La Corte de Casación belga, sobre estas líneas, confirma la decisión del Juzgado de Primera Instancia Francófono de Bruselas. Foto: La Corte de Casación belga, sobre estas líneas, confirma la decisión del Juzgado de Primera Instancia Francófono de Bruselas. Foto: Hof van Cassatie.

El Supremo belga desestima la demanda de Puigdemont y 4 más contra el magistrado de la causa del «procés», Pablo Llarena

23 / 04 / 2025 13:45

Actualizado el 23 / 04 / 2025 13:45

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La Corte de Casación belga finalmente ha desestimado el recurso interpuesto por el expresidente de la autonomía catalana, el prófugo Carles Puigdemont, y los exconsejeros Clara Ponsatí, Toni Comín, Lluis Puig y Meritxel Serret, con lo que se confirma la decisión del Juzgado de Primera Instancia Francófono de Bruselas de rechazar la demanda civil que los líderes separatistas registraron contra Pablo Llarena, magistrado instructor de la causa del «procés» en el Tribunal Supremo.

El recurso buscaba revocar la decisión adoptada el 27 de marzo de 2020 por el tribunal de primera instancia francófono de Bruselas, por la cual la sede judicial se declaró «no competente» para conocer la demanda civil contra Llarena, al que Puigdemont y sus ex consejeros acusaban de falta de imparcialidad, reclamando que fuera condenado a indemnizarles de forma simbólica con un euro.

Los demandantes alegaban que Llarena no había sido imparcial en las decisiones adoptadas en el marco de la instrucción del ‘procés’, señalando en concreto unas declaraciones públicas del magistrado del Supremo en las que negó que les investigara por «delitos políticos».

En su día, la Justicia belga resolvió que las declaraciones de Llarena que sustentaban la demanda fueron realizadas en su condición de juez y, por tanto, «están amparadas por la inmunidad de jurisdicción».

Tampoco estimó la petición del equipo legal de los políticos independentistas de remitir una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para aclarar si la inmunidad de Estado «es conforme con el orden jurídico especial y autónomo europeo».

La Corte de Casación confirma la decisión del tribunal de primera instancia y condena en costas a los demandantes en la cantidad de 4.202,95 céntimos.

Imagen de recurso de la Corte de Casación belga.

DEMANDA POR UN EURO

El caso se remonta a junio de 2018, cuando Puigdemont y los ‘exconsellers’ denunciaron ante los tribunales belgas que la instrucción llevada a cabo por Llarena supuso una vulneración flagrante de su presunción de inocencia y de la libertad de acción política y pidieron una compensación de un euro simbólico.

Ya en marzo del año siguiente, la defensa de los políticos independentistas amplió la demanda para incluir al Reino de España, un movimiento con el que aspiraban a impulsar que el caso llegara al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En las vistas preliminares del caso, la defensa de Llarena, articulada por el abogado Hakim Boularbah, socio de la firma Liedekerke Wolters Waelbroeck Kirkpatrick, cuestionó la jurisdicción de las Cortes y Tribunales belgas y solicitó además que España pudiera personarse en la causa, una petición que prosperó y que los abogados de Puigdemont, representados por el letrado chileno Gonzalo Boye, interpretaron como una oportunidad para demandar también al Reino de España e invocar el derecho europeo.

Los demandantes acusaban también al Reino de España de cometer «violaciones sistémicas» del derecho europeo contra la «minoría catalana, sus movimientos políticos que buscan la independencia regional y sus representantes, en violación de los principios que residen en el Estado de derecho».

También cuestionaban la inmunidad de jurisdicción que alegaba España para pedir que el fondo de este caso no fuera examinado en los tribunales belgas y sostenían que se habían violado varias directivas europeas que afectaban a los procesos penales, además de a los derechos fundamentales de los líderes independentistas.

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