Un despacho asturiano impulsa macrodemanda para recuperar lo que se pagó de más por combustible entre 2013 y 2018: el llamado «céntimo sanitario»
La iniciativa podría beneficiar a más de tres millones de empresas y autónomos en toda España. Un camión que consumiese 3.000 litros mensuales en una comunidad con un recargo de 4,8 céntimos por litro podría recuperar más de 8.600 euros en cinco años, según cálculos de esta firma. Foto: Confilegal.

Un despacho asturiano impulsa macrodemanda para recuperar lo que se pagó de más por combustible entre 2013 y 2018: el llamado «céntimo sanitario»

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09/5/2025 05:35
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Actualizado: 08/5/2025 22:03
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El despacho Fides Abogados, con base en Oviedo, Asturias, ha puesto en marcha una macrodemanda colectiva a nivel nacional para reclamar la devolución del llamado “céntimo sanitario”, un recargo autonómico sobre el combustible que se aplicó entre 2013 y 2018, declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y ratificado después por nuestro Tribunal Supremo.

La iniciativa podría beneficiar a más de tres millones de empresas y autónomos en toda España.

Un impuesto encubierto en el precio del carburante

El llamado “céntimo sanitario” se impuso como una medida recaudatoria que permitía a las Comunidades Autónomas obtener ingresos adicionales para financiar el gasto sanitario público.

En realidad, su nombre oficial era «tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH)», y fue aprobado por el Gobierno, que delegó en las Comunidades la posibilidad de aplicarlo desde el año 2002.

El TJUE declaró ilegal este Impuesto al considerar que este impuesto incumple con la normativa europea en materia de fiscalidad y más en concreto con la Directiva sobre impuestos especiales.

El dinero que se puede recuperar por el llamado “céntimo sanitario” se compone de dos partes: una fija de 2,4 céntimos por litro que cobraba el Estado, y otra variable que dependía de cada comunidad autónoma, y que en algunos casos llegó a ser de 4,8 céntimos por litro.

En total, se pueden reclamar hasta 7,2 céntimos por cada litro de gasóleo repostado, según la comunidad donde se hiciera.

Entre las regiones que aplicaron el impuesto figuran la mayoría de las comunidades autónomas, salvo el País Vasco, Navarra, Ceuta, Melilla y Canarias.

Algunas lo mantuvieron durante todo el periodo; otras, solo durante ciertos años.

Las más afectadas fueron aquellas con sectores intensivos en consumo de carburante: transporte, construcción, agricultura, industria, turismo rural, logística, talleres, limpieza o frío industrial, entre otros.

El Supremo también lo declaró ilegal

Tras el fallo del TJUE, el Tribunal Supremo, en una sentencia de 30 de septiembre de 2024, confirmó que los afectados pueden reclamar las cantidades pagadas indebidamente por la vía de la responsabilidad patrimonial del Estado.

A diferencia del anterior céntimo sanitario —vigente hasta 2012 y devuelto por la Agencia Tributaria—, en este caso la reclamación no puede dirigirse contra Hacienda, sino contra el propio Estado, por haber permitido un impuesto contrario al derecho comunitario.

También se abre la puerta a reclamar contra las compañías petroleras que repercutieron el recargo, aunque esta vía se considera jurídicamente más compleja.

Fuertes cantidades por vehículo

Las cifras estimadas son significativas. Según cálculos del propio despacho, un camión que consumiese 3.000 litros mensuales en una comunidad con un recargo de 4,8 céntimos por litro podría recuperar más de 8.600 euros en cinco años.

En empresas con flotas numerosas, las devoluciones podrían superar con facilidad las decenas o incluso cientos de miles de euros.

“No hablamos solo de transportistas. Este impuesto lo pagaron todos los que repostaban gasóleo o lo usaban para producir calor, electricidad o mover maquinaria. Muchas empresas ni siquiera saben que pueden reclamar”, explica Juan Carlos Rodríguez, miembro del equipo que lleva esta macrodemanda desde Fides Abogados.

El plazo es hasta el 30 de mayo de 2025

La acción judicial debe presentarse antes del 30 de mayo de 2025. Según ha podido saber Confilegal, esta firma está organizando agrupaciones sectoriales y territoriales para canalizar las reclamaciones sin coste inicial para el cliente.

Los requisitos para adherirse a la demanda son sencillos: facturas de compra de carburante entre 2013 y 2018, o registros contables y justificantes de consumo (en caso de no disponer de las facturas originales).

El despacho ha articulado un sistema de trabajo sin adelantar dinero ni asumir costes. Es lo que antiguamente se denominaba «cuota litis» o, como se dice hoy en día, «ir a éxito».

No hay tasas ni provisión de fondos y existe un seguro de costas en caso de pérdida. Los honorarios consistirían en un 30 % de la cantidad recuperada.

«Nos dirigimos a empresas y autónomos pero prácticamente cualquier ciudadano puede adherirse a una macrodemanda aportando los mismos datos», concluye Juan Carlos Rodríguez.

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