El decano del ICAM pide al CGPJ que valore si la actuación del juez vulneró los derechos fundamentales de la abogada. Foto: Confilegal.
El decano del ICAM pide al CGPJ que investigue al juez de Soria que incoó un expediente sancionador a una abogada con embarazo de riesgo
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26/6/2025 05:40
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Actualizado: 25/6/2025 22:03
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El decano del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Eugenio Ribón, ha solicitado formalmente al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que investigue la actuación del titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Soria, que incoó un expediente sancionador contra una letrada en situación de embarazo de riesgo tras no comparecer en una diligencia judicial, pese a estar de baja médica.
La abogada, colegiada del ICAM, había pedido la suspensión de una comparecencia prevista para el 14 de mayo, aportando un informe médico que acreditaba reposo absoluto por riesgo de preeclampsia.
La preeclampsia es una complicación del embarazo que se presenta después de la semana 20 y se caracteriza por presión arterial alta y, a menudo, proteínas en la orina, con riesgo para la madre y el bebé. Puede provocar parto prematuro, retraso en el crecimiento fetal, desprendimiento de placenta y otros problemas graves de salud. Es una de las causas más serias de complicaciones obstétricas y requiere seguimiento médico riguroso.
Sin embargo, el magistrado rechazó la petición de la abogada y ofreció como única alternativa su intervención por vía telemática.
Al no comparecer en esa fecha ni en una segunda convocatoria dos días después, debido a la misma prescripción médica, el juzgado designó un abogado de oficio y el magistrado acordó abrir expediente sancionador contra la letrada por «incomparecencia injustificada».
DERECHO A LA SALUD
El decano del ICAM ha calificado los hechos como «inaceptables en un Estado de Derecho».
“Someter a una profesional embarazada a la presión de intervenir desde su domicilio pese a una prescripción médica de reposo absoluto es una situación que no debería tener cabida”, ha declarado Ribón.
En su escrito al CGPJ, el decano de la abogacía madrileña pide que se valore si la actuación judicial vulneró derechos fundamentales de la profesional, como el derecho a la salud, a la conciliación laboral y familiar, y a ejercer la abogacía en condiciones dignas y seguras.
Recuerda que estos derechos están protegidos por el artículo 43 de la Constitución Española, y han sido reforzados por el Real Decreto-ley 5/2023 y la reciente Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa.
La institución colegial también advierte sobre las implicaciones para el investigado, al que se le impuso una defensa de oficio sin su consentimiento ni garantías de continuidad.
“No solo se trata del derecho de quien ejerce la defensa, sino del derecho de quien la recibe”, subrayó Javier Mata, diputado del ICAM responsable del área de Defensa de la Abogacía.
El ICAM trasladará el caso también al Consejo General de la Abogacía Española y al Colegio de la Abogacía de Soria para que valoren posibles acciones desde el plano deontológico e institucional.
“Una abogada en situación médica de riesgo no puede afrontar una comparecencia con la diligencia necesaria, y eso puede traducirse en una situación de indefensión para su cliente”, concluyó Ribón.
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