“El reglamento de reutilización que tenemos pendiente de desarrollar ya no será solo un acuerdo entre el Poder Judicial y las editoriales. Ahora hay que considerar también a toda la ciudadanía, medios de comunicación, juristas independientes, investigadores y desarrolladores que tienen derecho a acceder gratuitamente a esa información pública”, señalan fuentes del CGPJ. Foto: Confilegal.
Un Reglamento marcará el futuro del acceso a las sentencias y el papel de las editoriales jurídicas
|
24/4/2025 05:35
|
Actualizado: 23/4/2025 21:36
|
El acceso a las sentencias judiciales y su posterior reutilización es un derecho que, aunque amparado por normas nacionales y europeas, sigue necesitando una regulación específica que establezca con claridad los límites, condiciones y usos admisibles.
En este contexto, la elaboración de un reglamento sobre el acceso y reutilización de resoluciones judiciales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se ha convertido en una necesidad urgente con profundas implicaciones para el ecosistema jurídico español.
Un cambio de paradigma
Hasta ahora, la relación entre el Poder Judicial y las editoriales jurídicas giraba en torno a una lógica de cesión limitada de contenidos para su explotación comercial.
Sin embargo, el nuevo reglamento debe asumir un marco completamente distinto: el de la Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público, que establece la obligación de abrir al público la información generada por las administraciones, incluida la justicia, siempre que se respeten los derechos fundamentales, como la protección de datos.
Este nuevo enfoque ya no distingue entre usos comerciales y no comerciales, sino que se centra en el principio de acceso equitativo y no discriminatorio a la información judicial.
En este sentido, las sentencias deben considerarse un bien público que debe estar al alcance de toda la ciudadanía, incluidos medios, investigadores, desarrolladores y juristas independientes.
“El reglamento de reutilización que tenemos pendiente de desarrollar ya no será solo un acuerdo entre el Poder Judicial y las editoriales. Ahora hay que considerar también a toda la ciudadanía, medios de comunicación, juristas independientes, investigadores y desarrolladores que tienen derecho a acceder gratuitamente a esa información pública”, señalan fuentes del CGPJ.
El reglamento es una obligación contenida en la Ley 18/2015
En el caso español, la transposición de la Directiva citada a través de la Ley 18/2015, de 9 de julio, y la propia Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, han colocado a las resoluciones judiciales en el foco de las políticas de apertura de datos.
Precisamente esa Ley 18/2015 establece que “El Consejo General del Poder Judicial regulará mediante reglamento la reutilización de las resoluciones judiciales, garantizando el respeto al principio de anonimato de las partes y demás afectados por las mismas».
Después, el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, vino a transponer aspectos complementarios de la Directiva y a reforzar el enfoque de “datos por defecto abiertos”, estableciendo condiciones para las bases de datos de alto valor y los modelos de negocio de reutilización.
Hasta ahora, la ausencia de esta norma ha generado una situación ambigua, en la que algunos actores privados han podido operar con ventajas derivadas de acuerdos antiguos o prácticas no reguladas.
El nuevo reglamento acabará con esa incertidumbre. Establecerá los límites entre reutilización gratuita, reutilización sujeta a precios públicos (cuando suponga costes relevantes para la administración) y las obligaciones en materia de anonimización, protección de datos personales y respeto a la finalidad judicial original.
El dilema de las editoriales jurídicas
Este cambio plantea un reto directo a las editoriales jurídicas tradicionales, que han basado buena parte de su modelo de negocio en la explotación exclusiva o semi-exclusiva de contenidos judiciales.
En la práctica, el acceso abierto a las resoluciones judiciales podría diluir el valor diferencial de sus bases de datos si no aportan valor añadido —como anotaciones, análisis doctrinal o herramientas de búsqueda especializadas—.
Según fuentes del CGPJ, algunas editoriales ya han solicitado reuniones formales para tratar este asunto, ante el temor de que el nuevo reglamento, en línea con la normativa europea, suponga su marginación en el nuevo modelo.
El reglamento, sin embargo, debe garantizar que no se excluya a nadie, pero que tampoco se privatice lo público. Lo que antes era un producto editorial, ahora es un dato público accesible y reutilizable.
Una oportunidad para democratizar el conocimiento jurídico
La elaboración de este reglamento es, por tanto, una oportunidad histórica para democratizar el acceso al conocimiento jurídico en España.
Las sentencias no son propiedad de las partes ni de las editoriales: son manifestaciones del poder del Estado y deben poder ser conocidas, comprendidas y reutilizadas por cualquier ciudadano.
El objetivo es claro: reforzar la seguridad jurídica, evitar contradicciones y prevenir litigios innecesarios mediante el conocimiento accesible de los criterios aplicados por los tribunales.
Noticias Relacionadas: