Opinión | El psicólogo de Compliance: integrando el factor humano en la gestión ética y normativa de las organizaciones

Javier Puyol Montero, socio director de Puyol Abogados & Partners, autor de más de cien libros sobre protección de datos, derecho de las tecnologías, «Big Data» y Compliance, explica en esta nueva columna por qué el psicólogo de Compliance está llamado a convertirse en una figura central en la estructura empresarial. Foto: Confilegal.

29 / 06 / 2025 05:35

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El desarrollo de un modelo de Compliance no puede abordarse, en la actualidad, desde una perspectiva puramente técnica o legalista.

Si bien su génesis institucional se vincula a la necesidad de dotar a las organizaciones de herramientas para prevenir riesgos jurídicos, evitar sanciones y cumplir con la legalidad, su progresiva sofisticación ha demostrado que el Compliance es mucho más que un sistema de control interno.

En su dimensión más profunda, el Compliance debe concebirse como un instrumento de gobernanza ética y social, que compromete a las organizaciones con el interés general, y las obliga a rendir cuentas ante una pluralidad de actores más allá de los poderes públicos: empleados, clientes, consumidores, comunidades, medioambiente y generaciones futuras.

Es en esta capacidad para generar confianza, proteger derechos, impulsar valores democráticos, y contribuir a la sostenibilidad donde se arraiga su verdadera función social.

Esta función social del Compliance no es una capa adicional, ni un mero elemento aspiracional: es, en sentido estricto, un principio estructural que debe guiar la construcción integral del modelo de cumplimiento.

Un modelo que no incorpora desde su diseño esta vocación social y ética corre el riesgo de convertirse en una herramienta formalista, ineficaz, y desconectada del contexto sociocultural en el que opera.

Por el contrario, un modelo de Compliance que asume la centralidad de su función social es capaz de trascender el paradigma del “cumplimiento reactivo” para construir un “cumplimiento transformador”, capaz de prevenir riesgos jurídicos y, simultáneamente, promover una cultura de integridad, inclusión, equidad y sostenibilidad.

Desde el momento fundacional del modelo -la identificación y valoración de riesgos-, la función social del Compliance exige una visión global e interdependiente.

Los riesgos ya no pueden ser evaluados únicamente en términos legales o financieros.

AMPLIACIÓN DEL UNIVERSO DE RIESGOS

Es necesario incluir dimensiones como el impacto ambiental de las operaciones, la potencial afectación a los derechos humanos, la exposición a situaciones de desigualdad, la discriminación, la violencia de género, o la corrupción estructural.

Esta ampliación del universo de riesgos no responde a una lógica moralizante, sino a una exigencia estratégica y ética, sino a otra bien distinta basada en el hecho de que las organizaciones son cada vez más interpeladas por reguladores, ciudadanos, ONG ’s, y organismos internacionales para que identifiquen y gestionen no solo los riesgos que las afectan, sino los que ellas mismas generan en su entorno.

Este giro paradigmático ha puesto en evidencia la importancia crítica del factor humano en el éxito o el fracaso del cumplimiento, y ha abierto la puerta a nuevas figuras profesionales dentro del modelo de Compliance, entre ellas, el psicólogo de Compliance.

Así, el modelo de Compliance deja de ser un “escudo legal” para convertirse en un “sensor ético” que capta, anticipa, y mitiga las externalidades negativas de la actividad empresarial.

En esta misma línea, la función social se refleja en el diseño y adopción de políticas y códigos de conducta.

En lugar de redactar códigos como simples listas de prohibiciones, o como documentos decorativos, la función social impone que estos instrumentos reflejen con claridad los principios que rigen la actuación corporativa, tales como la dignidad humana, la legalidad, la equidad, la diversidad, la justicia intergeneracional, la responsabilidad ambiental, la lucha contra la corrupción, el respeto a los derechos laborales, y el compromiso con el desarrollo sostenible.

Esta declaración de principios no puede quedarse en el plano simbólico, sino que debe integrarse en todas las decisiones estratégicas y operativas de la empresa, como pueden ser la contratación, la inversión, la innovación, la comunicación, las relaciones laborales y comerciales.

REDISEÑO DE LOS CANALES DE GOBERNANZA INTERNA

La implementación de un modelo de Compliance con función social implica, además, un rediseño de los canales de gobernanza interna.

La creación de comités éticos, la inclusión de perfiles diversos en los órganos de control, la promoción de liderazgos éticos, y la existencia de canales de participación real son condiciones necesarias para garantizar que el modelo sea inclusivo, transparente y democrático.

En este contexto, la figura del Compliance Officer adquiere un nuevo perfil, ya que no se trata solamente de un experto técnico, sino de un agente de cambio con competencias éticas, habilidades comunicativas, y sobre todo con una visión estratégica.

«Su misión no es exclusivamente terapéutica ni limitada al bienestar emocional de los trabajadores; su aporte se centra en la comprensión profunda de las motivaciones, creencias, resistencias, dinámicas grupales, procesos de influencia y condiciones psicológicas que afectan el comportamiento organizacional en relación con la legalidad, la ética y la integridad».

Esta función no puede desarrollarse de manera efectiva si no se dota de la independencia funcional, de los recursos suficientes, y del suficiente respaldo que además, ha de ser inequívoco de la alta dirección.

En cuanto al sistema de control y seguimiento, la función social del Compliance requiere que la auditoría y la evaluación no se limiten a revisar el cumplimiento normativo formal, sino que incluyan indicadores cualitativos de justicia organizativa, de percepción interna, de impacto social, y de desarrollo sostenible.

Se trata de establecer mecanismos de accountability, que permitan a la organización medir no solo su eficacia legal, sino su coherencia ética, y su contribución al bienestar colectivo.

Para ello, es necesario desarrollar métricas que integren los principios ESG, los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), y los compromisos adquiridos en materia de derechos humanos, de transparencia fiscal, o incluso de respeto por la comunidad.

MEDICIÓN DEL IMPACTO SOCIAL DEL COMPLIANCE

En este sentido, la medición del impacto social del Compliance, se convierte en una herramienta indispensable para la mejora continua y la rendición de cuentas.

Otro aspecto fundamental que la función social aporta al modelo de Compliance es su dimensión relacional.

Un modelo auténticamente comprometido con el bien común, no se agota en el cumplimiento interno, sino que extiende su alcance a la cadena de valor, los terceros vinculados, las alianzas estratégicas, y los grupos de interés.

Esto supone desarrollar políticas activas de diligencia debida en derechos humanos, en el desarrollo e implementación de cláusulas éticas en los contratos con proveedores, en la creación y el diseño de protocolos contra el trabajo forzoso o infantil, en la construcción de mecanismos de trazabilidad y de responsabilidad ambiental, y en la promulgación de políticas anticorrupción extendidas a todos los niveles de la operación.

Al actuar de esta manera, el modelo de Compliance fortalece el ecosistema ético de la organización, y evita el riesgo de tercerizar o externalizar prácticas que serían inaceptables dentro de la propia estructura interna.

En este sentido, es preciso destacar que la función social del Compliance aporta una visión de largo plazo que permite alinear el modelo con las expectativas éticas, culturales, y políticas de la sociedad contemporánea.

En un mundo marcado por la desconfianza institucional, la polarización social y la crisis climática, las organizaciones que integran la dimensión social del Compliance se posicionan como actores responsables, generadores de confianza y constructores de futuro.

Esta visión no es solamente ética, sino también estratégica, ya que las empresas que ignoran su función social, corren un alto riesgo de ser sancionadas, repudiadas, o desplazadas por organizaciones más comprometidas con los valores, que la sociedad exige y promueve.

NO ES UNA CUESTIÓN OPCIONAL

En suma, la función social del Compliance no es una cuestión opcional ni un mero adorno conceptual, representa y constituye el cimiento sobre el cual se construye un modelo de cumplimiento normativo sólido, legítimo y eficaz.

Incorporarla desde la fase de diseño hasta la de supervisión permite que el modelo no solo cumpla con las obligaciones establecidas por el ordenamiento jurídico, sino que transforme la cultura organizativa, proteja derechos fundamentales, promueva la justicia, y contribuya activamente al desarrollo sostenible.

De este modo, el Compliance deja de ser una estrategia defensiva para convertirse en una auténtica herramienta de gobernanza ética, capaz de articular legalidad, responsabilidad, inclusión, y sostenibilidad en beneficio de toda la sociedad.

En la evolución del Compliance como disciplina y práctica organizacional, se ha hecho evidente que las normas, los procedimientos y los controles, aunque necesarios, son insuficientes para lograr un verdadero cambio de conducta y una cultura sólida de cumplimiento.

La mayoría de los escándalos éticos y legales que afectan a las organizaciones no se deben a una falta de normas escritas, sino a fallos en la conducta humana, entre las que se encuentran las decisiones erróneas, las presiones internas, las racionalizaciones, la obediencia acrítica, los entornos tóxicos, o las estructuras informales, que toleran y naturalizan el incumplimiento.

Ante esta realidad, la necesidad de comprender y abordar el comportamiento humano desde una perspectiva científica y profesional se vuelve impostergable.

LA FIGURA DEL PSICÓLOGO DEL COMPLIANCE

Es en este contexto, emerge con fuerza la figura del psicólogo de Compliance.

La introducción del psicólogo en los equipos de cumplimiento representa una evolución natural del enfoque multidisciplinar que exige esta función.

Si el comportamiento humano -no las políticas escritas- es el verdadero campo de acción del Compliance, entonces comprender, influir y transformar ese comportamiento requiere el concurso de las ciencias del comportamiento.

La psicología organizacional, social, moral y del trabajo ofrece herramientas teóricas y prácticas imprescindibles para lograr una implementación real, efectiva y sostenible de la cultura del cumplimiento.

Desde esta perspectiva, el psicólogo de Compliance es un profesional que, sin perder su identidad científica y ética, se integra activamente en el diseño, evaluación, fortalecimiento y dinamización del sistema de cumplimiento, con especial énfasis en su dimensión humana, ética y cultural.

Su misión no es exclusivamente terapéutica ni limitada al bienestar emocional de los trabajadores; su aporte se centra en la comprensión profunda de las motivaciones, creencias, resistencias, dinámicas grupales, procesos de influencia y condiciones psicológicas que afectan el comportamiento organizacional en relación con la legalidad, la ética y la integridad.

La incorporación del psicólogo al ecosistema del cumplimiento representa un salto cualitativo en la madurez del modelo de Compliance.

Supone reconocer que el riesgo de incumplimiento no es solo legal o técnico, sino profundamente humano y social.

También implica asumir que la transformación cultural -uno de los grandes desafíos de todo programa de cumplimiento- requiere conocimiento especializado en conducta, en aprendizaje, en la percepción, en la motivación, en la influencia social, en las emociones, en el liderazgo, y también, en las relaciones interpersonales.

La psicología, como ciencia del comportamiento, aporta marcos conceptuales, metodologías diagnósticas, herramientas de intervención y estrategias de evaluación, que complementan y fortalecen la dimensión jurídica, financiera y operativa del Compliance.

En este orden de cosas, parece evidente la necesidad de determinar los roles y las funciones más importantes que puede llevar a desempeñar un psicólogo en el ámbito del Compliance.

FUNCIONES DEL PSICÓLOGO DEL COMPLIANCE

Y de este modo, y en primer término, parece importante abordar el tema relativo al diagnóstico psicosocial del entorno organizacional.

En primer lugar, es evidente la importancia de su intervención materializada en su capacidad para diagnosticar el “clima ético” y la “cultura del cumplimiento” lo que permite a la organización obtener una imagen real -más allá de los protocolos- de su compromiso ético y de los riesgos conductuales latentes.

El psicólogo realiza un mapeo profundo de los factores individuales, grupales, y culturales, que influyen en el cumplimiento o el incumplimiento dentro de la organización.

Utiliza herramientas como pueden ser las entrevistas en profundidad, las encuestas de clima ético, los grupos focales, la observación participante, y el análisis de procesos.

Este diagnóstico permite detectar cuestiones tan importantes como las tensiones existentes, las zonas grises, la doble moral organizativa, los conflictos de valores, el liderazgo ético débil, la baja percepción de justicia interna, o las normas informales contrarias a los principios de cumplimiento.

Como consecuencia de todo ello, cada vez se hace cada vez más necesario proceder al diseño de estrategias de cambio de comportamiento.

Apoyado en teorías como la teoría del aprendizaje social, la teoría del comportamiento planificado, la disonancia cognitiva o el refuerzo conductual, el psicólogo colabora en la creación de estrategias, que promuevan comportamientos deseados y desincentiven conductas de riesgo.

Esto incluye desde campañas de comunicación hasta rediseño de incentivos, “nudging” ético, refuerzos positivos y espacios de deliberación moral.

En este sentido es preciso proceder a un fortalecimiento de la cultura de integridad, y al hilo de ello, puede afirmarse que el psicólogo actúa como dinamizador de la cultura ética, generando procesos de reflexión colectiva, participación, construcción de sentido y alineamiento de valores.

Acompaña a los líderes en su rol de modelos éticos, fomenta la coherencia entre discurso y práctica, y ayuda a construir una narrativa organizativa basada en los principios compartidos, la pertenencia, y la responsabilidad mutua.

GESTIÓN PSICOSOCIAL DEL CANAL DE DENUNCIAS

La función del psicólogo en el ámbito del Compliance cobra una especial relevancia en la gestión psicosocial del canal de denuncias.

Asegura que el sistema de «whistleblowing» sea no solo técnicamente seguro, sino también emocionalmente confiable.

Analiza las barreras psicológicas a la denuncia (v.gr. el miedo, la desconfianza, el aislamiento), promueve la protección emocional del denunciante, y capacita a los gestores de casos en escucha activa, en el manejo del estrés, en la contención emocional, y en el respeto por la dignidad de todas las personas involucradas.

El psicólogo de Compliance ayuda a diseñar entornos seguros para la denuncia, a reducir el estigma social, a formar a los gestores de denuncias en escucha empática y a acompañar emocionalmente tanto a los denunciantes como a los sujetos de las investigaciones internas.

De este modo, no solo se protege la salud mental de los implicados, sino que se fortalece la cultura de integridad, y se reduce la impunidad conductual.

Del mismo modo, debe resaltarse la importancia de la intervención del psicólogo en la intervención en situaciones críticas o complejas.

Ante investigaciones internas, escándalos mediáticos, conflictos éticos graves o procesos de sanción, el psicólogo acompaña emocional y estratégicamente a los equipos, ofreciendo apoyo, facilitación del diálogo, mediación ética y prevención de daños emocionales colaterales.

También puede participar en comités de ética o en instancias de justicia restaurativa dentro de la empresa.

Para el ejercicio de su función en este ámbito cada vez se hace más necesario que se produzca la integración del psicólogo en lo que concierne a los recursos humanos, y al liderazgo.

Trabaja de manera estrecha con el área de recursos humanos para garantizar que los procesos de selección, de evaluación, de formación, de promoción y de desvinculación se encuentren siempre alineados con los valores del modelo de cumplimiento.

Evalúa el liderazgo desde una perspectiva ética y emocional, y diseña procesos de retroalimentación, de coaching, y de desarrollo que fortalezcan la coherencia ética y la responsabilidad.

Del mismo modo, es necesario considerar su papel en la evaluación del impacto cultural y psicológico del Compliance.

INDICADORES CUALITATIVOS Y SUBJETIVOS

Más allá de los KPIs tradicionales, el psicólogo introduce indicadores cualitativos y subjetivos, que permiten evaluar si el modelo está generando confianza, aprendizaje, compromiso, resiliencia, y sentido ético.

Estas métricas -a menudo invisibles para otros enfoques- son clave para garantizar la sostenibilidad del modelo y su legitimidad interna.

Debe resaltarse la importancia que tiene la intervención del psicólogo en los procesos de Compliance orientados a diseñar estrategias formativas, haciendo las mismas más eficaces, siendo especialmente relevante su función en la formación emocional y ética de las personas sujetas a un determinado sistema de cumplimiento normativo.

De este modo, el papel reservado al psicólogo consiste en el diseño e impartición de formaciones, que desarrollan competencias emocionales (v.gr. empatía, autorregulación, manejo del conflicto), habilidades sociales (v.gr. asertividad, comunicación ética, escucha activa) y capacidades éticas (v.gr. juicio moral, resolución de dilemas, razonamiento ético), con un enfoque experiencial, reflexivo, y adaptado a las realidades de cada colectivo.

El psicólogo aporta metodologías activas y adaptadas al perfil de los destinatarios, considerando su nivel cognitivo, emocional, cultural y profesional.

El psicólogo también desempeña un papel crucial en la gestión del cambio organizacional.

La implementación de un modelo de Compliance implica muchas veces transformaciones estructurales, procesos de adaptación, redefinición de roles, modificación de incentivos y ruptura de hábitos arraigados.

«El psicólogo de Compliance representa una innovación necesaria en el diseño y la implementación de sistemas de cumplimiento que aspiren a ser eficaces, humanos, y sostenibles».

Estos procesos suelen generar resistencias conscientes e inconscientes que deben ser comprendidas y gestionadas con inteligencia emocional y herramientas de psicología del cambio.

El psicólogo, como facilitador del proceso, colabora con los líderes y las áreas clave para acompañar esa transición de manera empática, dialogada y progresiva, aumentando la adherencia al modelo y reduciendo el riesgo de sabotajes, apatía o desvinculación.

Además, el psicólogo puede participar en la elaboración de protocolos de actuación frente a conductas éticamente problemáticas: acoso laboral, discriminación, abuso de poder, conflictos de interés, uso indebido de recursos o transgresión de normas internas.

Aporta su conocimiento sobre las causas psicológicas de estos fenómenos y diseña respuestas institucionales que, sin renunciar a la sanción si corresponde, prioricen la reparación del daño, la prevención futura y el aprendizaje organizativo.

En lo que respecta a la evaluación y mejora del sistema de Compliance, el psicólogo incorpora instrumentos de evaluación cualitativa, diagnósticos de clima ético, análisis de percepción de justicia organizativa y otros indicadores “blandos” que complementan las métricas tradicionales.

Esta visión holística permite medir la efectividad real del sistema en términos de transformación cultural, no solo de ausencia de sanciones.

Por todo ello, se puede afirmar que el rol del psicólogo de Compliance se apoya en un enfoque interdisciplinar entre el saber psicológico, ético, jurídico y organizacional.

HABILIDADES BLANDAS DEL PSICÓLOGO DEL COMPLIANCE

El psicólogo de Compliance debe poseer una serie de «soft skills» necesarias e imprescindibles para el ejercicio de su función, entre las que se encuentran las siguientes:

a). Una formación universitaria en psicología, con especialización en psicología organizacional, del trabajo, social o moral.

b). Estar en posesión de conocimientos básicos en materia de Compliance, ética aplicada, derecho corporativo, modelos de gestión y responsabilidad penal corporativa.

c). Estar suficientemente experimentado en las habilidades de diagnóstico, de diseño de intervenciones, de facilitación de procesos, y de evaluación de impacto.

d). Cultivar adecuadamente la capacidad de comunicación, la confidencialidad, el pensamiento estratégico, el enfoque sistémico, y la sensibilidad ética.

Entre los desafíos que enfrenta esta figura emergente están la falta de reconocimiento formal en muchas organizaciones, la escasez de formación específica, la resistencia cultural a enfoques humanistas, y la necesidad de integrar marcos conceptuales distintos (v.gr. jurídico, técnico y psicológico).

Sin embargo, la tendencia global hacia modelos de cumplimiento integrales, basados en la ética, la sostenibilidad y el compromiso humano, abre enormes oportunidades para consolidar esta figura como parte esencial del equipo de Compliance.

En el futuro próximo, se espera que las normativas internacionales y los estándares de calidad (como las normas ISO) incorporen explícitamente dimensiones conductuales y culturales, que requieran la intervención de psicólogos en el diseño y evaluación de los sistemas de Compliance.

Del mismo modo, las universidades, los colegios profesionales, y los centros de formación avanzada tendrán el desafío de ofrecer programas, que formen a profesionales capaces de asumir esta función con rigor, con sensibilidad, y con una visión de carácter estratégica.

Por ello, el psicólogo de Compliance representa una innovación necesaria en el diseño y la implementación de sistemas de cumplimiento que aspiren a ser eficaces, humanos, y sostenibles.

Su rol es transversal, su mirada es sistémica, su enfoque es ético, y su impacto es profundamente transformador.

Al integrar el factor humano como eje del cumplimiento, el psicólogo de Compliance ayuda a construir organizaciones más conscientes, más responsables y más comprometidas con el bien común.

No es solo una nueva función profesional, representa una nueva forma de entender el cumplimiento en clave humana, de forma relacional y apostando decididamente por la cultura como el motor eficaz y eficiente en la implantación y el desarrollo del Compliance.

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