades laborales, de promoción profesional y retributivas que deben hacerse realidad para todos ellos.
Todas estas cuestiones, las que he mencionado en este artículo, necesitan planificación, compromisos, tiempo, presupuestos y consenso político de los dos partidos mayoritarios, que tampoco lo ha habido, si se pretende que sea un éxito.
Al principio de este proceso se nos insistió por parte del Ministerio en que, querían una implantación tranquila de los Tribunales de Instancia. No obstante, lo único que está generando son dudas, escepticismo y un creciente rechazo en el personal de Justicia.
Ayer se anunciaba la inminente publicación de las órdenes de creación de las oficinas de la primera fase cuando todavía no se ha dado por terminada la negociación. Más allá de la falta de respeto evidente al derecho fundamental de negociación colectiva, la realidad es que se fía todo a correr más y no a correr mejor. Como alguien me ha comentado estos días, que cambiemos un nombre en una placa no va a cambiar la realidad.
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