Altodo recurre ante el Supremo el Reglamento de Justicia Gratuita y el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española
Esta asociación confía en que la nueva ministra de Justicia, Pilar Llop, "no siga los pasos de sus antecesores y sea sensible a las demandas y necesidades del colectivo de los profesionales del Turno de Oficio", señala a Confilegal el presidente de Altodo, el letrado Juan Manuel Mayllo.

Altodo recurre ante el Supremo el Reglamento de Justicia Gratuita y el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española

Impugna ambos por considerarlos "contrarios a los intereses y la dignidad de los profesionales del Turno de Oficio"
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12/7/2021 09:08
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Actualizado: 12/7/2021 09:08
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La Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (Altodo) ha recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) el Reglamento de Justicia Gratuita y el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española.

Así lo ha anunciado hoy, en un comunicado, en el marco del Día de la Justicia Gratuita, que se celebra este lunes.

Los recurre por considerarlos «contrarios a los intereses y la dignidad de los profesionales del Turno de Oficio», según señala a Confilegal el presidente de esta asociación, el letrado Juan Manuel Mayllo.

Ambos están admitidos a trámite.

Altodo denuncia que «25 años después de promulgada la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, prosigue el maltrato institucional hacia los ciudadanos carentes de recursos y hacia el colectivo de la abogacía y la procuraduría de oficio».

Al hilo de lo anterior, esta asociación ha interpuesto estos dos recursos contencioso-administrativos contra el Reglamento de Justicia Gratuita, aprobado mediante Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, en especialel Anexo II Módulos y bases de compensación económica-Abogados, y contra el Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, respecto a todo su articulado.

Critica que «entre otras muchas cuestiones, las administraciones públicas siguen sin hacer efectivo el principio contenido en el Punto 6ª de su propia Exposición de Motivos, según el cual el servicio de asistencia jurídica gratuita debe estar ‘digna y suficientemente remunerado’, en lógica consonancia con la trascendencia de este servicio y con el rango constitucional del derecho a la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos en condiciones de igualdad con quienes tienen medios, en abierta discordancia con otros países de nuestro entorno, y pese al hecho incuestionable de que los abogados y procuradores adscritos al turno de oficio son pieza fundamental para el correcto funcionamiento de nuestro Estado de Derecho.»

El primero de los recursos lo interpone, «entre otros motivos, por considerar contrarios a derecho los módulos y bases de compensación económica, al no ser acordes con el principio de retribución digna y suficiente anteriormente aludido, al no establecer mecanismos de actualización automática conforme al IPC, y al no ser acordes dichos módulos con los Criterios fijados por los Colegios de Abogados en la emisión de sus dictámenes de honorarios a requerimiento judicial a efectos de las tasaciones de costas».

Con el segundo de los recursos pretende la anulación del nuevo Estatuto General de la Abogacía Española al considerar que «vulnera el principio de jerarquía normativa, toda vez que ha sido aprobado mediante Real Decreto, entendiendo esta asociación que, al afectar a un derecho fundamental constitucionalmente protegido, existe un principio de reserva de ley, probablemente incluso de Ley Orgánica».

Altodo afirma que «la defensa de los derechos de los justiciables carentes de recursos sigue dependiendo en gran medida del mero voluntarismo, abnegación y vocación de servicio de los profesionales de la abogacía y la procuraduría, con una muy débil defensa por parte de sus órganos rectores, y con muy insuficiente respaldo presupuestario y normativo por parte de los poderes públicos».

«Conviene recordar que en nuestras manos están las vidas y patrimonios de los beneficiarios de justicia gratuita, que no son solo los presuntos autores de infracciones penales, sino otros muchos colectivos, como las víctimas de violencia de género o de agresiones sexuales, los menores, los trabajadores, los desahuciados por entidades bancarias o “fondos buitre”, o quienes simplemente pretenden hacer valer sus derechos ante los órganos judiciales, careciendo de medios económicos», destaca Altodo.

En ambos recursos ejerce la dirección letrada Cesar Pinto Cañón, abogado adscrito al Turno de Oficio y premio Altodo 2019; un galardón que anualmente concede esta asociación a la persona o entidad que con sus palabras o con sus actos haya contribuido a la dignificación del Turno de Oficio, y que le fue otorgado por su actuación como abogado de oficio en el caso Rachid Bouikou contra el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), en el que obtuvo la «histórica sentencia» del Tribunal Supremo por la que «se anuló la venta irregular de 3.000 viviendas de protección pública a un “fondo buitre” (Goldman Sachs-Azora)».

Según manifiesta a este diario el presidente de Altodo, «el nuevo Estatuto de la Abogacía consagra una visión de la Abogacía a un nivel inferior al del resto de operadores jurídicos».

Respecto al Reglamento sostiene que «sigue sin solucionarse uno de los problemas fundamentales del colectivo, como es el impago de actuaciones realizadas en virtud de designaciones a instancia judicial en el ámbito penal, en concreto en la defensa de personas jurídicas».

«Desde Altodo confiamos en que la nueva ministra de Justicia, Pilar Llop, no siga los pasos de sus antecesores y sea sensible a las demandas y necesidades del colectivo de los profesionales del Turno de Oficio», concluye Mayllo.

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